La batalla del puente de Boyacá
Armando Martínez Garnica
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Introducción:
Mañana sábado, 7 de agosto, se conmemoran 185 años del acontecimiento de la batalla del puente de Boyacá, sobre el río Teatinos. ¿Qué significa conmemorar? Significa reunirnos para recordar en común una acción que cotidianamente mantenemos en el olvido. Estamos entonces aquí para recordar una acción a la que atribuimos un significado especial.
1. La mejor fuente:
El parte del general José Antonio Anzóategui, fechado en el cuartel de Ventaquemada, 8 de agosto de 1819.
a) Quién era el general José Antonio ANZOÁTEGUI?
Nacido en Barcelona (Venezuela), el 14 de noviembre de 1789 (murió inesperadamente en Pamplona, el 15 de noviembre de 1819, a los 30 años. Participó en las primeras campañas de Venezuela, en la expedición de Los Cayos y en la invasión de la Guayana. Participó en la campaña de la Nueva Granada como general de brigada. Después del triunfo de Boyacá fue encargado por Bolívar del mando del Ejército del Norte, como general de división.
b) ¿Qué decía el parte de la batalla? (leerlo)
2. Los efectos inmediatos de la batalla:
La toma de Santafé y la huida del virrey Sámano y de los oidores de la Real Audiencia. Posesión del general Bolívar en el mando supremo y reorganización del Ejército Libertador para la liberación de Venezuela.
Ver:
a) el informe de Bolívar al Congreso de Angostura.
b) la Agenda del primer gobierno provisional de Bolívar:
c) Brigadier general Roberto Ibáñez: Batalla del puente de Boyacá. En: Historia de las Fuerzas Militares de Colombia, Ejército, tomo I, p. 321-328.
Organización del nuevo gobierno
Establecimiento del nuevo poder judicial
Reorganización del Ejército Libertador
Administración de los bienes secuestrados a los españoles
Construcción de una nueva nación
Conducción de la instrucción pública
Durante la tarde del 10 de agosto de 1819 entró el general Simón Bolívar a Santafé, solo en su cabalgadura, pues el Ejército que había obtenido el triunfo definitivo del 7 de agosto anterior se le había rezagado. Esa mañana, los vecinos notables de la ciudad habían reconstituido el Cabildo, ante la evidencia de la huida del virrey Sámano y de los oidores, encabezándolo con el doctor Alejandro Osorio Uribe. En cuanto el Libertador encontró a éste en el Palacio Virreinal lo hizo su secretario general. Al día siguiente, el doctor Osorio abrió su Copiador de órdenes[1] dadas por el Libertador, que de inmediato vertía en decretos para la firma del mismo, en su condición de presidente de la República. Esta fuente de primer orden para el conocimiento de la primera agenda del Poder Ejecutivo republicano, reconstituido por el triunfo del Ejército que había partido setenta y cinco días antes del pueblo de Mantecal (Barinas), integrado por dos divisiones mandadas por los generales Anzoátegui y Santander, más la Legión Británica puesta a órdenes del coronel James Rook, permite identificar las primeras medidas proveídas con el carácter de la provisionalidad.
La legitimidad de las órdenes dadas por el general Bolívar provenía del acto de su posesión en el cargo de presidente de la República de Colombia ante el Congreso de Angostura (17 de febrero de 1819) y del Reglamento aprobado al día siguiente por este mismo cuerpo para el ejercicio del alto empleo. Estaba autorizado para mandar todas las fuerzas armadas del Congreso y reclutar otras, nombrar ministros secretarios y demás empleados públicos requeridos por la administración de la República, conservar el orden y la tranquilidad del Estado, y conceder indultos dirigidos a la terminación de la guerra[2]. Las tareas inmediatas que puso en ejecución fueron las siguientes:
1. Organización del nuevo gobierno en las provincias liberadas
El hecho de la liberación militar de las provincias neogranadinas por un cuerpo de ejército llegado de Venezuela impuso la constitución de una doble gobernación de ellas: un gobernador militar, encargado de la comandancia general de las tropas y de su aplicación al objeto de la expulsión de todas las fuerzas españolas, y un gobernador político, encargado del orden cotidiano del vecindario. El Libertador pretendía asegurar las provincias liberadas mediante el establecimiento de "una forma de gobierno que fuese enérgico, activo y vigoroso, que concentrase los recursos, y fuese capaz de evitar nuevas desgracias", según explicó Alejandro Osorio[3]. Las confusiones de funciones fueron disipadas por un reglamento dado el 17 de agosto siguiente, "con fuerza de ley" hasta que la Representación Nacional no estableciese el nuevo sistema de gobierno: los gobernadores militares de las provincias ejercerían, además del mando de armas, la alta policía y "todas las funciones gubernativas". En cambio, los gobernadores políticos solamente tendrían a su cargo "la parte contenciosa", actuando como jueces de primera instancia y reduciendo sus funciones a la baja policía (aseo de calles y plazas, limpieza de acequias, composición de caminos y puentes), aunque después el vicepresidente les concedió el ejercicio de la función de tenientes asesores en todos los asuntos de hacienda o justicia, para que con sus dotes de jurisconsultos pudieran ilustrar a los militares[4]. Esta desigualdad de la doble autoridad ejecutiva se resolvió a favor de los gobernadores militares, quienes estaban facultados para presidir los cabildos de las cabeceras provinciales.
La agenda de gobierno de Bolívar expresó la posición mayoritaria del Congreso de Angostura, favorable a la unión de las provincias del antiguo Virreinato de la Nueva Granada y de Venezuela, a medida que fuese avanzando la liberación. Pero el diputado de la provincia de Casanare en este Congreso, José María Vergara Lozano, había expuesto una postura contraria: así como este Congreso no podía ocuparse de debatir una carta constitucional mientras no estuviesen presentes los diputados de la mayoría de las provincias neogranadinas, a medida que el ejército fuese liberando esas provincias deberían restablecerse los gobiernos provinciales que tenían antes de 1816. Su insistencia en este punto obligó al Congreso a discutirlo durante la sesión del 22 de junio de 1819: "después de largos debates y cuestiones que se suscitaron, se acordó se haga previamente un manifiesto de la importancia de la unión entre Venezuela y la Nueva Granada, y bases sobre que debe ella fundamentarse". Se comisionó para ello a los diputados Ramón García Cádiz, Ramón Ignacio Méndez y Vicente Uribe (otro de los diputados del Casanare), quienes también debían preparar las instrucciones que se darían al general Bolívar "sobre la conducta que haya de guardar con dichos pueblos, luego que se hallen libres de la dominación española". Mientras tanto, los convencionistas siguieron debatiendo el proyecto de constitución. Al mismo tiempo que el diputado Vergara fue enviado a Londres, acompañado por Fernando de Peñalver, el ejército libertador cruzó el río Arauca y emprendió el ascenso de la cordillera hacia Santafé. El general Bolívar no recibió las instrucciones especiales, y su única guía fue el reglamento provisional aprobado el 18 de febrero anterior para el ejercicio del cargo de presidente, en su mayor parte referido al mando supremo de las tropas y nombramiento de todos los empleados públicos. La realidad de las victorias militares en la Nueva Granada consolidó el carisma personal del general Bolívar y la opción de ignorar los antiguos gobiernos provinciales se impuso. La ley fundamental de Colombia (17 de diciembre de 1819) consolidó la opción de la unión de las provincias neogranadinas con Venezuela y, con ella, el mando supremo del Libertador en todas las provincias liberadas[5].
Las lista de los primeros gobernadores nombrados por el presidente en las provincias liberadas del centro de la Nueva Granada fueron:
|Provincias | Gobernadores militares | Gobernadores políticos |
|Cundinamarca |Francisco de Paula Santander |Tiburcio Echeverría |
|Tunja |Bartolomé Salom |Manuel Ramírez |
|Socorro |Antonio Morales |Diego Fernando Gómez, |
| | |Bernardino Tovar |
|Pamplona |Pedro Fortoul |Francisco Soto |
|Mariquita |Antonio Obando, |Gregorio Álvarez del Pino |
| |Francisco Urdaneta | |
|Casanare |José Concha |Domingo Orduña |
|Neiva |Domingo Caicedo |Francisco Morales, |
| | |José Fructuoso Durán |
|Popayán | |Manuel Escobar |
|Cartagena |Mariano Montilla |Pedro Gual |
|Antioquia |José María Córdova |José Manuel Restrepo |
La Administración de la Hacienda Pública, antes Real Hacienda, obligó a la renovación de sus empleados, más no así el sistema de las rentas. Luis Eduardo de Azuola fue nombrado director general de todas las rentas de las Provincias Libres de la Nueva Granada, poniendo bajo su autoridad al contador y al tesorero de la Casa de Moneda. Sus funciones serían las mismas "que en el sistema español correspondían a los superintendentes generales de Hacienda", detalladas en la Ordenanza de Intendentes de la Nueva España. En el puerto de Honda se nombró un ministro del Tesoro Público y en cada provincia un administrador general de los correos. También fueron nombrados los jueces particulares de diezmos en los cantones, los administradores de los estanquillos de aguardientes y los administradores de alcabalas. La contribución del uno y medio por ciento que había impuesto el virrey Sámano se mantuvo, con su sistema de recaudo, y se ordenó su consignación en el Tesoro Público. El uso del papel sellado, tanto el de las armas reales como el de las armas de la Libertad, se mantuvo en vigor. Las salinas de Zipaquirá fueron inspeccionadas para introducir reformas e incrementar su producción y rentas para el Estado.
El gobierno general de las Provincias Libres de la Nueva Granada sería ejercido en adelante por el general de división Francisco de Paula Santander, con título de vicepresidente y con las mismas funciones otorgadas por el reglamento del Congreso de Angostura (26 de febrero de 1819) al vicepresidente de Venezuela, desde el día en que el presidente Bolívar se ausentara de Bogotá. En cuanto se hubiera alejado lo suficiente de estas provincias, ejercería la dirección de la guerra en ellas.
2. Establecimiento de un nuevo Poder Judicial
La disolución de la Real Audiencia , cuyos oidores huyeron al conocerse la noticia del resultado de la batalla del puente de Boyacá, dejó a los jueces de las ciudades y villas sin la existencia de un tribunal superior de segunda instancia para resolver las apelaciones. Para remediar esta carencia, Bolívar decretó (15 de septiembre de 1819) la creación del Supremo Tribunal de Justicia de las Provincias Libres de la Nueva Granada, cuyas atribuciones serían las mismas que el Congreso de Angostura había asignado al Alto Tribunal de Venezuela por el reglamento del 25 de febrero de 1819. Para integrarlo nombró a los doctores Ignacio de Herrera (presidente), Antonio Viana, Nicolás Ballén de Guzmán (juez general de Bienes de Difuntos), Miguel Tovar (fiscal de lo civil y de lo criminal) y José Ignacio de Márquez (fiscal del Ramo de Hacienda). El nuevo Poder Judicial de la República quedaría además integrado por los alcaldes ordinarios de los cabildos, siguiendo la antigua tradición de "justicia y regimiento" de las ciudades, y por los nuevos gobernadores políticos que acompañaron en cada provincia a los gobernadores militares puestos por el Libertador. El vicepresidente Santander aumentó las funciones judiciales originalmente asignadas a los gobernadores políticos, en lo contencioso, para que actuaran también en las provincias como jueces de apelación en negocios ejecutivos hasta por un monto de mil pesos. Para estas sentencias en segunda instancia se concedió el recurso de súplica ante el Alto Tribunal, asegurando "los derechos individuales, los de la propiedad y los de la justicia, que los litigantes obtendrán mejor cuanto más se variaran los jueces que en los diversos grados de los negocios deben conocer y determinar". Para ampliar la esfera de la justicia, el vicepresidente Santander concedería posteriormente a los jefes políticos de los cantones la función judicial ordinaria en sus distritos, acumulativa a la de los alcaldes del distrito.
Cuando un ciudadano recusó a uno de los magistrados de la Alta Corte de Justicia, el vicepresidente dictó (13 de marzo de 1820) por primera vez el modo como debería concederse ese recurso que conciliaba "la dignidad de los jueces con la libertad de los litigantes": contra el Código Español, que amparaba solamente la dignidad de los oidores, se previno que el recusante podía probar su causa sin dar fianzas previamente ni obligarse a pena alguna. La Alta Corte reclamó la resolución tomada por el vicepresidente a favor de los recusantes, juzgando que estimularía la temeridad de algunos abogados, pero una consulta con el presidente confirmó (17 de marzo siguiente) la no suscripción de fianzas por parte de los recusantes.
La garantía de aplicación de justicia ofreció también el recurso de injusticia notoria (reglamento del 18 de febrero de 1819) ante el propio presidente del Poder Ejecutivo y contra el Alto Tribunal. Pero la temeridad de algunos litigantes amenazó con "convertir en veneno lo que por su salud se estableció". De nuevo, el Alto Tribunal propuso la aplicación de lo dispuesto por el Código Español respecto de las fianzas para el pago de cierta cantidad en que se les condenaría si sus recursos no eran fundados. Para este recurso sí accedió el vicepresidente, interesado en la pronta conclusión de los pleitos. Como el presidente seguía en campaña militar, esta facultad judicial fue delegada (decreto del 20 de junio de 1820) en una Comisión de Gobierno, integrada por los dos secretarios del despacho ejecutivo y por el doctor Vicente Azuero.
Las relaciones de los poderes ejecutivo y judicial de la nueva república se resolvió sencillamente: uno de los secretarios del despacho del poder ejecutivo, que inicialmente fue el doctor Estanislao Vergara, agregaría a su función de administración de los asuntos del Interior la función de provisión ejecutiva de las necesidades de la administración de justicia y, en reciprocidad, uno de los magistrados de la Alta Corte de Justicia integraría también el Consejo de Gobierno.
3. Reorganización del Ejército Libertador
Las contribuciones forzosas impuestas a los españoles y vecinos realistas se justificaron para el efecto de comprar armas para el sostenimiento del nuevo Ejército Nacional, comandado por los dos nuevos generales de división (Anzóategui y Santander), figuras destacadas en la acción decisiva del puente de Boyacá. Buena parte de las ropas decomisadas a los españoles fue empleada para vestir a las tropas. El 20 de septiembre, al terminar la primera Administración del general Bolívar sobre las Provincias Libres de la Nueva Granada, fueron dadas las instrucciones al general Anzóategui, quien marcharía hacia Venezuela con su División, y al general Santander, quien quedaba al frente de la Administración de la Nueva Granada. Éstas incluyeron la reorganización del cuerpo de ejército que se había formado en Venezuela para la campaña de la Nueva Granada: la División mandada por el general Anzoátegui quedaría con cinco batallones: Rifles (800 hombres), Granaderos (1.000 hombres), Dragones y Guías de Casanare y Apure (800 hombres), Lanceros del Llano Arriba y Húsares Ingleses. El Batallón Rifles marcharía a la provincia del Socorro, los Granaderos quedarían en Bogotá, y el nuevo Batallón Vencedor de Boyacá marcharía a Pamplona. Algunas divisiones fueron enviadas a la liberación de las provincias de Antioquia, Chocó y Popayán, y se ordenó la ocupación de Cúcuta.
4. Administración de los bienes secuestrados a los españoles
La primera orden despachada por el presidente a los comisionados de bienes secuestrados que se enviaron a las provincias liberadas fue la de desembargar los bienes que el Gobierno anterior había secuestrado a los insurgentes y su devolución a sus legítimos dueños. Con ello, se quería ofrecer "un día de consuelo a los fieles hijos del país que han gemido por su horrible depredación" a manos de "los tiranos". El restablecimiento del "Gobierno Liberal" de la República significaría así una inmediata restitución de los bienes expropiados a quienes se distinguieron por sus acciones patrióticas durante la Primera República. En contrapartida, los comisionados procederían a secuestrar los bienes, ganados y ropas de "los españoles y emigrados" que existieran, cuyo producto se guardaría en la Casa de la Expedición Botánica y se aplicaría a "la subsistencia del Estado". Esta disposición había sido pedida por los diputados de Casanare ante el Congreso de Angostura y convertida en la ley del 20 de junio de 1819. Para el caso de Santafé y sus alrededores, fue integrada una Comisión de Secuestros con los señores José María Serna, José Antonio Leyva, Joaquín Álvarez y Vicente Azuero. Como depositarios de los bienes secuestrados fueron nombrados Diego Fernando y Juan José Gómez, siendo remplazado luego el primero por el doctor Joaquín José Gori. Para la provincia de Tunja fue comisionado su gobernador político.
Pronto se vio que los bienes secuestrados a los españoles bajaban inmediatamente de valor, por lo cual el general Bolívar ofreció conmutar su secuestro por un suma en metálico pagada para rescatarlos. Al tenor de esta disposición (9 de septiembre de 1819), 36 españoles ofrecieron un total de cerca de 117.000 pesos para rescatar sus bienes y obtener un salvoconducto. La Hacienda de Hatogrande, expropiada al cura español Pedro Bujanda, y la casa que en Bogotá se expropió al español Vicente Córdoba, fueron concedidas en plena propiedad al vicepresidente Santander como recompensa extraordinaria por sus servicios en la campaña de la independencia. La "desorganización espantosa" fue el rasgo inicial de la administración de los bienes que fueron secuestrados a los españoles, como lo reconoció más tarde el secretario de Hacienda, debiendo dictarse varias disposiciones para arrendar los bienes e impedir malversaciones.
5. Construcción de una nueva nación
El discurso pronunciado por el general Bolívar en el acto de instalación del Congreso de las provincias venezolanas (Caracas, Barcelona, Cumaná, Barinas, Guayana, Margarita) reunido en Angostura (15 de febrero de 1819) contiene la exposición del proyecto de construcción de la nación colombiana. Partiendo del hecho social de un pueblo desigual en su epidermis, resultado de un prolongado proceso de mezcla de europeos, africanos e indígenas, el principio fundamental de construcción de la nueva nación tenía que ser, inmediata y exclusivamente, la igualdad política: "los hombres nacen todos con derechos iguales a los bienes de la sociedad", pese a su diferenciación individual por el hecho de que no todos practicaban la virtud, ni tenían la misma valentía, talentos o carácter, ni disponían de la misma fuerza física o moral. Estas grandes diferencias originales entre los individuos deberían ser corregidas por las leyes estatales que los pondrían en el camino hacia la igualdad política y social mediante la educación, la industria, las artes, los servicios y las virtudes. La reunión de todos los individuos originalmente desiguales en un Estado era el fundamento de la política, debiendo el gobierno conducir la sociedad originalmente heterogénea "con un pulso infinitamente firme, un tacto infinitamente delicado", hacia la mayor suma de felicidad, seguridad social y estabilidad política posibles.
Los principios políticos del nuevo gobierno republicano (soberanía del pueblo, división de poderes públicos, libertad civil, proscripción de la esclavitud, abolición de los privilegios y de la monarquía) eran la garantía de la igualdad política que refundiría, "en un todo, la especie de los hombres, las opiniones políticas y las costumbres públicas". El caos de la naciente República requería no sólo de las facultades morales de los legisladores y gobernantes, sino de fundir "la masa del pueblo en un todo": "Unidad, Unidad, Unidad, debe ser nuestra divisa. La sangre de nuestros conciudadanos es diferente, mezclémosla para unirla". Este llamado a la integración de todos los ciudadanos significaba también la adopción de un régimen centralizado que reuniera todas las antiguas provincias y los estados federales creados por la Primera República en una sola república indivisible, remedio contra "la divergencia que ha reinado y debe reinar entre nosotros por el espíritu sutil que caracteriza al gobierno federativo".
La nación de ciudadanos anunciada por el general Bolívar en Angostura, entendida como el resultado de un largo proceso de integración social, suponía la conjunción de dos procesos que ejecutaría el estado: de un lado, la integración de quienes originalmente pertenecían a distintas clases y razas, del otro, la integración de todas las provincias en un único cuerpo político centralizado. Efectivamente, la historia de la construcción de la nación colombiana puede leerse desde estos dos largos procesos identificados por el Libertador.
6. Conducción de la instrucción pública
El presidente decretó (17 de septiembre de 1819) el establecimiento de un colegio de educación para niños huérfanos, expósitos o pobres, "a quienes la República debe sostener y educar", en el convento abandonado en Bogotá por los frailes capuchinos de Valencia. Esta decisión, gravosa para la Hacienda Pública, dado que el nuevo Estado se comprometió a pagar los gastos (maestros, subsistencia y útiles) que no fuesen cubiertos por los 24.200 pesos testados a favor de la educación pública por el doctor Juan Ignacio Gutiérrez y por los fondos propios del convento de capuchinos, se sustentó en el argumento de que "la educación e instrucción pública son el principio más seguro de la felicidad general y la más sólida base de la libertad de los pueblos". Se iniciaba así una de la más largas tradiciones de la acción estatal en Colombia: el compromiso de "dar a los niños (pobres) la educación más virtuosa y conforme a los principios liberales de la República". Se advirtió que mientras este colegio no tuviese los fondos suficientes para dotar cátedras de todas las ciencias, los niños serían enseñados en las primeras letras, los principios gramaticales del idioma materno y de la religión y la moral, el dibujo, la lógica, las matemáticas, la física, la geografía y el arte de levantar planos.
3. El sentido de la batalla del puente de Boyacá:
El resultado inmediato de la batalla del puente de Boyacá fue la ocupación de la capital del Virreinato y la ejecución de la agenda del primer gobierno provisional del general Bolívar. Pero: ¿cuál es el sentido histórico primario que tiene ese acontecimiento?
La apertura de dos procesos históricos que llegan hasta nuestros días:
- la formación de un estado soberano
- la construcción de una nación moderna
4. Epílogo
Este ejercicio de conmemoración es un recordar el sentido de nuestra vida colectiva como nación moderna: formar estado y construir nación permanentemente.
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[1] Alejandro Osorio Uribe. Copiador de órdenes dadas por el presidente de la República y capitán general de los Ejércitos de Venezuela y de la Nueva Granada, 11 de agosto a 20 de septiembre de 1819. En: Felipe Osorio Racines (comp.). Escritos primarios del doctor Alejandro Osorio Uribe sobre la independencia y la República de Colombia. Bogotá: el autor, 2002, p. 37-84.
[2] Reglamento para el ejercicio de la Presidencia de la República. Angostura, 18 de febrero de 1819. En: Osorio Racines, Op. Cit., p. 23-26.
[3] Como primer secretario de Guerra y Hacienda de las Provincias Libres de la Nueva Granada (1819-1821), Alejandro Osorio expresó la mutación del espíritu político de los notables de las provincias respecto de los tiempos de la Primera República: "el pensamiento de pequeñas soberanías, la idea de dividir un todo en pequeñas partes, es un sistema pernicioso que se mira como la causa principal de la destrucción de estas bellas provincias y pérdida de su libertad... Hoy la voluntad de las provincias es una, sus miras concurren a un solo objeto: dar a las providencias del gobierno la fuerza, la dignidad y la consistencia que exige su situación actual. La meditación de la mejor forma de gobierno, de la mejor constitución, que agitaba los espíritus, se mira ahora como obra de otros tiempos". Cfr. Informe del secretario de Guerra y Hacienda, 31 de diciembre de 1819. En: De Boyacá a Cúcuta: memoria administrativa, 1990, p. 105-106. Este nuevo espíritu fue confirmado por José Manuel Restrepo, diputado de Antioquia en el Congreso de las Provincias Unidas (1811 y 1814), quien después del 7 de agosto de 1819 aconsejó al general Bolívar establecer en la Nueva Granada "un gobierno general el más enérgico que fuere posible, dejando para tiempos más tranquilos el establecerlo sobre principios liberales". Cfr. Carta del 3 de septiembre de 1819. Complacido, Bolívar lo nombró gobernador político de la provincia de Antioquia, de la cual era gobernador militar el coronel José María Córdova.
[4] El 3 julio de 1818 ya el general Bolívar había dado en Angostura un decreto aclaratorio de las funciones de los gobernadores políticos, reduciéndolas a la justicia de primera instancia (conforme al decreto del 6 de octubre de 1817 que había separado originalmente el gobierno militar del político). La Alta Policía y la Baja Policía municipal se le reservaron a los gobernadores comandantes militares de las provincias, con lo cual debían presidir las municipalidades y asambleas de padres de familia. Cfr. Correo del Orinoco, 3 (11 de julio de 1818).
[5] A su regreso a Angostura, el presidente Bolívar pudo afirmar ante el Congreso, al abrir la sesión del 14 de diciembre de 1819, que las 12 provincias granadinas liberadas este año tenían la unánime opinión de unirse a las provincias de Venezuela en una "nueva República, compuesta de estas dos naciones". Tres días después, el Congreso aprobó la ley fundamental de la República de Colombia.