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La Reasunción de la Soberanía por las Provincias Neogranadinas durante la Primera República

Armando Martínez Garnica

23.310 palabras · unos 117 minutos de lectura

El doctor Florentino González (1805-1874), un abogado nacido en la provincia del Socorro que llegó a convertirse en el polémico líder del proceso de adopción del régimen federal por el Estado de la Nueva Granada, fue uno de los primeros en representar históricamente el movimiento ideológico que había protagonizado la generación de la independencia cuando justificó su emancipación del Imperio español en términos de una "reasunción" de la "soberanía primitiva" por los "pueblos" de las provincias que integraban el Nuevo Reino de Granada:

Cuando las provincias de un Estado, en que la autoridad nacional ha sido destruida, han tenido el valor de recurrir a su soberanía primitiva para repeler la usurpación, ha resultado de ello el triunfo de la libertad y el restablecimiento del gobierno legítimo[1].

Los momentos en los que estas reasunciones de la "soberanía primitiva" por las provincias habían acontecido fueron, en su exposición "científica"[2] de la administración republicana, al menos cuatro: el primero, cuando las provincias peninsulares que habían sido despojadas en 1808 de sus reyes legítimos por Napoleón Bonaparte se habían decidido a "formar sus gobiernos y proveyeron a su defensa". El segundo, y siguiendo ese ejemplo, ocurrió en el Virreinato de la Nueva Granada en 1810, cuando las provincias que lo integraban proclamaron su independencia de las nuevas autoridades peninsulares y se dispusieron a negociar su integración en las nuevas repúblicas soberanas. Un tercer caso se había producido en Colombia durante los años 1830 y 1831, cuando todas las provincias que habían integrado esta república desde 1821 se habían reorganizado de nuevo en tres estados (Venezuela, Ecuador y la Nueva Granada), de tal suerte que las provincias que habían pertenecido al Centro de Colombia "organizaron sus autoridades y levantaron fuerzas para combatir a los gobernantes intrusos", logrando así "la restauración de los principios en la Nueva Granada". Finalmente, durante el año 1835 las provincias venezolanas habían empleado sus recursos y magistrados para enfrentar la revolución del 8 de julio y restaurar el gobierno legítimo. Justo cuando el doctor González publicaba su "bosquejo de un sistema de administración pública para un estado republicano" (1840), en la Nueva Granada se iniciaba un quinto movimiento de reasunción de soberanía por los políticos de las dos provincias del Istmo de Panamá, quienes proclamaron el "cuarto estado federal colombiano", tal como en ese momento lo hicieron los "caudillos supremos" de otras provincias granadinas del sur.

Esta ponencia[3] quiere entonces ofrecer una representación histórica sobre el movimiento de reasunción de las "soberanías primitivas" que fue realizado por los ciudadanos de muchas de las provincias que pertenecieron a la jurisdicción del Virreinato de la Nueva Granada, en los tiempos de la Primera República (1810-1816), los años del más intenso e inteligente[4] debate dado alguna vez alrededor del problema de la determinación de la nueva soberanía absoluta de la república emancipada. Esa noción de soberanía era ya moderna, entendida como "potestad unificada, absoluta, no limitada por nadie y de la cual procede toda autoridad", y vinculada al proyecto de construcción de una nación que se concebía como asociación voluntaria de individuos iguales[5]. Al plantearse la idea de "reasunción" se estableció el supuesto liberal de la soberanía original del pueblo, cedida mediante un "pacto colonial" a la monarquía. Al ser destruido ese pacto por la invasión francesa y el apresamiento de los reyes, el pueblo simplemente había reasumido lo que en el origen había sido suyo. Este supuesto ideológico, que expresaba la recepción de la idea del "contrato social" por los abogados y sacerdotes ilustrados de España y América[6], abrió el camino al destino social de los nuevos estados nacionales.

La Gaceta Ministerial de Cundinamarca divulgó[7] una completa determinación del concepto de soberanía popular al comentar la transcripción de siete artículos publicados en la Gaceta de Caracas, estableciendo que la soberanía residía esencialmente en el pueblo y era efectivamente ejercida por "los ciudadanos con derecho a sufragio, por medio de sus apoderados legalmente constituidos". Por su naturaleza, la soberanía debía entenderse como "imprescriptible, inenagenable e indivisible", por lo cual había que distinguir entre los partidos (una facción de los ciudadanos votantes) y la totalidad del pueblo libre que sufragaba para elegir al cuerpo político de la representación nacional, la fuente de toda legitimidad y legalidad de un gobierno. La usurpación de la soberanía por un individuo, corporación o ciudad producía el delito de "lesa nación", de tal modo que los empleados públicos apenas podían considerarse como ciudadanos iguales a todos los demás y que, por sus virtudes, eran encargados temporalmente de la representación y de las funciones de gobierno. Sin merecer distinción alguna por razones de nacimiento o heredad, estaban especialmente sujetos a las leyes, al punto que sus delitos no podrían quedar impunes, ya que ningún ciudadano tenía derechos más inviolables que otro.

El santafereño Antonio Nariño fue uno de los dirigentes que divulgó entre los lectores de su periódico La Bagatela el concepto de soberanía, leído desde la experiencia de los Estados Unidos, según la cual residía "en la masa de los habitantes" que decidía confiar su ejercicio a unos representantes, "cuyo número no es tan considerable que impida una discusión bien profundizada de las materias que se ponen en deliberación, ni tan pequeño que pueda dar demasiada influencia a ninguno de ellos"[8]. La paradoja advertida por François-Xavier Guerra (1998), que consiste en la precoz victoria de la modernidad política en las sociedades hispanoamericanas por contraste con sus prácticas sociales e imaginarios, que siguieron correspondiendo a sociedades del "Antiguo Régimen", fue advertida también por el mismo Nariño cuando le fue reprochado el desorden "y algunas cosillas" que había traído el movimiento de la independencia, índice (según algunas opiniones) de "que nuestra transformación (política) fue prematura". Respondiendo a "una dama amiga", argumentó que nada habrían ganado los granadinos permaneciendo otro siglo más "en la esclavitud", e incluso que nada obtendrían permaneciendo junto a España con "el sistema liberal" que fue propuesto en Cádiz. En su opinión, las "luces y el patriotismo" acreditados por los santafereños habían forzado el camino de la "transformación política" para escapar de las tragedias acaecidas a los americanos en lugares como Quito, La Paz y los llanos venezolanos[9]. Un examen más completo del concepto de soberanía fue presentado por este dirigente de "la raza infame de sus chisperos"[10], a mediados de 1811, bajo la forma de un "dictamen sobre el gobierno que conviene al Reyno de la Nueva Granada"[11], una crítica a la idea de hacer de las provincias unos "estados soberanos" confederados por un congreso. Al examinar todas las posibilidades de congregación de las provincias para formar la nueva nación, siguiendo "la voluntad general", mostró los resultados que en el corto plazo se conseguirían si se distribuían, de un modo u otro, "los plenos poderes de todo el Reyno" que integraban la soberanía.

El Congreso de las Provincias Unidas de la Nueva Granada también divulgó en su diario oficial lo que entendía por soberanía: ningún "hombre de sana razón" podría dudar de que la soberanía "reside originariamente y esencialmente en el pueblo". Incluso muchos, de grave autoridad, opinaban que ella era "intransferible e incomunicable". Esta soberanía se ejercía por medio del sistema representativo, el cual evitaría todos los males de los otros sistemas: "los funestos abusos del despotismo inseparable de la monarquía, los furores ciegos y el desenfreno de las pasiones en la democracia, y los espantosos horrores y maldades de toda aristocracia". En el sistema representativo se reconocía la igualdad de todos los hombres y se escogía un número determinado de ellos para que se encargaran de todos los ramos de la administración pública, en los cuales se depositaba todo el poder "para gobernar y hacer la felicidad del estado". Pese a ello, el pueblo retenía en su totalidad la soberanía, ya que sus diputados apenas podían expresar la voluntad general, convertible en ley, de tal suerte que "el cuerpo representativo da las leyes al estado, sin que sea soberano, como no lo es en efecto".

"Pero es lo principal y lo más importante, que el pueblo, en el sistema representativo, solamente ejerce la soberanía en el acto de elegir, quedando reducido después a estado, sobre el cual ejercen su poder las autoridades constituidas, que ninguno tienen sobre el soberano"[12].

Para representar la voluntad general, los diputados no requerían instrucción alguna: les bastaba con procurar hacer el bien al que siempre aspiraba el pueblo, "aunque no lo conozca o ignore los caminos de obtenerlo". Era así como en el sistema representativo los pueblos ni se entregaban "a merced de los caprichos de un hombre solo", ni permitían que las leyes fuesen aprobadas por "asambleas ciegas en las que los perversos e ignorantes llevan constantemente la voz y el tono", ni tenían que soportar el dominio de los nobles, "siempre orgullosos e insoportables".

Este Congreso también expuso, casi al final de su mandato por efecto de la reconquista española, su idea de la esencia de los derechos de ciudadanía: "En Francia, en donde están más conocidas estas materias, los derechos de ciudadano consisten en la concurrencia por su voto al nombramiento de las autoridades constituidas y en ser elegible"[13]. Esto significaba que el ejercicio de los derechos ciudadanos no se atribuía a todos los habitantes de la Nueva Granada, sino a aquellos determinados por decisión de los legisladores. Por ello no se consideraba ciudadanos a las mujeres, a los criados, a los extranjeros y a "otra multitud de personas". Para ese entonces, ya el "legado de la Primera República" estaba completo. Culminada la guerra de liberación, los legisladores que en Cúcuta discutieron la constitución de la República de Colombia durante el año 1821 pudieron disponer de él a sus anchas.

1. LA REASUNCIÓN DE LA SOBERANÍA POR LAS PROVINCIAS EMANCIPADAS

"Mi amigo, he perdido muchas noches el sueño y he tenido los días más amargos al conjeturar la triste situación del Nuevo Reino de Granada: éste se halla despedazado en tantas soberanías cuantos corregimientos tenía en el antiguo Gobierno...".

Este lamento de un anónimo Patricio, publicado en La Bagatela del 6 de octubre de 1811, describe muy bien lo que había ocurrido en todas las provincias granadinas desde que decidieron proclamar su independencia ante la ausencia del rey de España y en su nombre, es decir, contra la nueva dinastía monárquica impuesta por Bonaparte. El virrey Antonio Amar y Borbón, desterrado en 1810 del Nuevo Reino de Granada, confirmó al secretario del Consejo de Regencia lo que había ocurrido: "Todo fue fraguado por el desenfreno de aquellos naturales que, revestidos por sí mismos con los nombres de patriotas y patriotismo para socavar de sus quicios las legítimas autoridades con el solo bullicio de haber reasumido el pueblo sus derechos parciales, nombraron vocales de una Junta de Gobierno que cargó con las atribuciones de la Soberanía"[14].

Esta acusación de "desenfreno" vertida por el virrey Amar contra los granadinos podía haberse aplicado entonces por igual a los venezolanos, a los quiteños y a los propios peninsulares. La Suprema Junta Conservadora de los Derechos de Fernando VII en las provincias venezolanas así lo informó a la Junta de Cádiz:

"Caracas, imitando la conducta de la España, ha tomado el partido que ella misma le ha enseñado cuando carecía del Gobierno Central, o cuando éste no podía atender a su seguridad, ni dirigir los pasos de su administración y defensa. Cada provincia o cada reino, reasumiendo el ejercicio de la soberanía, la explicaba por medio de sus juntas provinciales o supremas. Valencia, Cataluña, Extremadura, mucho menos distantes de la Central que Venezuela, quedaron separadas de ella y llevaban por sí mismas las riendas del gobierno, cuando el centro del poder era insuficiente para cuidar de su conservación y sostener los derechos de su independencia y libertad, pérfidamente atacados por el común enemigo"[15].

Haber "cargado con la soberanía" fue un movimiento político acontecido en muchas provincias españolas y americanas, bien para declararse "conservadoras" de los derechos de soberanía del rey "deseado", o bien para proclamar su libertad e independencia absolutas. Recientemente Anthony McFarlane, ha vuelto a recordar que este movimiento se inició en la península, en donde la ausencia de los reyes produjo la formación de juntas gubernativas en todas las provincias que reasumieron la autoridad y enviaron diputados a la Junta Central Gubernativa de España y las Indias, el núcleo coordinador de la resistencia contra los franceses y representante de la "nación española" diseminada en la península y ultramar[16]. En este sentido, la crisis política acaecida en la península por los sucesos de Bayona, que terminó formando a comienzos de 1810 un Consejo de Regencia y llevando a la reunión de las Cortes de Cádiz, donde se debatió la carta constitucional de su nombre, puede considerarse el inicio de la transformación política que acaeció en las provincias neogranadinas[17].

Los movimientos políticos acontecidos en las provincias neogranadinas fueron singulares, pero en 1810 podemos agruparlos en dos clases: los que proclamaron la soberanía moderna de los nuevos gobiernos representativos, y los que mantuvieron la lealtad a la antigua soberanía de los reyes. Tal como Manuel José Forero había advertido, la división original de las provincias en los inicios de la primera república granadina no se produjo en torno a los proyectos organizativos centralistas o federalistas, sino entre posiciones regentistas o antirregentistas. Fray Diego Padilla, redactor del Aviso al público, constató en su quinta entrega (27 octubre 1810) que el Consejo de Regencia había sido "la piedra del escándalo" y la "manzana de la discordia" entre las provincias de América, insistiendo en que los santafereños no habían obedecido al Consejo de Regencia, y "así lo han jurado con nosotros muchos hijos de Popayán, hijos los más ilustres, los más sabios...los Tenorios, los Torres, los Pombo". Las provincias neogranadinas que terminaron reasumiendo la soberanía absoluta y oponiéndose con vigor al Supremo Consejo de Regencia, representadas por algún diputado en el Congreso general del Reino que se realizó en Villa de Leiva desde el 4 de octubre de 1812, fueron diez: Antioquia, Cartagena, Casanare, Santafé, Mariquita, Neiva, Pamplona, Popayán, Tunja y Socorro. Un examen de sus peculiares movimientos políticos muestra las consecuencias que tuvo ese proceso de reasunción de su soberanía, y la diferenciación provincial que se registró en él, tal como se mostrará a continuación.

JUSTIFICACIÓN DE LA REASUNCIÓN DE LA SOBERANÍA

En la ciudad de Santa Fé, capital del Virreinato del Nuevo Reino de Granada, se organizó durante la noche del 20 de julio de 1810 una Junta Suprema Provincial Gubernativa, integrada por personajes notables y presidida por el virrey Amar. En ella fue depositado, interinamente, "el gobierno supremo del Reino", algo que pronto las demás provincias controvertirían. Tres días después, esta Junta declaró que reasumía en sí "sus derechos parciales, sin perjuicio de la Representación Nacional interinaria del Supremo Consejo de Regencia", pero el 26 de julio fue más allá al manifestar que entraba en posesión de la potestad soberana, con el mismo derecho con que las provincias de España lo habían hecho. Este atrevimiento fue justificado por Frutos Joaquín Gutiérrez y Camilo Torres mediante una argumentación, firmada el 25 de septiembre siguiente, titulada Motivos que han obligado al Nuevo Reino de Granada a reasumir los derechos de la soberanía, remover las autoridades del antiguo gobierno, e instalar una Suprema Junta bajo la sola denominación y en nombre de nuestro soberano Fernando VII y con independencia del Consejo de Regencia y de cualquier otra representación. En ella se ofreció un relato acerca de "las imposturas" de la Junta de Sevilla, "mal llamada Junta Suprema de España y las Indias", y de las perfidias de sus agentes en América, así como de las malas acciones del Consejo de Regencia contra Quito, lo cual habría obligado a los americanos a proclamar la libertad y a convocar a su defensa, en la perspectiva de la reasunción de sus derechos de soberanía.

Los dirigentes de la provincia de Tunja, al firmar el 10 de diciembre de 1813 el acta de la declaración de independencia absoluta, también expusieron las razones que habían tenido a la vista para entrar en posesión de su plena soberanía: para empezar, se quejaron de la exclusión social que los españoles habían impuesto a los granadinos al no permitirles la recepción de una educación universitaria ni el acceso a los altos empleos públicos. Mientras tanto, los españoles que ocupaban estos empleos se habían enriquecido en muy corto tiempo y se habían llevado sus riquezas a la península. Era evidente, en su opinión, una desigualdad jurídica entre "los pueblos" americanos y los españoles. Se declararon además agraviados por el escaso interés mostrado por el gobierno español por el fomento del desarrollo mercantil de las provincias, dado que las leyes comerciales prohibían el comercio con otras naciones y que el sistema fiscal gravaba a la incipiente industria.

El 15 de agosto de 1810 la Junta de gobierno que se formó en la provincia del Socorro produjo una temprana constitución de su estado "libre e independiente", en la cual se afirmó que al romperse el "vínculo social" con "la tiranía" el pueblo se había restituido en "sus derechos naturales e imprescriptibles de la libertad, igualdad, seguridad y propiedad". Depositada provisionalmente esta soberanía en el cabildo y seis ciudadanos asociados, se había convocado a los cabildos de San Gil y Vélez para que enviaran sus diputados con el fin de componer una Junta provincial. Ésta inició sus trabajos con los dos diputados del Socorro (Lorenzo Plata y Vicente Martínez) y los dos de San Gil (Pedro Ignacio Fernández y José Gabriel de Silva), presidida por el doctor José Lorenzo Plata, el autor del acta de independencia y de la constitución mencionada. Este mismo día acogió "los cánones" en los que se basaría esa constitución: división tripartita del poder público, origen popular de toda autoridad que se estableciera, publicidad de las cuentas del tesoro público, representación popular elegible anualmente, protección a la religión cristiana, inviolabilidad de las personas y las propiedades. Esta Junta no reconoció la autoridad del Consejo de Regencia por considerarlo ilegítimo y sospechar que era "hechura del tirano Bonaparte", advirtiendo que consideraría traidor "al que lo reconociese, dijese que es bueno o persuadiese a otros a su observancia". Dado que aún no se había formado algún congreso nacional, declaró que "reasumía por ahora todos los derechos", pero anunció que cedería la parte "que puede sacrificar, sin perjuicio de la libertad que tiene para gobernarse dentro de los límites de su territorio", a ese congreso.

Esta declaración constitucional de los socorranos expresó bien la retórica del movimiento de la reasunción de soberanía provincial en la circunstancia de la ruptura del pacto social anterior, pero anunció también el movimiento político que siguió a éste: la cesión de una parte de la soberanía a la entidad que representaría a la nación en lo sucesivo. En previsión de una posible invasión de regentistas, los socorranos organizaron de inmediato milicias y enviaron a dos de sus más eminentes ciudadanos hacia Caracas para comprar armas y una imprenta.

ADOPCIÓN DE LA SOBERANÍA ABSOLUTA

La declaración de separación absoluta de la Corona de España sólo se produjo en Santafé el 16 de julio de 1813, cuando ya esta ciudad se titulaba capital del Estado de Cundinamarca. El Colegio Electoral aprobó esta decisión el 5 de julio anterior, con gran revuelo popular: "Desde esta hora comenzaron a gritar los verdaderos patriotas la Independencia, con alegres repiques de campanas y voladores. A la noche sacaron el retrato de la Libertad en paseo, con muchos vivas y voladores, músicas y aclamaciones"[18].

Esta fecha nos indica que los santafereños aguardaron tres años para dar este atrevido paso, ya que la Junta Superior Gubernativa que se estableció en 1810 se cuidó muy bien de hacerlo, amparándose en la petición que el 25 de septiembre dirigió al rey, preso en Francia, para solicitar su aprobación a la reasunción de soberanía en términos de "su negativa a reconocer toda otra autoridad que no sea la de nuestro deseado rey y señor don Fernando VII". Como antigua capital de un virreinato, la independencia absoluta tenía para los santafereños grandes costos políticos y fiscales. El principal costo político era su reducción a la categoría de provincia inter pares, tal como el Acta de Federación pronto les confirmaría. Pero el costo fiscal también se vio de inmediato, en la medida en que la administración de la Real Hacienda y del Tribunal de Cuentas que tuvieron asiento principal en Santa Fé se desintegró. Este Tribunal no volvió a recibir informes de los administradores provinciales: en abril de 1811 inútilmente solicitó a los administradores de hacienda de Popayán, Ocaña, Chocó y Honda que remitieran las cuentas vencidas del año 1809. En un tono franco, el administrador de la villa de Honda contestó que la nueva Junta suprema independiente de dicha villa le había advertido que en adelante sólo podía tratar con ella los negocios relativos a la administración de hacienda de su distrito. La Real Hacienda del Nuevo Reino perdió su unidad y se fragmentó en las múltiples haciendas de las provincias soberanas. El administrador de hacienda de la provincia del Chocó no sólo se negó a enviar las multas aplicadas a los contrabandistas, sino que le pidió a la Contaduría de Cuentas de Santa Fé que procediera a desembargar los bienes de un contrabandista condenado bajo el anterior régimen que ya había sido absuelto por el nuevo gobierno independiente[19].

Pero fue en la provincia de Cartagena donde el impacto fiscal de la independencia de las provincias se manifestó con mayor nitidez. El movimiento revolucionario de la Nueva Granada se había iniciado allí el 22 de mayo de 1810, hasta que los cartageneros depusieron y desterraron, el 14 de junio siguiente, al gobernador Francisco de Montes. Una Junta gubernativa fue integrada por José María del Real, Teodoro María de Escobar, Ignacio Cavero, José Antonio Esquiqui, Esteban García Matos, José Ignacio de Pombo, Gabriel Gutiérrez de Piñeres y José María García de Toledo. El 17 de septiembre siguiente comenzó a ser publicado, por José Fernández Madrid y Manuel Rodríguez Torices, el Argos Americano, que terminaría siendo el diario oficial del Congreso de las Provincias Unidas. En la villa de Mompós, adscrita a la jurisdicción de la gobernación de Cartagena, el movimiento se inició el 25 de junio de 1810, obligando al coronel español Vicente Talledo a huir el 2 de julio siguiente. Los momposinos declararon su independencia el 6 de agosto, bajo la influencia del antioqueño José María Salazar y del cucuteño José María Gutiérrez de Caviedes, y el 11 de octubre se separaron de la jurisdicción de la Junta de Cartagena, declarando que no aceptaban la autoridad del Consejo de Regencia. Este movimiento generó una tensión entre Cartagena y Santa Fé, por una parte, y por la otra, entre Cartagena y Mompós. Los cartageneros declararon la guerra a Mompós el 9 de noviembre y enviaron sus tropas hacia esta villa para reintegrarla a la fuerza, consiguiéndolo el 23 de enero de 1811.

Conocedora de su dependencia fiscal de los situados de varias cajas reales de otras provincias americanas, la Junta de Cartagena trató de congraciarse con las Cortes reunidas en la isla de León, congratulándose por su instalación y denunciando "el exagerado sistema de independencia proclamado en Santa Fé", contrario a los "principios de conservar perpetua unión con la Madre Patria". Argumentó en su representación que, en tanto "puerto y plaza principal del Nuevo Reino de Granada", Cartagena había organizado su Junta gubernativa únicamente para reemplazar las autoridades superiores e impedir que "el gobierno subalterno" de la provincia cayera en una total desorganización, pero cuando las Cortes declararon "la soberanía de la nación" (española), separando tripartitamente los poderes públicos y declarando la igualdad absoluta de los naturales de España y los de América, "como una misma nación, una sola familia", entendieron que ya no existían "las odiosas denominaciones de criollo y chapetón", pues se había borrado para siempre el nombre de "colonias españolas" y se había edificado "la soberanía de la nación". Por ello, el 31 de diciembre anterior la Junta de Cartagena había reconocido la autoridad de las Cortes de León y aspiraba a una representación plena en ellas, rechazando la invitación a declarar la absoluta independencia de España[20].

La presión popular por la declaración de la independencia absoluta, encabezada por los hermanos Gutiérrez de Piñeres, fue enfrentada por García de Toledo, partidario de la adhesión a las Cortes. La pugna entre esas dos facciones fue resuelta, el 11 de noviembre de 1811, a favor de la independencia absoluta: dos "comisionados del pueblo" (Ignacio Muñoz y el presbítero Omaña) exigieron a la Junta la declaración de independencia absoluta, la extinción del Tribunal de la Santa Inquisición, la división tripartita del poder público, el nombramiento de americanos en los empleos del Consulado de Comercio y del Regimiento Fijo, y la devolución de los fusiles de Cundinamarca que el presbítero Omaña había comprado en los Estados Unidos. Presionada por la agitación popular, la Junta firmó el acta. El 21 de enero de 1812 José María del Real se declaró presidente- dictador, y en tal cargo fue reemplazado el 31 de marzo siguiente por Manuel Rodríguez Torices. Éste organizó cuatro expediciones militares, en octubre de 1812, para despejar la costa de tropas españolas: la de Santa Marta (Pedro Labatut), la del Bajo Magdalena (Simón Bolívar), la de las sabanas (Manuel Cortés Campomanes) y la del golfo de Morrosquillo y Sinú (hermanos Miguel y Fernando Carabaño). Estos militares eran todos extranjeros (venezolanos, un francés y un español) llegados a Cartagena para luchar contra el Consejo de Regencia. Todas estas expediciones fueron exitosas, al punto que la de Bolívar logró liberar todo el río Magdalena hasta llegar a Ocaña. El 4 de febrero de 1813 doña María de la Concepción Loperena de Fernández de Castro proclamó la independencia del Valle de Upar.

La independencia de Cartagena tuvo, como en ninguna otra provincia, un impacto fiscal rotundo, dada su tradicional dependencia de los situados enviados por las Cajas Reales de Quito, Santa Fé, Mompós y La Habana. Un cálculo[21] de los gastos anuales causados por la defensa militar de la plaza, sede del único Regimiento Fijo del Nuevo Reino, ascendía a unos 890.000 pesos en 1810, distribuidos (en pesos) más o menos como sigue:

- Sueldos y gastos civiles........................60.000

- Sueldos y prestaciones militares.........300.000

- Gastos de fortificación...........................50.000

- Gastos de artillería................................10.000

- Guardacostas......................................300.000

- Pensiones sobre diversos ramos..........10.000

- Hospital militar.......................................20.000

- Gastos ordinarios de la plaza................10.000

- Remisión para Panamá.......................130.000

Los ingresos promedios de Cartagena en 1810, calculados según el quinquenio anterior, ascendían a 510 pesos, provenientes de las siguientes fuentes (en pesos):

- Renta de las aduanas.......................................130.000

- Rentas de tabacos............................................110.000

- Rentas de aguardientes y naipes.....................100.000

- Sobrantes de la Caja de Mompós......................50.000

- Todas las pequeñas rentas...............................100.000

- Descuentos de montepío, inválidos y otros........20.000

El déficit fiscal de aproximadamente 380.000 pesos anuales (42,6% del presupuesto de gastos) se cubría con el situado fijo enviado por la Real Caja de Quito (250.000 pesos anuales en promedio), que en 1810 apenas llegó a 212.500 pesos, y con el situado variable que enviaba la Real Caja de Santa Fé para completar los gastos. Con la independencia, los situados enviados por las Cajas Reales de Quito y Santa Fé fueron suspendidos, el recaudo de las aduanas cayó por la suspensión de las entradas de barcos mercantes españoles, y los sobrantes de la Caja de Mompós fueron apropiados por su cabildo para sus propios gastos militares. Sólo los estancos de tabacos y aguardientes suministraron efectivo en los primeros años de la independencia, pero pronto se agotaron sus reservas. El funcionamiento de la plaza de Cartagena dependía de la unidad política del Nuevo Reino bajo la autoridad del rey, de tal suerte que "a la menor novedad política que se hiciese en este sistema" haría de Cartagena "la primera víctima, porque entonces cesarían precisamente los subsidios arreglados que recibía, pues cada provincia los reservaba para sí". La revolución de los quiteños en 1809 le mostró a los cartageneros esta dependencia, pues el gobierno de la provincia de Popayán se apoderó del situado enviado, a su paso por esta ciudad, "a pretexto de levantar tropas y defenderse de los quiteños", y nunca pudo llegar a Cartagena, "a pesar de las repetidas órdenes que se dieron por el Virreinato para su reintegro y remisión". En esa ocasión los cartageneros habían tenido que echar mano hasta del depósito de consolidación, pese a la prohibición que existía.

Los miembros de la Junta Suprema de Cartagena, "hechos economistas de repente", experimentaron varias medidas de hacienda para cubrir el déficit que formó la suspensión de la llegada de los situados. Con un solo decreto eliminaron los ramos de tributos, sisas, bulas y una parte de las alcabalas. Reformaron el reglamento de las aduanas y emitieron papel moneda. Al suprimir el apostadero naval eliminaron la matrícula, privilegios y fueros que le eran anexos, con lo cual se libró la pesca y la explotación de las maderas. Con todo ello cayeron drásticamente los ingresos fiscales, y el papel moneda rápidamente se desacreditó. Pasaron entonces a crear nuevos impuestos: 8% de los alquileres de casas, medio real por campesino, empréstitos forzosos, donativos forzosos, confiscación de bienes de exiliados. Todos estos experimentos fiscales de la primera república en Cartagena, aunque provocaron el escándalo de los reconquistadores españoles, fueron parte del legado de la "patria boba" al experimento colombiano: puede que no sea un azar que José María del Castillo y Rada, el primer gran hacendista de la Administración Santander (1821-1827), haya sido cartagenero.

Tomás de Andrés Torres, presidente de la Suprema Junta de Cartagena, expresó el 3 de noviembre de 1810 a su homólogo de la Junta de Santa Fé su preocupación por la suspensión del envío de los situados de las Cajas de esa ciudad y de la de Mompós. Un año después, García de Toledo expresó su posición contra la declaración de soberanía absoluta de España en los mismos términos: el situado de las otras provincias dejaría de llegar a Cartagena, cuyo presupuesto anual de defensa y gastos no bajaba de 700.000 pesos. Sus rivales momposinos, los Gutiérrez de Piñeres, y los mulatos que encabezaba Pedro Romero, pugnaban por la rápida independencia absoluta, ajenos al problema fiscal que sobrevino sobre Cartagena después de la independencia.

En la provincia de Pamplona, donde los cacaos producidos en los valles de Cúcuta estaban ligados al tráfico del puerto de Maracaibo, los planes de reasunción de soberanía se encaminaron hacia la posibilidad de unir estas dos provincias, para mantener el circuito comercial del río Zulia y las ventajas del situado fiscal de Maracaibo. Pero el movimiento político acaecido en la ciudad de Pamplona, donde la protesta de doña Agueda Gallardo es considerado el inicio del movimiento de su independencia, el 4 de julio de 1810, frustró los planes de los cucuteños. El 31 de julio siguiente se instaló la Junta de Gobierno de la provincia de Pamplona, ante la imagen de Fernando VII, a la que se le juró obediencia, pronunciándose por la reunión de un congreso de todas las provincias y por la defensa de la integridad de esta provincia. Actuó como secretario el doctor Francisco Soto, quien llegaría muy lejos en la política republicana. Siguiendo el ejemplo de los santafereños, se organizó en San José de Cúcuta un Serenísimo Colegio Electoral con la pretensión de redactar una carta constitucional. Después de ciertos enfrentamientos armados entre las villas de los valles de Cúcuta y la ciudad de Pamplona se obtuvo un acuerdo, el 6 de noviembre de 1811, por el cual se reunirían en dicho Colegio los diputados de los cabildos de Cúcuta, Mérida, villa del Rosario, Salazar y San Faustino. En ese momento ya las noticias relativas al realismo de Maracaibo obligaron a renunciar a la pretensión de unirse a ese puerto, dirigiéndose entonces a la defensa de la provincia de Ocaña contra la pretensión de incorporación de los cartageneros y a procurar una alianza militar con los socorranos. El ejemplo de la provincia de Mariquita, reducida a "miserable rango" por el gobierno de Cundinamarca, ilustraba entonces el afán expansionista de Cartagena, que había puesto los ojos en el puerto de Ocaña sobre el río Magdalena. La estrategia de los pamploneses fue imponerle a los ocañeros "la ventajosa situación de formar una provincia, libre e independiente como las demás", y luego invitarla a formar parte de la Confederación de las provincias unidas[22]. La lealtad de Maracaibo al Consejo de Regencia, fundada en el situado que esperaban de la Real Caja de México y que se calculó en cien mil pesos, produjo una crisis en el comercio del cacao de los valles de Cúcuta con ese puerto, generándose una escasez de numerario en San José de Cúcuta. El Colegio Electoral de Pamplona decretó la libertad de comercio para resolver el problema del cierre de su ruta comercial a Maracaibo, y la fuerza de los hechos le obligó a renunciar a su proyecto de atraerse dicha provincia a la causa de la emancipación.

SEPARACIÓN DE POBLACIONES DE LAS CABECERAS PROVINCIALES

La reasunción de la soberanía por las provincias suponía el principio de la libertad de los "pueblos" para autodeterminarse. Estos "pueblos" de las provincias fueron representados por las juntas gubernativas de las provincias, es decir, por los ciudadanos eminentes de las antiguas cabeceras de gobernación o corregimiento. Pero muchos ciudadanos reclamaron la libertad de los "pueblos" de las villas y parroquias para reasumir su soberanía y decidir a cual nuevo centro político se adscribirían. Con ello iniciaron un movimiento defensivo de los derechos de las localidades, provocando una tensión política entre las villas y parroquias respecto de las antiguas cabeceras provinciales, fuente de agudos enfrentamientos en el seno de las provincias que llegaron a producir episodios armados entre los "pueblos" de las distintas parroquias.

En la provincia del Socorro, donde el enfrentamiento entre los vecindarios de las villas de San Gil y el Socorro ya tenía una tradición de un siglo, una crónica de un anónimo fraile es la fuente privilegiada para el registro de sus acontecimientos durante la independencia[23]. El 10 de julio de 1810 una gran cantidad de personas de esta provincia atacó al corregidor José Valdés y a sesenta soldados allí acantonados, que se habían refugiado en el convento de los Capuchinos de Valencia durante la noche anterior. Pese a las descargas que los soldados hacían sobre la multitud desde las ventanas del coro, el corregidor se rindió y fue llevado a la cárcel. Se organizó una Junta de gobierno provisional, encabezada por don Lorenzo Plata, que dio cuenta a la Real Audiencia de lo ocurrido. Las primeras medidas tomadas por esta Junta fueron la abolición del tributo que pesaba sobre los indígenas y la orden de repartirles en propiedad las tierras de los resguardos, así como la liberación de la siembra y el comercio de los tabacos. Entre tanto, la mayor parte de las parroquias de la provincia de Vélez, excepto las de Guadalupe y parte de la de Suaita, se declararon independientes del Corregimiento del Socorro y de la Junta de Santa Fé, eligiendo a don Miguel Angulo para que los representara ante el Congreso del Reino. Sin embargo, Plata convenció a los veleños para que enviaran sus diputados ante la Junta provincial, la cual nombró al canónigo de la catedral de Santa Fé, Andrés Rosillo, como su diputado ante el Congreso general del Reino. Cuando se produjo la segregación de 18 parroquias de la provincia de Tunja, que se pronunciaron por su anexión a Cundinamarca, los socorranos enviaron tropas en auxilio de Tunja para conjurar este movimiento de las localidades, con excepción de Chiquinquirá y Muzo, cuyos diputados alcanzaron a ser recibidos en Bogotá.

Para satisfacer antiguas demandas de los vecindarios de las parroquias de Barichara y Moniquirá, la Junta del Socorro les concedió sus respectivos títulos de villa, una estrategia que satisfacía los intereses locales y mantenía la integridad de las provincias. Pero con ello provocaron la separación de los cabildos de San Gil y Vélez, de cuyas jurisdicciones fueron segregadas esas parroquias. Durante el mes de octubre de 1811 se habían realizado unas negociaciones entre el cabildo de San Gil y los representantes de la parroquia de Barichara, mediante las cuales ese cabildo permitía a Barichara elevarse "al rango y dignidad de villa", cediéndole la jurisdicción sobre las parroquias de La Cabrera y Guane, así como las rentas derivadas del cobro de peajes por los pasos de las cabuyas del río Sardinas hasta Chocoa, si bien San Gil participaría de esas rentas anualmente en un monto de 593 pesos. A cambio, la nueva villa "absolutamente independiente y separada de San Gil" juraba que mantendría los vínculos de "unión y fraternidad" con San Gil, formando con esta villa "un solo cuerpo político, y se tendrán como unos verdaderos hermanos...para auxiliarse y protegerse en todos sus negocios públicos, haciendo como propia la causa que a cada una en su caso le aconteciere"[24].

La instalación del Colegio Electoral del Socorro, a finales de noviembre de 1811, completó las divisiones, pues casi todos los vocales de San Gil y Vélez entraron en conflicto con el presidente, el doctor José Lorenzo Plata. Éste los acusó de haberse hecho elegir mediante intrigas y aquellos se refugiaron en San Gil. Esta villa declaró entonces su independencia del Socorro y recibió el apoyo armado de la parroquia de Charalá. Los sangileños atacaron y tomaron el control de la parroquia de Pinchote, pero los socorranos enviaron sus tropas y la recuperaron. Una comisión armada enviada por los socorranos a la parroquia del Valle de San José fue sorprendida por los charaleños cuando se bañaban en el río Fonce, quienes los hicieron huír desnudos. El cabildo de San Gil acordó entonces, el 7 de diciembre de 1811, anexarse a Cundinamarca para defenderse de las amenazas de los socorranos. Pero Plata se adelantó y tomó a San Gil, deponiendo a sus alcaldes ordinarios y nombrando sus sustitutos. Los regidores del cabildo de San Gil que habían logrado escapar y se habían refugiado en Cepitá redactaron el acta de agregación de su villa a Cundinamarca, argumentando una circunstancia de anarquía que les daba derecho a elegir un nuevo gobierno, para lo cual enviaron sus diputados a Santa Fé, junto con los que envió Vélez. Otras parroquias de la jurisdicción de la villa del Socorro (Charalá, Ocamonte, Riachuelo, Cincelada. Valle de San José, Mogotes y San Vicente de Chucurí) pidieron su anexión a Cundinamarca. Este Estado aceptó a todos estas parroquias, mientras las tropas socorranas ocupaban el Puente Real de Vélez. Por su parte, una comisión de sangileños trató de tomarse a Barichara, pero sus vecinos sacaron la Virgen de la Piedra hasta el alto limítrofe, impidiendo así que lo cruzaran. El presidente de Cundinamarca envió, el 9 de enero de 1812, una avanzada comandada por el capitán Ignacio Salcedo, y el 19 del mismo mes salió un batallón de caballería comandado por el general Joaquín Ricaurte y Torrijos, Atanasio Girardot y Lorenzo Ley. Después de una refriega de tres horas en los sitios de Monte del Moro y Saque huyeron los socorranos. Desde Guadalupe, Ricaurte solicitó al presidente Plata el envío de sus negociadores, el doctor Pedro Ignacio Fernández (vocal de la Junta del Socorro) y Pedro Antonio Rueda (párroco de Chima). Estos negociadores acordaron ciertas capitulaciones en Guadalupe (17 de febrero de 1812), con lo cual pareció terminar el experimento del Estado Libre y Soberano del Socorro, pues se comprometieron a entregar sus armas a cambio de ciertos empleos en el Estado de Cundinamarca. Así fue como a la una de la tarde del 7 de marzo pudo entrar Ricaurte y las tropas de Cundinamarca a la villa del Socorro, sin encontrar resistencia armada. No obstante, los socorranos ya habían sacado hacia Simacota los cañones y muchos fusiles. Presionado por las denuncias del cabildo de San Gil y por esta perfidia, Ricaurte apresó a Plata y lo envió a Santa Fé, mientras sugería al presidente de Cundinamarca que pusiera en el Socorro un vicepresidente ajeno a esta provincia, para que pudiera actuar con justicia y organizar la hacienda provincial. Mientras tanto, el canónigo Rosillo juraba que no había tenido nada que ver con la creación de la diócesis, que para entonces ya había pasado al olvido[25]. Según nuestro fraile anónimo, la guerra de Cundinamarca con el Socorro y las posteriores con el Congreso Federal arruinaron esta "florida provincia" y le sacaron cientos de soldados para todas las campañas militares, algo que continuaría durante las guerras libertadoras comandadas por Bolívar.

Nariño impuso el sistema de gobernadores provinciales para el ejercicio de la autoridad en cada una de las antiguas provincias que se anexaron al Estado de Cundinamarca, de tal suerte que el coronel Ricaurte y Torrijos se convirtió en el primer gobernador republicano de la provincia del Socorro, dividida administrativamente en los cantones del Socorro, San Gil y Vélez. La nueva Constitución de Cundinamarca que se firmó el 18 de julio de 1812 ratificó la incorporación de la vieja provincia socorrana y de sus tres cantones a dicho Estado. Sin embargo, al día siguiente una sublevación de los socorranos derrotó militarmente en Paloblanco a José Miguel Pey, jefe de las fuerzas cundinamarquesas, con lo cual la provincia del Socorro recuperó su independencia bajo la gobernación de Custodio García Rovira. Desde entonces esta provincia y la de Pamplona permanecieron asociadas al sistema de las Provincias Unidas que encabezaba el Congreso de Tunja, bajo la autoridad de gobernadores provinciales nombrados por un Colegio Electoral, hasta que las tropas españolas de Calzada derrotaron a las socorranas en Cachirí, el 21 de febrero de 1816, poniendo fin al primer experimento de los gobiernos republicanos.

Al sur de Santa Fé, los cabildos de las ciudades y villas de las provincias de Mariquita y Neiva declararon su independencia en 1810, pero al igual que ocurrió en la del Socorro algunas de sus villas y parroquias se separaron de ellas y pidieron su agregación a Cundinamarca. La villa de Purificación y la parroquia de Garzón se agregaron al Estado de Cundinamarca, provocando la protesta de la provincia de Neiva, a cuya jurisdicción habían pertenecido. El diputado de esta provincia, Manuel Campos, fue uno de los cinco firmantes iniciales del Acta de Federación, de tal suerte que el Congreso de las Provincias Unidas le reclamó al presidente Nariño la admisión de esas poblaciones. Pese a las separaciones, la provincia de Neiva se dio su propia constitución el 3 de febrero de 1812.

La provincia de Girón había sido adscrita a la jurisdicción del Corregimiento de Pamplona desde finales del siglo XVIII, por lo que ésta la consideró parte suya en el momento de su independencia. El 30 de julio de 1810, reunidos más de doscientos vecinos en la casa consistorial de la ciudad de Girón, también fue proclamada la independencia y aclamado como gobernador el doctor Juan Eloy Valenzuela, cura de la parroquia de Bucaramanga, el que se acompañó en el gobierno de los dos alcaldes ordinarios existentes. De inmediato, el padre Valenzuela tomó a los asistentes el juramento de fidelidad a "la monarquía hereditaria de Fernando VII (que Dios guarde), si la providencia le restituye al trono de las Españas; pero con las cautelas, mitigaciones y reformas que se anunciaron desde los principios y cuya necesidad se ha hecho cada día más patente"[26]. Pasó luego a consultar a los asistentes sobre las medidas que habría que tomar para ayudar a los cosecheros de tabaco por la quiebra de la Factoría de Piedecuesta, y a los lavadores de oro. También prometió reformar el sistema de rentas para facilitar su recaudo y castigar a los evasores, con el fin de que "el sudor y contribución del pueblo no se convirtiese en patrimonio de pocos".

En estas circunstancias, la parroquia de Piedecuesta se separó de la jurisdicción de Girón por su propia voluntad y se unió a la Junta de Pamplona, a cambio del título de villa que ésta le concedió. Lo mismo hizo la parroquia de Bucaramanga, incluyendo en su nueva jurisdicción de villa a la parroquia de Rionegro. De este modo, a Girón sólo le quedaron las parroquias pobres de El Pedral y Cañaverales. Como el cura Valenzuela convocó a estas nuevas villas y a Pamplona a reconocer la autoridad de las Cortes de Cádiz, provocó la invasión de Girón por tropas de todas ellas, que depusieron a sus regidores de oficio comprado. La conducta de Girón fue entonces considerada por la Junta gubernativa del Socorro como "traidora" y de "maligno influjo", por lo cual envió contra ella una partida de cien hombres para contribuir a sujetarla a la autoridad de Pamplona, "su matriz". Durante la reconquista de 1816, los gironeses se valieron de la autoridad de Pablo Morillo para tomar su revancha: agregaron a su jurisdicción las parroquias de Cepitá, San Andrés, Guaca, Tona y las dos Cácotas, que siempre habían pertenecido a la jurisdicción de Pamplona[27].

Al igual que había ocurrido en la provincia del Socorro, una estrategia empleada con éxito en algunas cabeceras provinciales para mantener la adhesión de las parroquias fue la de concederles el rango de villas, a título gratuito, como una merced debida a la benevolencia del nuevo orden republicano. La Junta Suprema de Santa Fé acordó, el 6 de agosto de 1810, erigir en villas a diez parroquias de las jurisdicciones tradicionales de dicha ciudad y de la de Tunja (Zipaquirá, Ubaté, Chocontá, Mesa de Juan Díaz, Guaduas, Cáqueza, Tensa, Sogamoso, Turmequé y Chiquinquirá). Pese al escándalo que esta medida produjo en Tunja, las parroquias que ascendieron a villas mediante su adscripción a la jurisdicción de la Junta de Santa Fé experimentaron un ahorro de unos diez mil pesos que valían las diligencias para lograr tal propósito en el orden anterior. La Junta de su capital expuso al público esta nueva realidad política en los siguientes términos:

"La geografía política del Reyno va a sufrir una considerable alteración. Bajo el antiguo gobierno tenían los vecindarios que hacer costos inmensos para conseguir el privilegio de erigirse en villas o ciudades. Era necesario hacer un recurso difícil y penoso hasta la Corte de Madrid, saciar la avaricia de sus agentes para obtener una real cédula en que se permitiese a los lugares tener dentro de sí los recursos de la justicia. Ésta es una de las mayores ventajas que nos debe proporcionar la nueva constitución que nos liberta de semejantes depredaciones. Ya no se necesita surcar los mares, ni permanecer en expectación diez o veinte años para conseguir, de gracia, lo que no es sino un derecho natural de los pueblos"[28].

Este procedimiento también fue usado por los pamploneses, quienes les permitieron a los bumangueses y piedecuestanos ascender al rango de villa. Pero también en otras provincias ocurrió lo mismo, de tal suerte que se convirtió en una forma de ganar adhesiones de vecindarios pero, al mismo tiempo, enemistades con las cabeceras provinciales que perdían el control tradicional que habían ejercido sobre sus parroquias.

CONGREGACIÓN DE CABILDOS PARA LA DEFENSA COMÚN

En las provincias de Antioquia y el Valle del Cauca se produjo la asociación de cabildos cercanos para enfrentar la inseguridad que abrió la independencia. La jurisdicción de la provincia de Antioquia estaba integrada por las de cuatro cabildos: Santafé de Antioquia, Medellín, Rionegro y Marinilla. En la instrucción que dio a don Antonio de Narváez, el diputado del Nuevo Reino que había sido elegido para ir ante la Junta de Sevilla, expusieron su recepción del ideario liberal. Le pidieron no perder de vista y reclamar "la conservación de los sagrados e imprescriptibles derechos del hombre, libertad, seguridad y propiedad que son las bases de la sociedad, así como deben ser los principios de todo gobierno sabio e ilustrado"[29]. La Junta Superior de gobierno de la provincia de Antioquia fue erigida, durante el mes de septiembre de 1810, por los diputados de sus cuatro cabildos que habían asistido a un Congreso provincial constituyente. Fue integrada inicialmente por Francisco Ayala (presidente), Elías López (vicepresidente) y cuatro vocales: Manuel Martínez, Joaquín Gómez, José Miguel de la Calle e Isidro Peláez. El Congreso provincial convocó a la realización de unas Cortes del Nuevo Reino para evitar la anarquía, en la perspectiva de la creación de una "confederación general del Reyno". Por ello no enviaron diputados a Santa Fé.

El 27 de junio de 1811 fue aprobada la primera constitución provisional, y un mes después fue electo José María Montoya como presidente de la Junta Suprema. La constitución definitiva fue aprobada el 21 de marzo de 1812. Como la Junta provincial había asumido la administración de la Real Caja, pudo contar con los crecidos recursos de los quintos del oro de las minas. Fue por ello que pudo auxiliar con dinero a las provincias de Cartagena (40.000 pesos) y Popayán (10.000 pesos) con empréstitos, otorgados en marzo de 1811, para que consolidaran sus independencias[30]. Desde octubre del año anterior y atendiendo a "la declamación general contra las rentas estancadas de aguardiente y tabaco", que estorbaban la agricultura, se había decretado su libre comercio. En adelante sería libre la cosecha, la destilación y el consumo de tabacos y aguardientes en esta provincia y su comercio fuera de ella. En esta provincia se experimentaron dos novedades: la liberación de los partos de esclavas y la maestranza republicana. Propuesta por Juan del Corral, la ley de manumisión de partos de esclavas fue aprobada por la Legislatura de la República de Antioquia el 20 de abril de 1814. Se intentaba sacar del "funesto estado" de servidumbre a la población esclava, para "colocarla en la clase de ciudadanos" y restablecer, en lo posible, "el equilibrio de condiciones, para que goce de la beneficencia de un gobierno justo y equitativo, que jamás lograría bajo las leyes bárbaras de España". En adelante, los hijos de esclavos nacerían libres, pero hasta la edad de 16 años deberían retribuir con su trabajo los gastos de su crianza. Quedaban prohibidas las ventas de esclavos que separaran a los hijos de los padres, así como la importación o exportación de esclavos. Para manumitir en forma paulatina a los esclavos se fundaría un montepío que recaudaría las donaciones y una capitación anual que se impondría a los propietarios de esclavos. Juntas de amigos de la humanidad se encargarían de las emancipaciones con los fondos recaudados durante la Pascua de Resurrección. La segunda innovación fue el establecimiento de la Maestranza[31] de Rionegro, obra de la "inclinación decidida por el arte de la guerra" del dictador Juan del Corral. Se trataba de una fundición y montaje de piezas de artillería (obuses, cañones pedreros, culebrinas) y fusiles. La prematura muerte de este autodidacta en "la ciencia de los combates y defensa de las plazas" no detuvo los trabajos de este establecimiento, cuya ambición fue dotar a todas las provincias independientes del armamento que se requería para su defensa. En agosto de 1814 se le informó al Congreso que ya se estaban fabricando fusiles "tan buenos como los ingleses", sables, obuses y cañones, bajo la conducción de Serviez. Un molino de pólvora también fue instalado.

Pasando al valle del Cauca, se sabe que el cabildo de la ciudad de Cali decidió, el 3 de julio de 1810, la reasunción de su soberanía, y puso en noticia de ello al cabildo de Santafé, para los efectos de la búsqueda de la unión en un congreso del Reino. Ante la situación política de Popayán, dominada por el gobernador Tacón, el 10 de noviembre siguiente los caleños eligieron a fray José Joaquín de Escobar para negociar algún entendimiento con Popayán, antes de decidirse a derribar a "ese tirano". El fracaso de esta embajada llevó a la formación de la confederación de las seis ciudades del Valle del Cauca: Cali, Toro, Cartago, Buga, Anserma y Caloto. El primero de febrero de 1811 se instaló en Cali la Junta de estas ciudades, integrada por los diputados de sus cabildos, quienes acordaron "concentrar en un punto la autoridad" y desconocer al Consejo de Regencia. El único propósito definido fue "la defensa y seguridad de estos pueblos y sus incidentes"

LIBERACIÓN DE UNAS PROVINCIAS POR OTRAS

La consolidación de la independencia en buena parte de las provincias neogranadinas puso en marcha un proceso de "liberación" de aquellas que se habían resistido a hacerlo, gracias a la acción de algún jefe militar enérgicamente realista, como en Popayán, o a las rivalidades políticas con otra que se había lanzado a la emancipación. En la provincia de Popayán, el gobernador español Miguel Tacón consiguió que el grupo de "la nobleza" apoyara su posición regentista, bien conocida en Santafé por unas cartas que le fueron interceptadas. El 9 de febrero de 1811 se realizó en Popayán la ceremonia de reconocimiento de "la soberanía de la nación representada por los señores diputados de las Cortes generales" reunidas en la isla de León desde el 24 de septiembre de 1810. Al día siguiente, el gobernador emitió un bando declarando que en esas Cortes residía la soberanía nacional, y de ellas saldría la constitución que mantendría "enlazados todos los vasallos del señor don Fernando Séptimo". El 11 de agosto de 1810 se había formado una Junta provisional de Seguridad y Salud Pública, con la presencia del comisionado regio Carlos Montúfar, para prevenir cualquier asonada del populacho, mientras podía organizarse una Junta provincial y se resolvía el modo de organizar una confederación general de las provincias del Nuevo Reino. Esa Junta quedó presidida por el gobernador Tacón, su teniente asesor, un representante por el cabildo (Antonio de Arboleda), el Clero (Andrés Marcelino Pérez de Valencia) y "la nobleza" (José María Mosquera), y dos por el pueblo (Manuel Dueñas y Mariano Lemos). Desde el comienzo, esta provincia declaró su independencia de la Junta de Santa Fé, argumentando que se encontraba "en iguales derechos para hacer las alteraciones y restricciones que le convengan".

El 28 de diciembre siguiente el gobernador Tacón expuso a la Junta de Santa Fé sus razones para permanecer fiel al Consejo de Regencia, "el cuerpo soberano que representa al soberano interinamente, mientras las dos mitades de la nación organizan la forma de gobierno que sea más acomodada a las circunstancias y a sus votos". Conocedor de la fidelidad de Pasto, Anserma y Barbacoas, Tacón consiguió hacerse con las armas y salir de Popayán con rumbo a esta última provincia para ofrecer una guerra de resistencia en coordinación con el virrey Pérez. Desde entonces, se convirtió en figura clave de la fidelidad al Consejo de Regencia y se entendió con los gobernadores de Panamá y Guayaquil para controlar la ruta del Pacífico. En marzo de 1811 enfrentó a las fuerzas venidas de las provincias de Santa Fé y Cali bajo el mando de Antonio Baraya y tuvo que retirarse hacia la provincia de Pasto después de su derrota en el río Palacé, el 28 de marzo. La ciudad de Popayán fue ocupada por las tropas de aquellas provincias y considerada provincia "liberada" por Santa Fé. Como testimonio de esta liberación fueron acuñadas unas medallas conmemorativas de la batalla del río Palacé, enviadas al gobierno de Cundinamarca como señal de agradecimiento[32]. El 20 de septiembre de 1811 la Junta de Popayán proclamó las medidas del nuevo orden: sólo quienes habían luchado contra el gobernador Tacón serían llamados a los empleos públicos, y quienes habían apoyado "el yugo colonial" perderían parte de sus bienes. Quien no abrazara el nuevo sistema político debía abandonar el territorio de la provincia.

Las campañas de liberación de las provincias de Pasto y de Santa Marta, como es bien sabido, fracasaron estruendosamente. En la primera los costos políticos fueron altos: el fusilamiento del presidente de la Junta de Popayán y del jefe militar norteamericano Alexander Macaulay, así como el apresamiento y envío a Quito del presidente de Cundinamarca, Antonio Nariño. En la segunda, el desgaste militar y político de los cartageneros fue excesivo, culminando con el enfrentamiento del ejército del Congreso enviado a auxiliarlos, comandado por el general Bolívar, y los jefes militares de esa ciudad, con el consiguiente exilio de este general y la desmovilización de su ejército.

FORMACIÓN DE NUEVOS ESTADOS

Ante el fracaso del primer congreso general de Reino, realizado entre el 22 de diciembre de 1810 y el 12 de febrero de 1811, los dirigentes de Santa Fé decidieron instalar, el 27 de febrero de 1811, un Serenísimo Colegio Electoral para la aprobación de una nueva constitución. La provincia de Santa Fé, que ellos concebían como la jurisdicción de la extinguida Real Audiencia, fue convertida en el nuevo Estado de Cundinamarca, cuyas instituciones fueron diseñadas por la carta constitucional que redactó un comité integrado por Jorge Tadeo Lozano, Miguel Tovar, Luis Eduardo de Azuola y José María del Castillo. Este Colegio Electoral fue integrado por 44 vocales que representaban a los "partidos" de las provincias de Santa Fé, Mariquita y los Llanos, pues la provincia de Neiva se negó a asistir. Realizadas las elecciones entre ellos, el 28 de marzo de 1811, fueron ocupados los empleos correspondientes a las nuevas instituciones republicanas: presidencia del estado (Jorge Tadeo Lozano de Peralta), vicepresidencia (José María Domínguez del Castillo), Consejo de Estado (Domingo Camacho y Manuel Benito de Castro), Senado (Pantaleón Gutiérrez, Juan Dionisio de Gamba, José Miguel Pey y Luis Eduardo de Azuola), Cuerpo Legislativo (integrado por diecinueve diputados) y el Poder Judicial (integrado por trece jueces)[33].

Las primeras cartas constitucionales de los diversos estados que se formaron bajo los nombres de Cundinamarca, Cartagena, Tunja, Socorro, Pamplona muestran la unidad de los supuestos liberales y la diversidad de las instituciones adoptadas. Además de incorporar los derechos y deberes del ciudadano, o los "derechos del hombre en sociedad", proclamaron la garantía de la libertad, igualdad, seguridad y propiedad, o fundaron el principio de "no hagas a otro lo que no quieras que haga contigo". Se adoptó la inviolabilidad de las personas y de las propiedades, la relativa libertad de imprenta e industria, los modos de la representación nacional mediante sufragio de los electores escogidos en las parroquias, y hasta la incorporación de los indios a la nación. La división tripartita e independiente del poder público fue adoptada, insistiendo en la idea de una forma popular y representativa. Todas las cartas asumieron el deber de proteger la religión católica y de ampliar la instrucción pública. La adopción del Acta de Federación (27 de noviembre de 1811) por las Provincias Unidas impuso una condición a todas ellas (artículo 7) respecto de la forma de gobierno a adoptar: éste debía ser "popular, representativo y análogo al general de la Unión", dividiendo además el poder público. Esta condición impidió al representante de Cundinamarca su adopción, y en lo sucesivo fue el origen de las críticas del Congreso a varias provincias cuyos gobernantes asumieron facultades dictatoriales, tales como la propia Cundinamarca, pero también Antioquia y Cartagena. Los símbolos de los nuevos estados comenzaron pronto a adoptarse: al día siguiente de la declaración de independencia de Santa Fé, el 21 de julio de 1810, los vocales de su Junta salieron a la calle con un lazo en el brazo izquierdo y el vicepresidente con una banda sobre el pecho, en ambos casos con los dos colores de la ciudad: amarillo y rojo. Los demás ciudadanos pusieron en sus sombreros una cinta con esos dos colores, de tal suerte que el Diario Político declaró que esa era la nueva escarapela nacional. En la provincia de Cartagena, el Regimiento de los pardos estrenó una bandera en la que se inscribían tres cangrejos y una granada. Complementariamente comenzaron a borrarse las armas reales que presidían las puertas de los edificios públicos.

Una vez que el Congreso de las Provincias Unidas logró someter a Cundinamarca e instalar su sede en Santa Fé, logrando al fin en 1815 la unidad de todas las provincias que habían declarado su soberanía absoluta, también pasó a adoptar su escudo de armas que incluía los símbolos del nuevo territorio nacional: el volcán Chimborazo, el salto del Tequendama, el Istmo de Panamá y el cóndor de los Andes. Se conservó la tradición hispana de la granada abierta y del nombre (Nueva Granada), pero se innovó con un elemento indígena (el arco y la aljaba llena de flechas). También fueron aprobados los sellos de las principales instituciones del poder nacional: los de la Confederación, del gobierno general, de la Corte de Justicia y de la Contaduría general de Hacienda.

SOBERANÍA SOBRE LA IGLESIA

El síndico procurador del Socorro se presentó ante la Junta provincial para representar la necesidad que tenían de un obispo propio, pues desde 1782 no había ido el arzobispo de Santa Fé a aplicar el sacramento de la confirmación, y la última visita eclesiástica había sido en 1789, pese a que existían 21 poblados en las jurisdicciones de las villas de Socorro y San Gil, en los cuales no bajaban de 158.000 las almas, sin contar los de la jurisdicción de Vélez y Girón. La Junta del Socorro convocó entonces al vecindario y al clero, "embriagada con el vino de la libertad y autoridad reasumida", a una asamblea que se realizó el 11 de diciembre de 1810, en la cual erigieron el obispado y la catedral. Al día siguiente escogieron, mediante votación secreta, al doctor Andrés María Rosillo como su primer obispo. Los párrocos que se comprometieron con esta decisión fueron el del Socorro (Pablo Sarmiento), el de Suaita (Camilo Valenzuela) y el de Confines (Ignacio Villarreal). Pero los dos gobernadores del Arzobispado (Juan Bautista Pey de Andrade y José Domingo Duquesne) contestaron con un exhortatorio, el 6 de enero de 1811, que rechazaba la decisión de los socorranos. La Junta procuró entonces que no fuese publicado en su provincia y desconoció la autoridad de los gobernadores, anunciando que acudirían ante el Papa para obtener la confirmación del obispado erigido, pues estaban seguros de que el Real Patronato había recaído en ella, junto con la soberanía. Fue así como los dos gobernadores del Arzobispado (Juan Bautista Pey y José Domingo Duquesne) hicieron circular su carta pastoral del 12 de febrero de 1811, señalando a los socorranos por haber producido un cisma eclesiástico con su acción y amenazando a los párrocos con censuras si no se retractaban de su aprobación a la diócesis del Socorro:

Ordenamos y mandamos a los curas y presbíteros que concurrieron a las expresadas juntas y votaron, sufragaron y suscribieron a ellas, en favor de la erección de obispado y elección de obispo, que dentro del preciso y perentorio término de cuarenta días contados desde la fecha de esta, retracten formalmente sus dictámenes, bajo la pena de suspensión en que les declararemos incursos, y en las demás de derecho, y a las personas de estado secular bajo la de excomunión mayor con igual apercibimiento. Asimismo ordenamos que no admitan dignidades, cargos, empleos, comisiones u oficios de jurisdicción eclesiástica, que no dimanen de esta curia metropolitana, como que cualquiera otra es usurpada y nula en sí misma y en todos sus efectos, ni cooperen ni den auxilios a semejantes intentos bajo de las mismas penas. Mandamos también a todos los curas del Arzobispado que lean esta nuestra carta a los feligreses, y se la expliquen y hagan entender de modo que queden enterados de su doctrina y conciban el debido horror al pecado del cisma que trae consigo el peligro y ruina de sus almas. Y que los capellanes, directores y confesores de los monasterios de religiosas las impongan en todas estas verdades, sobre cuyo asunto les rogamos y encargamos que interpongan sus virginales oraciones con su Divino Esposo parea conseguir la tranquilidad de los pueblos y la paz de la Iglesia. Como también rogamos y encargamos a los muy reverendos padres prelados de las sagradas religiones, que manden leer la citada carta en sus comunidades, empleando su vigilancia y cuidado en reprimir una novedad tan escandalosa y llena de peligros[34].

La Junta del Socorro comisionó entonces al presbítero Manuel Plata como su apoderado en la causa contra la carta pastoral. Éste se presentó ante los regentes con una erudita defensa del derecho que tenían los socorranos para erigirse en diócesis, anunciando que acudirían ante el Papa en procura de la confirmación necesaria. Hacia 1803 los vecinos del Socorro ya habían representado ante el virrey su deseo y necesidad de erigirse en diócesis, pero su petición fue archivada en la Secretaría del Virreinato con el argumento de que se disminuirían las rentas del arzobispo de Santa Fé. En ese momento los socorranos cesaron en su deseo porque se les dijo que el obispo que se escogería no sería uno de sus naturales sino una persona enviada de Europa. Pero al producirse la independencia de esa provincia sus nuevos dirigentes reasumieron la soberanía y, con ella, el derecho de patronato que el Papa Alejandro VI le había concedido a los Reyes Católicos en 1493, confirmado por la primera bula de patronato expedida por el Papa Benedicto XIV en 1753. La representación que se hicieron de este derecho fue expuesta por el presbítero socorrano Manuel Plata, cura de Bituima y apoderado de la Junta de esta provincia ante los gobernadores del Arzobispado en la causa que se siguió por cisma. Según su Manifiesto, los pueblos habían consentido el patronato, una transferencia de la autoridad pontificia a los reyes, "por ser indubitable que hasta el siglo doce la elección de los prelados tocó siempre al pueblo y clero, con tal rigor que nunca se tenía por legítimamente electo el obispo que no lo era en esta forma". Esta tradición habría sido confirmada por varios padres, pontífices, escritores y concilios de la Iglesia, al punto que "el tácito consentimiento de los pueblos" era el que autorizaba la presentación de los obispos para su elección. Desde tiempo inmemorial los reyes de España habían puesto mano en las presentaciones de los obispos, haciendo efectivo el derecho de patronato sobre la Iglesia en sus dominios, interviniendo para "contener las facciones y tumulto popular en la elección". Además de ello, durante los primeros ocho siglos de existencia de la Iglesia habrían sido "el pueblo y el clero" quienes eligieron a sus obispos, hasta que los príncipes se abrogaron este derecho. En la tradición indiana, los reyes siempre eligieron a los obispos, quedándole al Papa únicamente el derecho de confirmarlos con sus bulas de nombramiento. En las circunstancias en que ya no había rey en España, pues estaba "reducido a un cautiverio perpetuo" por unos regentes que habían usurpado la autoridad real y despojado de su libertad a los pueblos, el derecho de presentar obispos, canónigos y párrocos pasaba a las juntas y pueblos, como lo confirmaban las tradiciones antiguas de la cristiandad. Los socorranos sólo pretendían restituir la práctica antigua y la disciplina primordial de la Iglesia que se inició en los tiempos de los apóstoles:

"Cautivado el rey, los pueblos han reasumido sus derechos para gobernar en su nombre, es decir, que hacen su persona, y ellos han depositado en sus asambleas respectivas toda la autoridad soberana".

El derecho de patronato había pasado entonces a los pueblos y sus juntas, de tal suerte que la Junta Superior del Socorro podía erigir un obispado en su jurisdicción. Aunque el derecho común atribuía esta autoridad al Papa, el Patronato Indiano lo había concedido a los Reyes Católicos, quedando los reyes de España obligados a informar de toda erección de catedrales y obispados a aquel, que era el que confirmaba con sus bulas particulares. De acuerdo al crecimiento de la población, distancia de diócesis ya existentes y estado de los caminos, en el Nuevo Reino podrían erigirse tres nuevas diócesis: una en la ciudad de Neiva, otra en la ciudad de Pamplona, y la tercera en la villa del Socorro. La experiencia de muchos años demostraba que el arzobispo de Santa Fé no podía atender a tantos feligreses ni administrar las confirmaciones sacramentales a su extenso feligresado. En resumen: "la erección de obispados en el día, y asignación de límites, corresponde a la junta respectiva, y que debe hacerlo a pedimento del pueblo, justificada la conveniencia y la necesidad". La elección de los obispos debía hacerla el clero y el pueblo, aunque con el concurso de la autoridad de la junta, "para extinguir todo escrúpulo", y luego debía acudirse a Roma, "por medio de los ingleses", para pedir la confirmación y despacho de las bulas respectivas. No había duda alguna: "el Patronato ha recaído en los pueblos y sus juntas soberanas, que deben llevar las cargas y funciones del rey a quien reconocen, y en cuyo nombre mandan".

Esta representación fue controvertida por el doctor José Antonio Torres y Peña, cura de Tabio, quien escribió una Precaución contra el Manifiesto que trata de alucinar a los sencillos y cohonestar el cisma del Socorro (1811), atribuyendo el nombramiento de Rosillo como obispo a "la ambición del que quiere ser el primer seudo-obispo del continente americano". Durante los meses de abril y mayo de 1811, los gobernadores del Arzobispado recaudaron los pareceres dados por los examinadores sinodales contra la acción de la Junta socorrana. El doctor Juan Antonio García argumentó que solamente el Papa tenía facultad para erigir las catedrales, pues el Real Patronato no daba a los reyes la facultad para hacerlo, sino apenas para presentar las personas que ocuparían los obispados y las dignidades de las catedrales. Pero ese derecho real no podía transferirse a ninguna otra persona, ya que las bulas que lo concedieron se dirigían solamente a los reyes católicos. Por ello, los socorranos habían configurado un cisma. Habría que darles 24 horas a su Junta y a los párrocos para que desdijeran de lo hecho y pidieran perdón, so pena de ser excomulgados. Fray Luis María Téllez, O.P., respondió que aunque era cierto que los pueblos habían reasumido el poder de la soberanía, no podía inferirse de ello el derecho para erigir obispados. El Real Patronato era un privilegio personal concedido exclusivamente a los reyes de España. Fray Felipe Guirán, OFM, también confirmó que la soberanía del pueblo no incluía el derecho del patronato, pues éste era un derecho exclusivo de los reyes por voluntad de la Silla Apostólica. Recomendó entonces persuadir a los socorranos de su error para traerlos de nuevo al seno de la Iglesia. El cisma, pese a tantas argumentaciones, no se hizo efectivo. El canónigo Rosillo volvió a la catedral de Santa Fé y alegó inocencia en todo cuanto había hecho la Junta del Socorro, defendiéndose de las acusaciones vertidas por el cura de Tabio, uno de los que más promovió la calificación de cismáticos para los socorranos. Un auto de sobreseimiento definitivo fue dado por los gobernadores del Arzobispado.

En Santa Fé también se manifestaron algunas expresiones de independencia del clero. Los gobernadores del Arzobispado, por ejemplo, suprimieron la bula de la Santa Cruzada, transfiriendo las limosnas de las reales cajas al Arzobispado. Los frailes de San Francisco sólo celebraron solamente una misa el día de los Santos Difuntos, considerando que el privilegio de decir tres misas ese día había sido "gracia concedida la rey de España".

2. LAS PROVINCIAS FIELES A LA REAL SOBERANÍA DE FERNANDO VII

La representación escolar de la historia de la Primera República supone que todos los granadinos al unísono, en 1810, su independencia de la "madre patria": el "grito de independencia" habría sido general. Esta imagen no corresponde a la realidad de lo acontecido, pues fueron bastantes las provincias que se mantuvieron leales a la soberanía del Estado español y, en consecuencia, abiertas a la confrontación militar con las provincias que reasumieron en sí la soberanía. Estas provincias fueron Panamá, la isla de San Andrés, Santa Marta, Riohacha, Barbacoas y Pasto.

La provincia de Panamá fue convertida en la sede del gobierno del mariscal de campo Benito Pérez de Valdelomar, quien vino de la península española a posesionarse del cargo de virrey del Nuevo Reino de Granada, para el cual fue nombrado el 6 de agosto de 1810. El título le fue entregado en Cádiz (el primero de abril de 1811) y desde la Habana informó al presidente de la Real Audiencia de Quito, el 26 de octubre siguiente, sobre su intención de establecer su autoridad en Panamá para ayudar a la provincia de Santa Marta en su lucha contra los insurgentes de Cartagena. Efectivamente, tomó posesión de su empleo en Panamá, el 21 de marzo de 1812, donde ya se había instalado la Real Audiencia del Nuevo Reino de Granada por los oidores que regresaron después de su exilio en México y La Habana. Las fortificaciones de los puertos del Istmo, guardadas por oficiales de la Real Armada, garantizaron la fidelidad de estas provincias al rey. Durante el mes de junio de 1812 el virrey Pérez organizó desde Panamá el cumplimiento del decreto del 23 de mayo de 1812 y de las instrucciones para elegir, en todas las provincias del Nuevo Reino que se hubieran mantenido fieles, a los diputados que concurrirían en 1813 ante las Cortes de Cádiz. Fue así como en septiembre de 1812 fueron escogidos en Panamá el coronel Pablo Arosemena, don Luis de la Barrera y Negreiros, el doctor Juan Rafael Marías, Ventura Martínez, Gabriel Guerrero y Víctor Salcedo como miembros de la Junta Preparatoria que organizaría las elecciones mencionadas en esta provincia. El 9 de octubre siguiente el presidente de dicha Junta Preparatoria, Víctor Salcedo, consultó al virrey acerca de las personas que podrían considerarse "ciudadanos" y aptas para votar en las elecciones, pues entendía que anteriormente en Panamá y en todas las demás provincias de América votaban "los hombres blancos, aquellos a quienes se les ha llamado anteriormente españoles antes que se hubiese dictado la Constitución". Pero como en Panamá se había considerado españoles a las personas que no eran ni hidalgas, ni caballeros ni que tenían una tez tan blanca, aunque no fuera cercana a "sus antiguas generaciones del África", a quienes se les concedía el uso del "don" en su trato, así no tuvieran los caudales necesarios para ello, esperaba que le confirmara que éstos podían ser considerados como "dueños de ciudadanía", más no así algunos que se trataban de "don" pero que tenían un inmediato origen africano[35]. Era clara, entonces, la influencia del proyecto liberal de Cádiz en Panamá, pues ya no se hablaba de "vasallos" sino de "ciudadanos" llamados a votar por sus diputados ante las Cortes. La acción política del virrey Pérez se centró en la coordinación de los esfuerzos militares para mantener la fidelidad al Consejo de Regencia y al rey Fernando VII en las provincias de Santa Marta, Quito, Chocó, Barbacoas y Pasto.

Convocado por el gobernador español Víctor de Salcedo, el cabildo de Santa Marta constituyó una Junta provisional de gobierno. Ante las presiones de los cartageneros, el 22 de diciembre siguiente acató la autoridad del Consejo de Regencia y se distanció de la Junta de Cartagena. Esta Junta Soberana de Santa Marta emitió, el 14 de octubre de 1811, una proclama[36] dirigida al "pueblo fiel" de dicha provincia para establecer "los procedimientos insultantes y provocativos" que había ejecutado la provincia de Cartagena en su contra: habían sometido militarmente la villa de Mompóx, cargado un 12% de impuesto a todas las mercancías que salieran de Santa Marta hacia el Reino, usado lanchas cañoneras contra los pueblos ribereños de esta provincia, cobrado un peso fuerte por cada fanega de sal que ingresara, embargado barcos y comercios de los samarios, invadido el pueblo de Guaymaro y proclamado su manifiesto del 31 de agosto de 1810 contra las autoridades de Santa Marta. Durante tres meses, muchas juntas nocturnas de los vecinos de Santa Marta habían decidido permanecer fieles al rey y a las Cortes, una posición que El Argos Americano no cesaba de atacar. Aunque los cartageneros los habían presionado para que enviaran un diputado ante el Congreso general del Reino, se habían negado a ello porque sabían que solamente las provincias de Santa Marta y Riohacha habían permanecido fieles. "¿Qué fruto sacaría el diputado de Santa Marta en medio de tantas opiniones contrarias?". No les quedaba duda alguna acerca del modo como los cartageneros habían insultado la soberanía de Santa Marta para decidir que querían recibir al virrey Pérez. Convocaron a los vecinos de Chiriguaná y Ocaña a imitar a los de Valledupar, que se habían resistido a la intervención de los cartageneros en sus decisiones.

La perspectiva de Cartagena era distinta, pues los vecinos de los pueblos de Guaymaro, El Peñón, Sitio Nuevo y el Remolino se habían sublevado contra la Junta realista de Santa Marta, y ella solamente los había apoyado con algunas lanchas cañoneras. La guerra que hacía no era de conquista, sino para "redimir a sus habitantes de la esclavitud española", y para establecer el derecho de la mayoría sobre una minoría. Se trataba de defender el territorio contra probables invasiones de enemigos de la independencia americana, de acuerdo con la mayoría de las provincias de la Nueva Granada. Cartagena prometía no entrometerse en la administración interior de Santa Marta, excepto en lo concerniente a las leyes generales de la Unión[37]. El 18 de agosto de 1813 las tropas cartageneras tomaron el sitio de Chiriguaná, en la jurisdicción de Santa Marta. Pero el 5 de marzo de 1814 las tropas samarias reconquistaron el control de su provincia, bajo la dirección del gobernador Pedro Ruiz de Porras, quien había llegado de España el 20 de abril de 1813 anterior. El 30 de mayo siguiente se posesionó don Francisco Montalvo en Santa Marta como gobernador y capitán general del Nuevo Reino de Granada.

Aunque la población de Ipiales proclamó la independencia en septiembre de 1810, bajo la dirección de Francisco Sarasti, la independencia, la mayor parte de los pobladores de la provincia de Pasto se decidieron por el partido del Consejo de Regencia desde el estallido de la rebelión de Quito, el 10 de agosto de 1809, cerrando filas alrededor del teniente de gobernador de Popayán. Sin embargo, el 13 de octubre de 1811 el cabildo se acogió al proyecto de independencia y reconoció a la Junta Suprema de Santa Fé. El 21 de mayo de 1812 un levantamiento popular retornó a Pasto a su fidelidad al rey Fernando VII. Se produjo entonces un sitio de la ciudad por las tropas de Quito y de Cali, que tomaron la plaza y la pusieron bajo la autoridad de la Junta de Popayán. Pero durante el mes de mayo de 1812, con el apoyo de los patianos y de muchos indios, lograron expulsar a las tropas caleñas y apresar al presidente de la Junta de Popayán, José Joaquín Caicedo y sus oficiales. Dos meses después, tropas de Popayán capitaneadas por Alexander Macaulay volvieron a sitiar Pasto, con lo cual Caicedo propuso unas capitulaciones con los pastusos. Derrotado Macaulay, los pastusos quedaron dueños de su provincia, bajo la autoridad de Tomás de Santa Cruz, el teniente de gobernador. Después de un fallido intento de fuga de Caicedo y Macaulay, fueron fusilados el 26 de enero de 1813.

El coronel José Medina Galindo, quien había sido suspendido del empleo de gobernador de la provincia de Riohacha por el virrey Amar y llamado a Santafé, fue impuesto en el mismo cargo por un grupo de personas partidarias suyas, el 6 de agosto de 1811, con el respaldo de algunos vecinos de Valledupar y algunos indios "bárbaros goajiros". Éste declaró la independencia y la fidelidad a Fernando VII. Pero los capitulares que fueron forzados a posesionarlo en el cargo, y el gobernador interino despojado, Fernando Orive, resistieron esta acción informando al virrey Benito Pérez sobre una supuesta intención de Medina de agregar esta provincia al Estado de Cundinamarca. El 9 de septiembre siguiente, en la sesión del cabildo en que Medina se hizo reconocer como gobernador, hizo elegir a su yerno Antonio de Torres como diputado de dicha provincia ante las Cortes de España y el Consejo de Regencia[38]. El virrey Pérez pidió a los oidores de la Real Audiencia castigar a Medina y hacerlo vigilar por los comandantes militares de Santa Marta y Valledupar. Sin embargo, Medina Galindo salió de algún modo airoso de esta orden, pues el 13 de septiembre de 1813 firmó, junto a José Rafael Pimienta, José Rafael Iguarán, José Nicolás de Barros y José Francisco Gutiérrez, una carta dirigida al virrey Benito Pérez para oponerse a la real orden del 7 de mayo de 1813 que separaba a la ciudad de Riohacha del Nuevo Reino de Granada y la anexaba a la provincia de Maracaibo. Argumentaron que su comunicación con Maracaibo era muy difícil, y que no podrían socorrerlos en el caso de una invasión de Santa Marta, por lo cual era muy inconveniente esta decisión[39]. El 11 de mayo de 1814 los notables de esta ciudad, encabezados por el capitán general Juan Crisanto Velásquez, suplicaron al virrey las mismas gracias que se le habían concedido a Santa Marta en premio de su lealtad al rey, en consideración a que siempre le habían puesto "el pecho al frente al enemigo, porque este pueblo no se compone sino de pardos, todos parientes, que aunque disgustados alguna vez unos con otros tomamos por nuestra la menor ofensa que se le hace al más infeliz"[40].

El 18 de abril de 1812 los vecinos de la isla de San Andrés, en su mayor parte pescadores y agricultores, informaron al virrey Benito Pérez que habían "proclamado y jurado religiosamente a nuestro rey y señor don Fernando 7º". Aunque algunos de ellos profesaban la religión protestante, otros le pidieron el envío de un cura párroco, el establecimiento de leyes municipales y de policía, alivio en los derechos de importación y exportación, y licencia para introducir esclavos[41].

3. EL PROBLEMA DE LA CESIÓN DE LAS SOBERANÍAS PROVINCIALES

Una vez reasumida la soberanía por las provincias que se separaron del Estado español, éstas tuvieron que enfrentar el problema de la formación de un nuevo estado nacional siguiendo los lineamientos territoriales trazados por el principio uti possidetis, expuesto en Santa Fé por el enviado de Caracas, el canónigo José Cortés de Madariaga. Como se trataba de una "cesión de soberanía" por las provincias en favor del nuevo gobierno general de la nación, el problema se configuró al abrirse dos posibilidades de existencia política distintas: la primera, cederle la soberanía a un congreso federal de las provincias dispuestas a unirse para construir una nación. La segunda, cederla al Estado soberano de Cundinamarca, el cual se proclamó heredero de las tradiciones jurisdiccionales del virreinato. Las dos opciones eran irreconciliables, y por ello su antagonismo tuvo que resolverse en el campo de batalla.

La Junta de Santa Fé proclamó, un mes después de su formación, el propósito político de todas las provincias emancipadas con la declaración siguiente: "somos un cuerpo de nación". Esto significaba que, dado que todas las provincias compartían la misma religión, "las mismas leyes que nos gobiernan", los mismos rubros fiscales y la comunidad de intereses, sería "un procedimiento el más impolítico romper estos vínculos sagrados, separarnos cuando nos debemos reunir más estrechamente, tomar caminos diversos cuando debemos concurrir a un solo punto". Pero, advertía, teniendo todo en común, la enemistad entre las provincias provendría de "la heterogeneidad de las ideas y de las diversas formas políticas". El remedio para que todas las provincias obraran concertadamente sería la reunión de un congreso general del Nuevo Reino, "donde se deliberará sobre la forma de gobierno que convenga adoptar a todas y a cada una de ellas en particular"[42].

Reunidos en convención, los diputados de las provincias de Antioquia (José Manuel Restrepo), Cartagena (Enrique Rodríguez), Neiva (Manuel Campos), Pamplona (Camilo Torres) y Tunja (Joaquín Camacho) aprobaron en Santa Fé, el 27 de noviembre de 1811, el Acta de Federación de estas cinco provincias, pues los diputados de Santafé (Manuel Bernardo Álvarez) y Chocó (Ignacio de Herrera) no lo hicieron. Considerando "los derechos indisputables que tiene el gran pueblo de estas provincias" para darse "la forma de gobierno que más le acomode", estos cinco representantes resolvieron "unirse a una asociación federativa" que remitiera al gobierno general "las facultades propias y privativas de un solo cuerpo de nación", reservando a cada una de las provincias "su libertad, su soberanía e independencia, en lo que no sea del interés común, garantizándose a cada una de ellas estas preciosas prerrogativas y la integridad de sus territorios"[43]. Serían admitidas a esta Confederación, titulada Provincias Unidas de la Nueva Granada, todas aquellas provincias que habían reasumido el gobierno y la administración interior en 1810, y que en ese momento "eran reputadas y consideradas como tales". Todas debían desconocer la autoridad del Consejo de Regencia y de las Cortes de Cádiz, o cualquier otra autoridad que no hubiese contado con "la libre y espontánea concurrencia de este pueblo". Todas se reconocían mutuamente como "iguales, independientes y soberanas", y en consecuencia se les garantizaba la integridad de sus territorios, su administración interior y alguna forma de gobierno republicano. ¿Qué cedían a la Unión? Solamente "aquellas facultades nacionales y las grandes relaciones y poderes de un estado, que no podrían desempeñarse sin una representación general, sin la concentración de los recursos comunes, y sin la cooperación y los esfuerzos de todas las provincias". La defensa militar común y la administración de una guardia nacional, el establecimiento de impuestos nacionales, la administración de las dos casas de moneda (Santa Fé y Popayán), la adjudicación de tierras baldías y concesión de minas, la creación de papel moneda, la renta de correos, la determinación de pesas y medidas, los caminos nacionales, el arreglo del comercio interior y exterior, las relaciones y tratados con otras naciones y el Papado, las decisiones sobre el Patronato eclesiástico, limitación del territorio nacional y el de las provincias, el arbitraje en las disidencias internas de las provincias, los censos nacionales, eran esas facultades concedidas al Congreso de la Unión.

En este arreglo, las provincias conservaban su soberanía para darse el gobierno que más le conviniese a sus circunstancias, "aunque siempre popular, representativo y análogo al general de la Unión, para que así resultase entre todas la mejor armonía y la más fácil administración, dividiendo sus poderes, y prescribiéndoles las reglas bajo las cuales se deben conducir". Este artículo séptimo del Acta se convirtió en obstáculo para la unión con Cundinamarca. Las provincias eran libres para darse el "régimen interior y económico de sus pueblos", los códigos civiles y criminales, todos los tribunales de justicia, sus milicias, el tesoro público, el fomento de las industrias y del comercio. Pero prometían concurrir al bien universal, mirando "al gran pueblo de la Nueva Granada en todas sus provincias", constituyendo un Congreso. La sede inicial del Congreso de las Provincias Unidas fue la ciudad de Ibagué, a donde llegó, durante el mes de abril de 1812, el diputado de la provincia de Popayán (Andrés Ordoñez y Cifuentes) para completar la sexta provincia confederada.

La provincia de Tunja independiente se organizó en forma republicana, con un presidente (Juan Nepomuceno Niño) y un senado, presidido por Juan Agustín de la Rocha. El 22 de junio de 1812 este Senado renovó la posición sobre la manera de resolver la crisis política del Reino garantizando los derechos de soberanía de cada una de las provincias: cediendo ante un congreso de todas las provincias, "bajo los principios que contiene el Acta de federación". Como el presidente de Cundinamarca no acataba el acta y ya existían dos fuerzas armadas, era preciso que el congreso fuese instalado en algún lugar neutral para que resolviera los diferendos que existían entre Cundinamarca y las Provincias Unidas y asumiera el control de todas las armas, dirigiéndolas contra los enemigos comunes. En ese momento ya las tropas de Antonio Baraya y de Joaquín de Ricaurte se habían puesto "bajo la protección del Estado de Tunja", una acción que fue legitimada por su Senado con el argumento de que "el derecho natural y de gentes le concede la facultad de volver en su favor la fuerza armada que se había destinado para su ruina". Una expedición, al mando de Baraya, fue enviada a la provincia del Socorro para poner bajo su autoridad las tropas que allí estaban estacionadas, con lo cual el Senado de Tunja pudo contar con "un cuerpo de fuerza respetable, que oponiéndose a los planes de conquista del presidente de Cundinamarca sirva para promover la pronta, libre y legítima instalación del congreso general". En este momento, el mencionado Senado declaró que jamás se había pensado en invadir la provincia de Cundinamarca, sino en disuadir a su presidente, quien

"no sólo no ha correspondido a los sentimientos fraternales de esta provincia hacia aquella, sino que la ha hostilizado de cuantos modos ha podido, ridiculizando su gobierno, favoreciendo a los descontentos y facciosos, introduciéndose por engaño y fuerza armada en el centro de sus poblaciones...exigiendo por la fuerza fusiles y dinero"[44].

Un congreso general de todas las provincias del Reino era el procedimiento indicado para concertar a Cundinamarca con el Congreso de las seis provincias unidas que se había instalado en Ibagué. Los comisionados de las dos partes lograron firmar, el 18 de mayo de 1812, los tratados de Santa Fé que abrieron el camino hacia la realización de ese congreso del Reino en la villa de Leiva. Las Provincias Unidas consintieron en la agregación de las provincias de Mariquita y Neiva, y de varios pueblos de la provincia de Tunja (Chiquinquirá y Muzo) a Cundinamarca que ya eran un hecho, y éste Estado se comprometió a no admitir más agregaciones. Los tratados de Santa Rosa, firmados por el presidente del Estado de Tunja y los diputados de Cundinamarca el 30 de julio siguiente, arreglaron sus diferencias por los pueblos que se habían agregado a este último Estado: Sogamoso y Sutamarchán, que habían regresado por su voluntad al dominio de Tunja, no serían reclamados por Cundinamarca. A cambio, Tunja no reclamaría más a la Villa de Leiva. Las tropas de estos dos estados abandonarían el territorio ajeno, y se someterían al Congreso general que sería reunido, "conforme al Acta de Federación".

Con toda solemnidad, el Congreso general de Reino fue instalado en la villa de Leiva el 4 de octubre siguiente. Estuvieron representadas por sus diputados ocho provincias: Antioquia, Cartagena, Casanare, Cundinamarca, Pamplona, Popayán, Socorro y Tunja. La toma de juramento a los diputados incluyó en su fórmula la obligación de sujetarse al Acta de Federación, cuya consecuencia no midieron bien los dos diputados de Cundinamarca, Manuel Bernardo Álvarez y Luis Eduardo de Azuola, más interesados en la aceptación del plan de defensa militar que proponía el Estado que representaban. Cuatro días después, este Congreso decretó que el gobierno de Cundinamarca debía cumplir lo ordenado por el artículo 7 del Acta de Federación, reformándose para que fuese "popular, representativo y dividido en (tres) poderes". La noticia de este decreto se supo de inmediato en Santa Fé, donde una asamblea reunida el 22 de octubre por el presidente Nariño dio a sus diputados la orden de retirarse del Congreso, alegando que no se habían cumplido los pactos del 18 de mayo anterior. En lo concerniente al consentimiento de las agregaciones fue desmentido por el Congreso, que decretó el 31 de octubre la aprobación de la agregación de las provincias y pueblos ya incorporados a Cundinamarca, con excepción de Vélez (que se pospuso) y la Villa de Leiva, que fue convertida en Villa Federal. El "escándalo" real de los santafereños congregados el 22 de octubre fue la orden de reformar su gobierno en sentido "popular, representativo y dividido en poderes". Pero no se trataba de que su Carta constitucional del 17 de abril de 1812 no hubiera incluido ya la división tripartita del poder público, sino de la suspensión que se había hecho de dicha Carta para concederle al presidente Nariño facultades absolutas. El Congreso de las Provincias Unidas no estaba dispuesto a tolerar que la soberanía recayera en un solo hombre, por calificado que fuera, pues entendía que la soberanía pertenecía "al gran pueblo de la Nueva Granada en todas sus provincias".

El 24 de noviembre ya el Congreso se daba oficialmente por enterado de que el gobierno de Cundinamarca era "tiránico y despótico", en tanto que había ratificado la suspensión de su Constitución que se había producido durante el tumulto popular del 10 de septiembre anterior. Decretó entonces la anulación de las agregaciones de provincias y pueblos a Cundinamarca y la supresión por todos los medios del "intruso gobierno y su facción que afligen a la provincia de Cundinamarca". Aunque podría opinarse que el Congreso general del Reino había fracasado con el retiro de los diputados de Cundinamarca, hay que considerar que había servido para unir definitivamente a las siete provincias antirregentistas: Antioquia, Cartagena, Casanare, Pamplona, Popayán, Socorro y Tunja. Bajo la presidencia de Camilo Torres, el Congreso de las Provincias Unidas trasladó su sede a la ciudad de Tunja desde comienzos de 1813.

Las necesidades de la defensa militar conjunta contra las provincias regentistas presionaron un nuevo entendimiento entre el Congreso y Cundinamarca. Fue así como el 30 de marzo de 1813 se firmaron los nuevos tratados de Santa Fé, dirigidos únicamente a unir las fuerzas de las dos partes para apoyar la expedición militar confiada al general Simón Bolívar. El 26 de mayo, el Congreso aprobó una propuesta del presidente de Cundinamarca que consistía en renunciar a su pretensión de dominio sobre la provincia de Vélez a cambio de que la provincia del Socorro destinara sus tropas a acompañarlo en una expedición que dirigiría en apoyo de la provincia de Popayán. Esta expedición le costó a Nariño su captura por los pastusos, quienes lo remitieron a Quito. El Congreso insistió entonces a Manuel Bernardo Álvarez sobre la urgencia de su unión con Cundinamarca para la defensa común, pero la propuesta de éste, conocida como "alianza íntima", frustró el empeño de nuevo.

La Soberana Representación del Estado de Antioquia propuso, el 17 de julio de 1813, la formación de un gobierno central nacional capaz de ejercer "la soberanía en toda su plenitud", para lo cual deberían desaparecer "las soberanías provinciales, cuya existencia es tan costosa". Las condiciones que puso a dicho gobierno central fueron las siguientes:

- popular y representativo, compuesto por un diputado por cada 50.000 almas;

- un Poder Ejecutivo integrado por varias personas y con un período de ejercicio no largo,

- Existencia temporal, hasta que dejaran de subsistir los peligros de la Nueva Granada y fuera reconocida la independencia por las principales potencias de Europa, tras lo cual se convocaría a una convención que acogiera el gobierno que más conviniera.

Este "sacrificio" que hacían las provincias era necesario para salvar la independencia contra los peligros interiores y exteriores, pues se requería un gobierno que pudiese "disponer de todos los recursos de las provincias con la mayor celeridad y energía". Después de tres años de independencia todavía había provincias que no habían podido organizar su administración interior y muchas aún no aceptaban su unión federal, causa de "una sangrienta guerra civil"[45]. La provincia de Tunja también reconoció, en su declaración de independencia absoluta (10 de diciembre de 1813), que solamente obedecía a su gobierno provincial "que ella misma se ha dado para su régimen interno", pero también al Gobierno general del Congreso de las Provincias Unidas de la Nueva Granada "en lo tocante a los intereses comunes y nacionales", según lo establecido por el acta federal del 27 de noviembre de 1811.

El Acta de Federación (27 de noviembre de 1811) se convirtió en la guía del presidente del Congreso de las Provincias Unidas, en especial después del congreso general realizado en la Villa de Leiva. Al tenor de sus artículos fue que pudo imponer su "interés general" a las tradiciones políticas de las provincias, deslizándose paulatinamente hacia su reforma, para ampliar lo que consideró estrechos límites de su autoridad original. La legislación del Congreso durante los años 1813 a 1815 incluyó este esfuerzo de limitación de las facultades políticas de las provincias, cuyos hitos hasta ahora identificados fueron[46]:

- Prohibición de adopción de regímenes dictatoriales en caso de conmoción interior, pues en ese caso debían guiarse por el artículo octavo del acta federal (decreto del 28 de enero de 1814). Se ha dicho ya que uno de los primeros decretos del Congreso general de Villa de Leiva fue el que ordenó a Cundinamarca el retorno a la forma de gobierno popular y representativa, con división de poderes, para contener la autoridad absoluta del presidente Nariño (12 octubre 1812). Pero también la provincia de Antioquia experimentó la dictadura de don Juan del Corral.

- Renovación anual de los diputados que las provincias enviaban ante el Congreso, para que éste pudiera contar con "los sujetos más capaces" y "los hombres más aptos para este ministerio", seleccionados incluso en otras provincias (decreto del 24 de septiembre de 1813).

- Anulación de cualquier providencia aprobada por las legislaturas provinciales o a los colegios electorales sobre asuntos reservados al Congreso en su Plan de Reforma, o sobre asuntos que menoscabaran las facultades concedidas al Congreso por el acta de federación (decreto del 15 de abril de 1815). El Plan de reforma (23 de septiembre de 1814) concentró en el Gobierno general todos los asuntos de Guerra y Hacienda (comercio exterior, aduanas, etc.), es decir, la construcción de los dos monopolios básicos del estado moderno, y sólo le concedió a las legislaturas provinciales los asuntos económicos contenidos en el artículo 20 del Plan.

- Creación de la Alta Corte de Justicia (decreto del 15 de febrero 1815) de las Provincias Unidas para erigir el tercer poder independiente del Estado federal y atender los negocios contenciosos y de hacienda.

- Creación de la Contaduría General de Hacienda del estado (ley del 20 de mayo de 1815), agregándole la Dirección General de Correos (ley del 23 de mayo de 1815).

- Creación de batallones en las provincias de Cundinamarca, Socorro, Antioquia y Tunja, para reforzar al Ejército del Sur (decretos del 1 al 22 de marzo de 1815). La expedición del Reglamento militar unificó la disciplina de todas las fuerzas de las provincias.

- Reconocimiento de la independencia de la provincia de Mariquita respecto de la de Cundinamarca (decreto del 19 de abril de 1815), fijando la composición de los colegios electorales de esas dos provincias.

- Establecimiento de la fecha del 20 de julio de cada año como el de la conmemoración solemne del aniversario de "la transformación política" (ley del 11 julio de 1815).

- Establecimiento del escudo del estado (ley del 14 junio de 1815) y su aplicación a las monedas nacionales (ley del 15 de julio de 1815).

- Prohibición de la circulación de la moneda de plata de Cundinamarca en las demás provincias y ordenando su decomiso (decreto del 15 octubre 1814).

- Envío de misiones diplomáticas a Jamaica, Londres y los Estados Unidos.

El 23 de septiembre de 1814 el Congreso decretó la reforma del Acta de Federación. En adelante, "los ramos de hacienda y guerra" quedarían exclusivamente bajo el control del Gobierno general. Habría entonces un tesoro nacional y un sistema rentístico. El cuerpo deliberante seguiría integrado por dos diputados por cada provincia, excepto las pequeñas (Casanare, Neiva y Chocó) que apenas enviarían uno. La unión de la Nueva Granada y Venezuela sería realizada después del fin de la guerra contra España. El Poder Ejecutivo contaría con secretarías de despacho, sería "revestido de la mayor energía", y sería ejercido por un triunvirato solidario (cuatro meses anuales cada uno de ellos en el cargo de presidente). Administraría en adelante el "gobierno político, civil y militar de las provincias en todo lo que no fuese legislativo y judicial; su primer y más sagrado deber es la defensa de la patria amenazada". Uno de los cambios más significativos fue el gobierno que en adelante tendrían las provincias, pues sería ejercido por gobernadores que, aunque nombrados por los colegios electorales, se considerarían "agentes naturales y subalternos inmediatos del gobierno general[47], por lo cual quedaron obligados a "cumplir sin réplica, demora ni excusa" las órdenes del gobierno general relativas a la defensa y la hacienda. En caso de no hacerlo, el Gobierno general podía destituirlos. El Gobierno general fue fortalecido por la reforma: en tanto "jefe supremo del estado" en "lo militar, lo civil, político y judicial", asumió la conducción de las relaciones diplomáticas, de la defensa nacional, el nombramiento de los ministros de la Alta Corte de Justicia, la emisión de moneda y la administración del tesoro nacional. El presidente portaría una banda con los colores del pabellón nacional y recibiría el tratamiento de "excelencia", mientras que los otros miembros del gobierno general portarían el bastón de mando y se tratarían de "señoría".

La otra posibilidad de formación del estado nacional fue encarnada por el Estado de Cundinamarca. El doctor Ignacio de Herrera, síndico procurador del cabildo de Santa Fé, fue el primer funcionario que señaló el camino para un tránsito del poder soberano en favor de la capital del Nuevo Reino de Granada, como modo para evitar "la anarquía". Un poco menos de dos meses antes de los sucesos del 20 de julio de 1810 representó[48] ante el cabildo mencionado sobre las consecuencias que tendría la disolución de la Junta de Sevilla. La nación española había pasado a erigir un Consejo de Regencia para que reasumiera la autoridad soberana y dirigiera todos los esfuerzos de organización de "la máquina de la resistencia" contra los invasores franceses. En estas circunstancias, el Nuevo Reino estaba obligado a "tratar de su propia seguridad", porque realmente sólo el poder de Napoleón era soberano. El ejemplo de lo que había que hacer lo había dado ya el pueblo de Cádiz, quien "se movió a organizar una Junta Provincial" por petición de su procurador general, y "la hizo depositaria de su suerte" antes de obedecer al Consejo de Regencia. Lo mismo habían hecho antes los pueblos de Valencia y Granada. Siguiendo esos ejemplos, pidió la instalación de una junta provincial en Santa Fé, argumentando que "los pueblos de América son tan libres como los de España y las facultades que tienen éstos son las mismas que las de aquellos". El procedimiento que propuso fue el de convocar a los diputados de todos los cabildos del Nuevo Reino para formar la junta mencionada, "sin perjuicio de las autoridades establecidas". No se trataba de separarse de la autoridad del Consejo de Regencia, sino de constituir un cuerpo político que dictase "todas las providencias que fuesen convenientes a la conservación de la Patria, y los pueblos nada tendrán que temer del abuso del poder". Esta junta de diputados de todos los cabildos prevendría lo que podría ocurrir cuando se difundiera la noticia de la caída total de las provincias españolas en manos de Bonaparte: "levantará la voz cada provincia, se separarán los pueblos de la capital y se derramarán torrentes de sangre". La junta podría reasumir, a su debido tiempo, el poder supremo de todo el Nuevo Reino y evitar la anarquía que se cernía. El ejemplo de lo acontecido en Caracas advertía lo que podría pasar si las provincias no eran reunidas con rapidez. Era preciso prevenir las discordias entre las provincias y el "espíritu de vértigo", ya que la formación de la Junta de Cádiz serviría "de modelo en adelante a los pueblos que quisieran elegirse un gobierno representativo digno de su confianza".

El 29 de julio de 1810 la Junta de Santa Fé convocó a la realización de un congreso general de todas las provincias del Nuevo Reino. Pero de inmediato Antonio Nariño, quien fue liberado de su prisión en Cartagena, escribió sus "Consideraciones sobre los inconvenientes de alterar la invocación hecha por la ciudad de Santa Fe el 29 de julio de 1810", oponiéndose a la contrapropuesta de los cartageneros y antioqueños para que ese congreso fuese realizado en un lugar distinto a la capital del Virreinato. Ya en Santa Fé, Nariño insistió en la propuesta original, con lo cual el primer congreso del Nuevo Reino no fue más que un "congreso de canapé": se negó la entrada a los diputados de Mompóx, Mariquita y Sogamoso, considerando que no tenían derecho alguno por representar poblaciones que intentaban separarse de su antigua cabecera provincial. Con la instauración del Estado de Cundinamarca, cuya carta constitucional fue promulgada el 4 de abril de 1811, comenzó en firme el proceso de integración de provincias y poblaciones a dicho Estado. El presidente Lozano, vista la resistencia de las provincias y la adopción de una posición favorable al Consejo de Regencia en otras (Panamá, Santa Marta, Quito y Portobelo), propuso en mayo de 1811 un sistema de departamentos, cada uno con su gobierno supremo, los cuales enviarían dos diputados a algún congreso federal. Según la población, propuso cuatro departamentos: Cundinamarca, Cartagena, Popayán y Quito.

Las provincias de San Martín y San Juan de los Llanos, que habían sido inicialmente convocadas por la Suprema Junta de Santa Fé para que enviasen sus diputados para que participaran en el debate sobre "el sistema de gobierno que más conviniese", recibieron una sorpresa cuando llegó a Santa Fé su diputado, el doctor Ramón Gómez: la Junta argumentó que "esos territorios no tenían recursos para constituirse en gobierno independiente y además siempre habían sido parte de la provincia de Santa Fe, en cuyo gobierno supremo que estaba para erigirse tendrían la representación que les correspondiese relativa al número de sus habitantes"[49]. A los cabildos de San Martín y San Juan de los Llanos no les gustó este cambio, pero de algún modo fueron convencidos de cederle a la Junta de Santa Fé "los derechos que hemos reasumido, quedando en subordinación y entrega por todo el tiempo que sea útil y benéfico", para lo cual confirmaron al doctor Gómez como su diputado ante "la provincia legal de Cundinamarca". La provincia de Mariquita, que había enviado a José León Armero como diputado al primer congreso del Reino, no fue admitido porque los diputados de Santafé argumentaron que esta provincia, y la de Neiva, hacían parte de su jurisdicción y no eran independientes. Al instalarse el Colegio Electoral del Estado de Cundinamarca, estos diputados, y los de los Llanos orientales, fueron admitidos como "partidos" constituyentes de dicho Estado. Vino después la incorporación de las villas y poblados que lo solicitaron: Muzo y Chiquinquirá (noviembre de 1811), Villa de Leyva (23 marzo 1812), Sogamoso, Mariquita (14 de noviembre 1811), San Gil (26 de diciembre 1811), Vélez, Purificación (13 marzo 1812), Neiva (3 abril 1812). El 31 de agosto de 1810 el pueblo de Quibdó, representado por su cura párroco Manuel Borrero, se presentó en la casa del gobernador Juan Aguirre para manifestarle el deseo de formar una junta de notables, tal como se había hecho ya en Santa Fé. El gobernador entregó voluntariamente el mando y se realizó la elección que formó la junta con los señores José María Valencia, Tomás Santacruz, José Ignacio Valenzuela, Manuel Borrero y Manuel Scarpetta. Esta junta declaró su adhesión a la Junta de Santa Fé hasta que el congreso del Reino decidiera lo más conveniente para su reorganización.

El 18 de mayo de 1812, cuando se firmó el tratado entre el Estado de Cundinamarca y el Congreso de las Provincias Unidas para la reunión del Congreso general del Reino, fueron reconocidas las agregaciones a Cundinamarca de varias poblaciones de cuatro provincias (Mariquita, Neiva y Socorro y Tunja), a cambio de que no admitiera más agregaciones en lo sucesivo. Manuel Bernardo Álvarez fue comisionado por el presidente Nariño para representar a Cundinamarca en las reuniones de las provincias que redactaron el Acta de Federación que fue firmada el 27 de noviembre de 1811. Como se sabe, éste se negó a suscribir dicha Acta. Sus motivos fueron expuestos y publicados en un folleto titulado Manifiesto de los motivos que obligaron al representante de la provincia de Cundinamarca a su detención en firmar el acta de federación y sus pactos, con los señores diputados que se hallaban en esta ciudad, consultando previamente a su gobierno, y esperando por su medio el voto común de toda la provincia (Santa Fé: Imprenta de don Bruno Espinosa de los Monteros, 1812). Los artículos que objetó al Acta federal fueron seis:

- Artículo 2, que admitía en la confederación todas las provincias que eran reputadas por tales en 1810 y que habían reasumido su soberanía. En su opinión, estas provincias legítimas no eran más que dos (Santa Fé y Quito), pero dado que todos los cabildos habían reasumido la soberanía para evitar la anarquía, todos los pueblos habían quedado libres para escoger la dependencia que quisieran. Por lo tanto, no aceptaba el derecho de las cabeceras de provincia a sujetar por la fuerza todos sus poblados, pues éstos tenían el derecho a agregarse voluntariamente a donde les conviniera.

- Artículo 6, que garantizaba a todas las provincias la igualdad, soberanía, territorio y una forma de gobierno republicana. Repitió que los pueblos podían segregarse de sus cabeceras provinciales para anexarse a otras y, en consecuencia, la garantía del respeto al territorio antiguo no podía aceptarse, pues las juntas provinciales no estaban autorizadas a hacerle la guerra a los poblados que se le separasen.

- Artículo 22, que asignó al Congreso las utilidades de las casas de moneda de Santa Fé y Popayán. La Casa de Moneda de Santa Fé era una de "las propiedades que adquirió dicha provincia con su libertad", y no estaba dispuesta a cederla, como quizás tampoco lo haría la provincia de Popayán.

- Artículos 35 y 36, que delegaron en el Congreso el arreglo del comercio interprovincial y la concesión de privilegios a las innovaciones y las industrias. Estas facultades eran inaceptables para Cundinamarca, cuya constitución le inhibía a entrar en tratados de amistad en los que fuese vulnerada su libertad mercantil o económica.

- Artículo 44, que atribuyó al Congreso la resolución de disputas entre provincias por territorio o jurisdicción. Tal como ya se dijo, los pueblos eran libres para agregarse a las provincias que más les convinieran.

En esencia, lo que temía el diputado de Cundinamarca era que una vez adscrito este Estado al pacto federal procediera el Congreso a decretar la separación de los pueblos que se le habían agregado voluntariamente, sujetándolos a sus antiguas cabeceras provinciales: "¿podréis ver tranquilamente que se arranquen de vuestro seno unos pueblos, cuya debida libertad protegisteis; a unos pueblos que, afligidos, hallaron vuestro auxilio para defenderse de la opresión?".

El mejor momento que Cundinamarca tuvo para imponer su proyecto se presentó cuando las tropas del Congreso, dirigidas por Baraya, cayeron en San Victorino al intentar la toma de Santa Fé, el 9 de enero de 1813. Dos oficiales al servicio del Congreso que en la siguiente década alcanzarían las más altas posiciones fueron apresados: Francisco de Paula Santander y el venezolano Rafael Urdaneta[50]. Pese a ello, Baraya, Ricaurte y Girardot lograron salvar el ejército del Congreso y conducirlo de vuelta a Tunja. El 15 de febrero siguiente Nariño envió a las provincias sus comisionados para promover su anexión: Pedro Groot y Manuel Pardo para Antioquia, Pío Domínguez y José María del Castillo para Cartagena, Joaquín Bonilla para Popayán y Julián León para los Llanos Orientales.

La resolución del problema de la formulación de las dos posibilidades de formación del estado nacional granadino que contendieron hasta tornarse irreconciliables fue militar. Jorge Tadeo Lozano fue enviado a Tunja en 1814 para "negociar la reconciliación y la unión íntima" con el Congreso de las Provincias Unidas, de tal suerte que el Estado de Cundinamarca se uniera con las demás provincias "por tratados fijos y permanentes, sobre bases sólidas e invariables". Aunque su misión tuvo éxito, pues firmó pactos con el presidente del Congreso, el gobierno de Cundinamarca se negó a ratificarlos. El Congreso ordenó entonces a Simón Bolívar y Rafael Urdaneta, recién llegados de Venezuela, tomar a Santa Fé por la fuerza. El 29 de noviembre de 1814 el Poder Ejecutivo del Congreso tomó la decisión de enviar toda la fuerza disponible contra Santa Fé, bajo el mando del general Bolívar. El 8 de diciembre siguiente Bolívar le escribió a Juan Jurado, desde el campo de Techo, para advertirle que deseaba entablar negociaciones para evitarle a los santafereños los horrores del sitio y del asalto que les esperaban muy pronto, pues podrían morir "millones de víctimas inocentes y no quedará vivo un solo godo y regentista". Al día siguiente sus términos fueron más amenazadores: "Santa Fé va a presentar un espectáculo espantoso de desolación y muerte, las casas serán reducidas a cenizas, si por ellas se nos ofende. Llevaré dos mil teas encendidas para reducir a pavesas una ciudad que quiere ser el sepulcro de sus libertadores y que recibe con oprobios, los más ultrajantes, al que viene de tan remotos países a romperle las cadenas que sus enemigos quieren imponerle"[51]. El día 10 firmó su proclama que dirigió a los habitantes y soldados de Santa Fé, exponiendo su orden de liberarlos de los españoles que no se pasaran a las filas del Congreso, y concediéndoles tres días para dejarlo entrar pacíficamente. Efectivamente, el día 13 ocupó la plaza, gracias a una capitulación firmada con el presidente de Cundinamarca, después de los combates, y proclamó que las tropas de ocupación eran libertadoras, y que nada debían temer de ellas. El día 16 llamó a todos los veteranos de Cundinamarca a presentarse a filas con sus armas, so pena de muerte. Al día siguiente, en una nueva proclama, ofreció la concordia, pues ya Cundinamarca hacía parte de la unión de las provincias. Una comisión para el recaudo de donativos, con destino a la satisfacción de necesidades de sus tropas, empezó su trabajo para que los ciudadanos pudieran mostrar su gratitud con "los defensores de la patria". El Congreso trasladó su sede a Santa Fé, el primero de enero de 1815. Cuando al fin pudo tomar asiento don Jorge Tadeo Lozano en el Congreso, el 7 de diciembre de 1815, lo hizo como diputado de la provincia del Chocó. En ese momento estuvo al fin completo el quorum de los diputados de todas "las provincias libres" de la Nueva Granada, formando al fin "el cuerpo nacional, cosa que tanto se había deseado y que habían retardado mil causas reunidas"[52].

Una vez resuelta militarmente la opción federal para la formación del estado nacional granadino, el Congreso de las Provincias Unidas se esmeró por encontrar una forma de Poder Ejecutivo que equilibrara el poder de las provincias que se había reunido pero al mismo tiempo lo fortaleciera para enfrentar el reto de la defensa militar. El Reglamento para el ejercicio de las facultades y atribuciones del gobierno general de la Nueva Granada, aprobado como decreto del Congreso del 21 de octubre de 1814, fue la consecuencia de la reforma del Acta de Federación para erigir el "gobierno enérgico" que pedían las circunstancias de la vuelta del rey Fernando VII a su trono. El nuevo Poder Ejecutivo de las Provincias Unidas se constituyó con tres personas que, a nombre de las provincias, serían escogidas por el Congreso. La presidencia de este Poder se turnaría cada cuatro meses, y controlaría directamente a los gobernadores de las provincias, en tanto sus "agentes naturales y subalternos inmediatos". No obstante, los diputados de las provincias de Antioquia, Cartagena y Cundinamarca argumentaron pronto a favor de la concentración del Poder Ejecutivo en una sola persona. El Congreso acogió sus observaciones y reformó el Ejecutivo el 15 de noviembre de 1815, poniéndolo en cabeza de una sola persona, con el título de presidente de las Provincias Unidas, con un período de gobierno de seis meses y con opción de reelección.

El 7 de diciembre de 1815, al tomar asiento en el Congreso el diputado de la provincia del Chocó, pudo al fin estar totalmente reunida la diputación de todas las provincias emancipadas, formando "el cuerpo nacional". El 15 de noviembre anterior el Congreso había acordado la concentración del Poder Ejecutivo de la Unión en una sola persona, eligiendo al doctor Camilo Torres, diputado por Pamplona, como presidente. El vicepresidente escogido fue Manuel Rodríguez Torices, diputado por Cartagena. Era la consecuencia del decreto emitido para la concentración de poderes, el cual abolió el triunvirato y creó un Consejo de Estado para acompañar al presidente. Este Consejo fue integrado, desde el 16 de noviembre, por el vicepresidente, los tres secretarios del despacho del Poder Ejecutivo (Estado y Relaciones Exteriores, Hacienda y Guerra), y dos jefes de brigada: José Miguel Pey y Antonio Villavicencio. Todas estas medidas tenían a la vista la inminencia de la invasión del ejército enviado de España para reincorporar a Venezuela y la Nueva Granada a la soberanía del rey restaurado en su trono. Como se sabe, la defección del ejército del Congreso en Cartagena, donde pudieron más las rencillas personales entre los jefes militares que la inminencia de la invasión, contribuyó al derrumbe de todos los esfuerzos de construcción republicana que por casi seis años se habían realizado en las provincias. Pero el legado político de la Primera República ya estaba completo. Sólo había que esperar el éxito de los ejércitos libertadores para actualizarlo.

4. LA CRÍTICA DE LAS SOBERANÍAS PROVINCIALES

La restauración republicana por efecto del Ejército Libertador de la Nueva Granada y Venezuela permitió la crítica de la experiencia política de la Primera República, cuya exageración en la tercera década del siglo XIX hasta convertirla en "patria boba" fue un efecto inesperado de la pugna política contra don Antonio Nariño y algunos santafereños. No obstante, la crítica de la reasunción de soberanía por las provincias se había iniciado desde el mismo momento de la independencia. Don Antonio de Narváez y Latorre, quien en 1809 fue escogido como diputado por el Nuevo Reino ante la Junta de Sevilla, fue uno de los primeros críticos de lo que había acaecido desde mediados de 1810 en este Reino:

"Las provincias más considerables del Virreinato, inclusa la capital de Santafé, derribaron a las autoridades constituidas, disolvieron los gobiernos y establecieron Juntas, con tal discordancia de principios, que se puede decir que todo este Reino se convirtió en un caos"[53].

En la provincia de Cartagena podía constatarse, según su opinión, ese caos e intolerancia que había resultado: la villa de Mompós se había trenzado en una "horrorosa discordia" con la ciudad de Cartagena, empeñándose ambos vecindarios "en su ruina por los resentimientos particulares de los presidentes de ambas juntas", los unos "por principio de superioridad y los otros por hacerse independientes", llegando a los hechos de armas en el río Magdalena. La Junta de Cartagena había puesto edictos en las esquinas, advirtiendo que "todo el que no se aviniese con la nueva forma de gobierno tomase su pasaporte para cualquier destino".

Desde la villa de San Buenaventura, puerto sobre el río Zulia, uno de sus vecinos también sometió a crítica la experiencia de los dos primeros años de "absoluta independencia" en las provincias orientales de la Nueva Granada:

"da vergüenza el decirlo, pero es forzoso confesarlo. El Socorro ha llenado el Reyno de escándalos, ha derramado la sangre, ha afligido los pueblos, ha consumido el erario, y no ha sabido organizarse en gobierno, que antes lo desempeñaba un hombre solo. Pamplona en todo le ha procurado imitar, y si no ha hecho iguales disparates es gracias a que los de la capital son naturalmente cobardes para ejecutar, aunque no para decretar...El Socorro está perdido por sus locuras. Tunja es una mecha que nada debemos esperar de ella, Pore está lejos, y algo peor que Tunja. Santa Fé, para estos casos, dice: únanseme y los defenderé, y de lo contrario los abandono; con que no tenemos otra apelación que al cielo"[54].

Pero el crítico más agudo de las soberanías provinciales fue, sin duda, Antonio Nariño. Desde su periódico La Bagatela no cesó de ridiculizar las vanidades de las elites de las provincias que formaban "planes, reglamentos, divisiones y pobrezas", esforzándose por "hacer creer que son estados soberanos, independientes, ricos y poderosos", cuando no eran más que Quijotes que confundían las ovejas con ejércitos: "veo las provincias en un estado impotente de figurar, pero los veo a todos tan conformes en decir lo contrario, que a pesar de mis ojos, ya estoy para creer que hay tales estados con ejércitos y generales, con riquezas y universidades, parques de artillería y bibliotecas escogidas, imprentas y fábricas de armas de pólvora"[55]. Transcurridos 16 meses desde la declaración de la independencia por las provincias de Santa Fé, Cartagena, Socorro, Pamplona y Tunja, no veía más que divisiones "de provincia a provincia, de pueblo a pueblo, de familia a familia, y de hombre a hombre", sin que se viera un proceso hacia la necesaria unión "que forma la fuerza física y moral de un estado". Los peligros, en cambio, seguían a la vista: los puertos del Caribe en manos de los partidarios del rey, y en las provincias del interior todavía muchos hombres adictos al anterior gobierno. Mientras "los amigos de la libertad" seguían divididos "y distraídos en querer coger un fruto sin sazón", las amenazas se cernían: "hemos de caer en guerras civiles, o en manos de un conquistador"[56]. Era preciso que las provincias se unieran lo más rápidamente posible, aunque no fuese alrededor de Santa Fé, pues ya "se les ha seducido halagándolas con la soberanía, y sugiriéndoles odio y desconfianza contra la capital". Las "apariencias de soberanía", esos "títulos vanos retenidos por ocho días", conducirían a los granadinos a caer bajo la esclavitud que anunciaba "la seducción de los emisarios de Bonaparte". Era preciso reunir a todas las provincias en un Congreso general del Reino para avanzar hacia la unión que asegurara la independencia y la libertad[57].

Bajo el seudónimo de Empédocles, un escéptico le expresó al editor del Argos de la Nueva Granada lo difícil que era para las provincias cederle su soberanía a algún gobierno superior. Aunque todas aceptaban la conveniencia de unir a la Nueva Granada con Venezuela, para los efectos de la defensa militar contra el enemigo común, ninguna se ponía de acuerdo sobre el modo de hacerlo:

"¿Cree usted, señor editor, que las provincias de una y otra se resuelvan a perder su existencia política? ¿Cree usted que se someterán a un gobierno único?...Muy incauto sería este gobierno si él contase con la sumisión absoluta y constante de provincias que tienen cierta independencia natural, por hallarse situadas a grandes distancias unas de otras, con caminos casi intransitables y sobre todo acostumbrados ya a titularse y existir por sí mismas"[58].

A pesar del inminente peligro de una invasión de tropas enviadas desde España, este crítico de la soberanía "natural" de las provincias opinaba que éstas no se unirían, así fuese mantenido el régimen confederado que existía en la Nueva Granada y en Venezuela, y fuese convocada una gran convención. La urgencia del peligro obligaba a reformar radicalmente la organización de las provincias, que aunque conservara los principios federales cediera el mando provisionalmente a un único gobierno central fuerte, ojalá en manos de un dictador de la guerra. Pero ello era imposible, pues era una ingenuidad creer que las provincias cederían su independencia natural a un gobierno central fuerte, capaz de garantizar la tranquilidad interior y el esfuerzo militar único contra los invasores.

Muchas voces se expresaron durante la Primera República contra el movimiento de reasunción de soberanías por las provincias neogranadinas, siguiendo el ejemplo de las provincias españolas como respuesta al apresamiento de los reyes. Este movimiento, injustamente atribuido a la recepción forzada de la experiencia política norteamericana por políticos de inspiración liberal, fue en buena medida "natural", visto desde el principio del pacto social del rey con los pueblos, roto por la invasión napoleónica. En la perspectiva de la irreversibilidad del proceso de instauración de una nueva dinastía real francesa sobre la nación española, el nuevo pacto social requería el levantamiento de un estado republicano nuevo y un proceso de construcción de una nueva nación de ciudadanos. La disputa por el cómo, entre los políticos santafereños que reclamaron la soberanía sobre el Nuevo Reino como su legado propio y sus homólogos de las provincias que sólo estaban dispuestos a ceder la soberanía reasumida por los pueblos a un congreso de su unión, tenía que ser resuelta por todos los medios, incluido el militar. El general Bolívar fue el instrumento de esta solución en 1814, como lo fue también en la guerra de liberación que hizo posible la instauración de la segunda experiencia republicana titulada colombiana. Su muerte, a finales de 1830, facilitó la acción de otros generales venezolanos en favor de la creación de los estados de Venezuela y Ecuador, obligando a los ciudadanos de las provincias que habían pertenecido al Virreinato del Nuevo Reino de Granada a reagruparse nuevamente para proseguir la experiencia republicana exclusivamente en el territorio de la Nueva Granada.

FUENTES

DOCUMENTOS ÉDITOS O INÉDITOS

-BANCO DE LA REPÚBLICA (ed.): Proceso histórico del Veinte de Julio de 1810 (Documentos). Bogotá: Banco de la República, 1960.

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-EXAMINADORES SINODALES DEL ARZOBISPADO DE SANTAFÉ: Respuestas a la consulta de los gobernadores del Arzobispado sobre la erección del obispado del Socorro. Santafé, abril y mayo de 1811.En: Archivo del Convento de Santo Domingo, miscelánea, caja 15, ff. 20-48.

-GUTIÉRREZ, Frutos Joaquín y Camilo Torres: Motivos que han obligado al Nuevo Reino de Granada a reasumir los derechos de la soberanía, remover las autoridades del antiguo gobierno, e instalar una Suprema Junta bajo la sola denominación y en nombre de nuestro soberano Fernando VII y con independencia del Consejo de Regencia y de cualquier otra representación. Santafé, 25 septiembre 1810. Publicado en 1811 como folleto. Reeditado en: Proceso histórico del 20 de julio de 1810. Documentos. Bogotá: Banco de la República, 1960. También por Eduardo Ruiz Martínez: Los hombres del 20 de julio. Bogotá: Fundación Universidad Central, 1996, pp. 428-471.

-LIBRO en que constan los acuerdos de la Junta Superior de Gobierno de las ciudades amigas del Valle del Cauca. Año de 1811. En: Alfonso Zawadzky Colmenares: Las ciudades confederadas del Valle del Cauca en 1811. Cali: Imprenta Bolivariana, 1944. 2 ed. Cali: Centro de Estudios Históricos y Sociales "Santiago de Cali", 1996 (Biblioteca básica de historia vallecaucana, 2

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-PLATA, Manuel Manifiesto de los derechos, razones y fundamentos que persuaden hallarse las supremas juntas y pueblos del Nuevo Reino de Granada con legítima autoridad para usar del Patronato respecto de todas las iglesias, cuidar del culto, proveer toda clase de ministros eclesiásticos y socorrer de todos modos a la Iglesia de Jesucristo. Santafé, 1811. AGN, Anexo, Historia, 10, fot. 225-236.

-POSADA, Eduardo (comp.): Congreso de las Provincias Unidas: leyes, actas y notas. Bogotá: Imprenta Nacional, 1924 (Biblioteca de historia nacional, 33). 2 ed., con un prólogo de Gonzalo Hernández de Alba. Bogotá: Fundación para la Conmemoración del Bicentenario del Natalicio y el Sesquicentenario de la muerte del general Francisco de Paula Santander, 1989. 2 vols.

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[1] Florentino González: Elementos de ciencia administrativa, 1994, p. 334.

[2] Estos Elementos de "ciencia administrativa" (1840) fueron el resultado de las lecciones dadas por F. González en el Colegio de San Bartolomé, convencido de que se trataba de "una ciencia desconocida en América, y de una ciencia que nos importa mucho cultivar, si queremos ser algún día felices". El perfeccionamiento de la organización administrativa del Estado existente era el objeto de dicha ciencia, cuyos resultados servirían para educar a los jóvenes "en quienes se fincan las esperanzas de la patria". La labor del científico de la cameralística era conocer "los principios en virtud de los cuales debe arreglarse la acción de las autoridades a quienes se encargue el manejo de los intereses y negocios sociales, que tengan el carácter de públicos".

[3] Agradezco a los catorce estudiantes de la cuarta promoción del Programa de maestría en historia de la Universidad Industrial de Santander la colaboración que me prestaron en el trabajo de búsqueda de datos en las fuentes seleccionadas. Este artículo, concebido como un ejercicio de aprendizaje colectivo para ellos y presentado ante el II Congreso internacional de historia de las independencias (Maracaibo, 9 a 12 de julio de 2002), es una muestra de la llamada "investigación en el aula".

[4] La inteligencia empleada en este debate puede servir como argumento para que la historiografía revise la denominación de "Patria Boba" que se le ha dado a la Primera República granadina, proveniente del debate dado por los partidarios del vicepresidente Santander al general Antonio Nariño durante la década de los años veinte del siglo XIX.

[5] Cfr. François-Xavier Guerra: De la política antigua a la política moderna. La revolución de la soberanía, 1998, p. 131.

[6] La recepción de las ideas de "contrato social" y "soberanía popular" en el Nuevo Reino de Granada ha sido estudiada por Jaime Jaramillo Uribe (Valoración e influencia de Rousseau en Colombia, 1962), Javier Ocampo López (El proceso ideológico de la emancipación, 1980) y Rafael Gómez Hoyos (La revolución granadina de 1810, 1962).

[7] Gaceta ministerial de Cundinamarca, 4 (20 octubre 1811).

[8] Gobierno de los Estados Unidos. En: La Bagatela, 2 (21 julio 1811).

[9] Carta del filósofo sensible a una dama su amiga. En: La Bagatela, 1 (14 julio 1811).

[10] Carta de Custodio García Rovira a Miguel Pombo. El Valle, 11 de noviembre de 1812. Cfr. Sergio Elías Ortiz, 1966, pp. 197-198. Los chisperos eran los activistas de los barrios populares de Santafé que jugaron un papel decisivo en las jornadas de julio de 1810.

[11] Antonio Nariño: Mi dictamen sobre el gobierno que conviene al Reyno de la Nueva Granada. En: La Bagatela, 3 a 7 (28 de julio a 25 agosto de 1811).

[12] Variedades. En: Argos de la Nueva Granada, 25 (28 abril 1814).

[13] Argos de la Nueva Granada, 98 (5 noviembre 1815).

[14] Carta de don Antonio Amar y Borbón al secretario del Consejo de Regencia. La Coruña, 13 de enero de 1811. En: Mario Herrán Baquero: El virrey don Antonio Amar y Borbón. La crisis del régimen colonial en la Nueva Granada. Bogotá: Banco de la República, 1988, p. 305.

[15] Oficio de la Junta de Caracas a la de Cádiz. Caracas, 3 mayo 1810. En: Restrepo, 1969, I, p. 275.

[16] McFarlane, 2002, pp. 49-51. Allí se exponen los acontecimientos peninsulares ligados al origen de los movimientos de independencia americanos.

[17] El Diario político de Santafé de Bogotá divulgó en su entrega 23 (9 de noviembre de 1810) que conforme a los principios de Hugo Grocio (De jure belli et pacis, libro 1, cap. 3) las provincias españolas habían recobrado sus derechos desde el momento del apresamiento del rey, formando juntas y reconociendo su libertad, pero negándole la representación a las provincias americanas.

[18] José María Caballero: Libro de varias noticias particulares que han sucedido en esta capital de Santa Fé de Bogotá. Santa Fé, 11 de septiembre de 1813. Tomo I. Reed. de la Biblioteca Schering, 1973, I, p. 144.

[19] Órdenes y respuestas recibidas por el Tribunal de Cuentas de Santa Fé, 1811. AGN, Anexo, Historia, 16.

[20] Representación del Gobierno de Cartagena ante las Cortes Generales reunidas en la isla de León. Cartagena, 1 febrero 1811. AGI, Audiencia de Santa Fé, leg. 1011. En: Sergio Elías Ortiz, 1965, pp. 298-301.

[21] El cálculo de los gastos e ingresos de Cartagena en 1810 fue reconstruido en 1816 por las nuevas autoridades puestas en Cartagena por el Ejército Expedicionario de Murillo. Cfr. Quadro revolucionario y estado actual de la provincia de Cartagena. En: Gaceta Real de Cartagena de Indias, 6 (14 septiembre 1816). Un cálculo de los ingresos y gastos de Cartagena entre 1751 y 1810 fue presentado recientemente por Adolfo Meisel (2002).

[22] Comunicación de Pedro Salgar, vocero del gobierno de Pamplona, a la Junta Suprema del Socorro. Pamplona, 16 noviembre 1811. AGN, Anexo, Historia, 13, ff. 214v-215.

[23] Esta crónica se encuentra en el Archivo del Convento de Santo Domingo (Bogotá), caja 33, ff. 177bis-179. El Boletín de Noticias del Día, No. 27 (8 febrero de 1812) parte de la Gaceta Ministerial de Cundinamarca, precisa las noticias sobre la expedición de las tropas de este Estado sobre la provincia del Socorro.

[24] Acta de la negociación entre el cabildo de San Gil y los vecinos de Barichara, 16 de octubre de 1811. AGN, Anexo, Historia, 13, ff. 313-314.

[25] La diócesis del Socorro no fue erigida sino hasta 1897, con jurisdicción sobre las provincias del Socorro, San Gil, Vélez y Charalá. El primer obispo fue monseñor Evaristo Blanco, natural de San Miguel (García Rovira).

[26] El Argos Americano. Cartagena de Indias, 1 (17 septiembre 1810). En: AGN, Anexo, Historia, rollo 19c

[27] Carta anónima del 12 de mayo de 1816 dirigida al virrey. AGN, Anexo, Historia, 21, ff. 183-184.

[28] Noticia. En: Diario político de Santa Fé, Suplemento a la entrega 6 (11 septiembre 1810), f. 40.

[29] Documento del cabildo de Santafé de Antioquia, 12 enero 1810. AGN, Anexo, Historia, 16, ff. 488-490.

[30] AGN, Anexo, Historia, 13, ff. 88-92.

[31] En Sevilla la maestranza es un lugar y congregación de personas de alcurnia que ejercitan su destreza en el arte ecuestre. En Galicia era el lugar donde se trabajaban los útiles para la navegación. Por extensión, designó el lugar donde se trabajaban las fundiciones y forjas de armas.

[32] El anverso de las medallas tenía inscrito una sierra nevada con tres cruces y el sol naciente, con unas casas en su falda que representaban a Popayán, el río Palacé y el lema "D. Antonio Baraya civitas popayanensis martir, 28.marzo.1811". El reverso tenía grabado una cadena de montañas, la ciudad de Cali, el puerto de Buenaventura junto al río Dagua, y el lema "Dirupit vincula populi jugumque tiranni virtus in federe". Cfr. Semanario ministerial del gobierno de Santa Fe del NRG, 15 (23 mayo 1811).

[33] Acta de las elecciones realizadas en el Serenísimo Colegio Electoral de Cundinamarca. Santafé, 30 marzo 1811. En: Semanario ministerial del Gobierno de la capital, 2 mayo 1811.

[34] José Manuel Groot: Historia Eclesiástica y Civil de la Nueva Granada. Tomo III.

[35] Los documentos relativos a las elecciones de diputados para Cádiz que se organizaron en Panamá en AGN, Anexo, Historia, rollo 14, fotogramas 2 a 28.

[36] Proclama de la Junta Soberana de Santa Marta, 14 octubre 1811. AGN, Anexo, Historia, 13, ff. 97-113.

[37] Manifiesto de Manuel Rodríguez Torices a los habitantes de Cartagena, 15 febrero 1814. En: El mensajero de Cartagena de Indias, 3 (25 febrero 1814).

[38] Comunicaciones del cabildo y del comandante de armas de Riohacha al virrey Benito Pérez, 21 agosto 1811. AGN, Anexo, Historia, 13, ff. 1-43v.

[39] AGN, Anexo, Historia, 15, f. 108-109.

[40] Carta de los vecinos de Riohacha al virrey, 11 mayo 1814. AGN, Anexo, Historia, 17, ff. 175-176.

[41] Informe de los vecinos de San Andrés al virrey Pérez, 18 de abril de 1812. AGN, Anexo, Historia, 13, ff. 564-566.

[42] Reflexiones sobre el modo con que se deben conducir las provincias del Reyno en las actuales circunstancias. En: Suplemento al Diario Político de Santafé, 1 (27 agosto 1810), ff. 25-26.

[43] Acta de Federación. Santa Fé, 27 noviembre 1811. En: Posada, 1989, p. 1.

[44] Declaración del Senado del Estado de Tunja, 27 junio 1812. AGN, Anexo, Historia, 14, fot. 98-99.

[45] Decreto de la Soberana Representación del Estado de Antioquia, 17 de julio de 1813. AGN, Anexo, Historia, 13, ff. 282-285.

[46] Estos decretos fueron publicados en el Argos de la Nueva Granada, nos. 22 (7 abril 1814), 62 (5 marzo 1815), 71 (30 abril 1815).

[47] Decretos del Congreso de las Provincias Unidas. Tunja, 23 de septiembre y 21 de octubre de 1814. En: Posada, 1988, II, pp. 16-20 y 41.

[48] Ignacio de Herrera: Representación del síndico procurador general al Cabildo de Santa Fé. Santa Fé, 28 mayo 1810. En: Restrepo, 1969, I, pp. 7-14.

[49] Comunicación del decreto dado por la Junta Suprema de Santa Fé, 4 de junio de 1811. En: Semanario ministerial del gobierno de la capital de Santa Fe en el NRG, 18 (13 junio 1811)

[50] El triunfo militar de Cundinamarca en San Victorino se debió, en gran medida, a la astucia del general Nariño, quien logró que Atanasio Girardot creyera que el general Baraya le había dado la orden de no moverse del cerro de Monserrate. El general Santander se encargaría de cobrarle al general Nariño, durante la década siguiente, esta derrota deshonrosa para él, una parte de lo cual fue el expediente de inventar una "Patria Boba". Por su parte, Custodio García Rovira, un bumangués que fue presidente del Congreso de las Provincias Unidas, nunca se lamentó bastante de la conducta de Nariño y de sus chisperos, un hombre "esencialmente pérfido y que toda su gloria la pone este malvado en conseguir sus intentos por medio de una falta de fe, o de una acción vil, sea cual fuese". Cfr. Carta a Miguel Pombo, 11 noviembre 1812. En: Sergio E. Ortiz, 1966, p. 199.

[51] Cartas de Bolívar a Juan Jurado. Techo, 8 y 9 de diciembre de 1814. En: Obras completas, 1979, I, pp. 100-103

[52] Noticias del interior. En: Argos de la Nueva Granada, 103 (10 diciembre 1815).

[53] Oficio del teniente general Antonio de Narváez al secretario de estado del Despacho Universal de Indias. Cartagena, 27 enero 1811. En: Restrepo, 1969, I, p. 15.

[54] La Bagatela, 36 (8 marzo 1812).

[55] Carta del filósofo sensible a una dama su amiga. La Bagatela, 25 (15 diciembre 1811).

[56] Pluribus unum. El sueño de un hombre despierto. En: La Bagatela, 19 (30 noviembre 1811).

[57] Congreso. En: La Bagatela, 15 (13 octubre 1811).

[58] Carta dirigida por Empédocles al editor del Argos de la Nueva Granada. Motavita, 22 mayo 1814. En: La Aurora de Popayán, 18 (26 junio 1814).

Ex libris de Armando Martínez Garnica: las tres plumas del Príncipe de Gales sobre una corona, con el lema «Ich Dien» y su nombre manuscrito.
Del archivo personal de Armando Martínez Garnica.