Editorial Universidad del Rosario · Ciencias Humanas

Historia de la primera Repú­blica de Colombia, 1819-1831. "Decid Colombia sea, y Colombia será"

Armando Martínez Garnica
ProcedenciaEjemplar de la colección personal del historiador Armando Martínez Garnica (Bucaramanga). Doctor en Historia por El Colegio de México y profesor emérito de la Universidad Industrial de Santander. Fue director del Archivo General de la Nación (2016-2019), dirigió la Revista de Santander y preside la Academia Colombiana de Historia.
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El papel de la ambición política en la for­mu­la­ción de la iden­ti­dad nacional

Después de un intenso debate que duró dos meses, final­mente los dipu­ta­dos de las antiguas pro­vin­cias del Nuevo Reino de Granada y de la Capi­ta­nía General de Vene­zuela ante su primer Congreso General apro­ba­ron, el 12 de julio de 1821, la Ley Fun­da­men­tal de la Unión de los Pueblos de Colombia. El primer artículo propuso que estos dos pueblos de distinta natu­ra­leza que­da­rían reunidos en adelante en un nuevo cuerpo nacional que se pre­sen­ta­ría ante el con­ti­nente ame­ri­cano bajo el pacto solemne de que su Gobierno sería siempre popular repre­sen­ta­tivo. El segundo artículo dic­ta­minó que esta nueva nación sería conocida en el mundo de todas las naciones con el título de Repú­blica de Colombia. En con­se­cuen­cia, desde ese momento esta nación quedaría para siempre, y de una manera irre­vo­ca­ble, inde­pen­diente y libre de la Monar­quía Española.

Antes de realizar la última votación de ese proyecto de Ley Fun­da­men­tal, el pre­si­dente del Congreso Cons­ti­tu­yente —José Ignacio de Márquez— recordó a los dipu­ta­dos el escrú­pulo con que se obli­ga­ban respecto de los pueblos de la juris­dic­ción de la pre­si­den­cia de Quito: como había que reco­no­cer que no existía derecho alguno para obli­gar­los por la fuerza a ingresar a la unión colom­biana, solo “se les excitaba a la incor­po­ra­ción, porque así lo exigía su utilidad y la nuestra”, pero ellos con­ser­va­rían su libertad para sepa­rarse o para rati­fi­car la unión en otra con­ven­ción futura, una vez que fuesen libe­ra­dos del dominio monár­quico que aún pesaba sobre ellos.

Importa resaltar que todas las voces que se escu­cha­ron en el Congreso Cons­ti­tu­yente de la primera nación colom­biana, reunido en la villa del Rosario de Cúcuta —evento que decidió la reunión de tres pueblos de natu­ra­leza distinta (gra­na­dino, vene­zo­lano y quiteño) en un único cuerpo nacional—, com­pren­dían la magnitud de la ambición política y las difi­cul­ta­des que se inter­pon­drían para alcan­zarla. Aunque una tra­di­ción his­to­rio­grá­fica usó la palabra Gran­co­lom­bia para designar esta voluntad rea­li­za­tiva, pre­fe­ri­mos nombrar esta primera expe­rien­cia nacional de solo una década como lo hicieron sus directos res­pon­sa­bles: Colombia. Con esta palabra desig­na­re­mos la ambición y la voluntad de cons­truc­ción de una nueva nación en el mundo político a partir de la reunión de tres pueblos antiguos de distinta natu­ra­leza, la primera Repú­blica de Colombia (1819-1831), rogando al lector ilus­trado que no la confunda con la segunda Colombia, esa nación de régimen federal

nacida en el Congreso Cons­ti­tu­yente de 1863 con el nombre de Estados Unidos de Colombia y limitada a dos pueblos de distinta natu­ra­leza antigua: el gra­na­dino y el istmeño.

xix

Es preciso entonces com­pren­der la tran­si­ción de los cuerpos de vasallos del rey, que se enten­dían desde sus dis­tin­tas natu­ra­le­zas, a los pueblos que emer­gie­ron en las juntas sobe­ra­nas de gobierno durante la crisis monár­quica de 1808-1813, y además el tránsito de estos pueblos de las pro­vin­cias a la con­di­ción de una nueva y única nación. Hay que empezar recor­dando que en el comienzo del acon­te­cer de la América his­pa­no­par­lante estuvo el vasa­llaje de los natu­ra­les respecto del Estado monár­quico de Castilla, una expe­rien­cia de tres siglos que ins­ti­tu­cio­na­lizó natu­ra­le­zas sociales dife­ren­cia­das por efecto de la auto­ri­dad de los Gobier­nos supe­rio­res de las reales audien­cias enca­be­za­das por un pre­si­dente o un virrey, y de los capi­ta­nes gene­ra­les, así como de los Gobier­nos ordi­na­rios de las gober­na­cio­nes y los corre­gi­mien­tos. Solo durante la expe­rien­cia revo­lu­cio­na­ria que comenzó en 1808, a ambos lados del océano Atlán­tico, emer­gie­ron los pueblos, en plural, esto es, el nuevo nombre que se dio a esas antiguas natu­ra­le­zas sin­gu­la­ri­za­das de quienes hasta entonces obe­de­cían a Gobier­nos supe­rio­res por dele­ga­ción del rey, e incluso a las ins­ti­tu­cio­nes con­ce­ji­les locales. Y final­mente vino la voluntad de las elites libe­ra­les a proponer la reduc­ción de muchos pueblos de las pro­vin­cias a la única nación, en singular.

El concepto de natu­ra­leza desig­naba ya, en el siglo XV1, al vínculo natural de depen­den­cia de todos los vasallos de un reino respeto de su señor natural. El tes­ta­mento de la reina Isabel la Católica expresó esta idea con los siguien­tes términos: “la fide­li­dad e lealtad e reve­ren­cia e obe­dien­cia e sujeción e vasa­llaje que me deben e a que me son ads­cri­tos e obli­ga­dos como a su reina y señora natural e so virtud de los jura­men­tos e fide­li­da­des e pleitos home­na­jes”. Como los natu­ra­les de un reino estaban obli­ga­dos natu­ral­mente a obedecer a sus señores natu­ra­les, lo que deter­minó el concepto original de natu­ra­leza (política) no fue entonces el lugar del naci­miento de cada vasallo (su país, su patria) sino su vínculo de sujeción y depen­den­cia respecto de una auto­ri­dad señorial.

Aunque el concepto de natu­ra­leza uni­fi­caba, bajo el mismo lazo de depen­den­cia, a todos los vasallos de todos los reinos y pro­vin­cias de la Monar­quía, también sirvió para dife­ren­ciar las dis­tin­tas juris­dic­cio­nes supe­rio­res que emanaban del rey. Ser natu­ra­les de las Indias dife­ren­ciaba a los vasallos puestos bajo la juris­dic­ción del Real y Supremo Consejo de las Indias respecto de aquellos que estaban bajo la directa juris­dic­ción del Consejo de Castilla, los natu­ra­les de Castilla, pese a que jurí­di­ca­mente las Indias pendían de Casti- | lla. Des­cen­diendo por la cadena de las juris­dic­cio­nes se pudo decir que los natu­ra­les de | las grandes pro­vin­cias del Nuevo Reino de Granada, Santa Marta, San Juan y Popayán | (cuatro países), subor­di­na­dos desde 1550 al Gobierno superior del pre­si­dente de la Real Audien­cia de Santa Fe y desde el siglo XVIII a la auto­ri­dad de un virrey, com­par­tían un

sen­ti­miento de dife­ren­cia­ción respecto de los vasallos natu­ra­les de las pro­vin­cias que

fueron subor­di­na­das en 1777 al Gobierno superior del capitán general de Vene­zuela. |

iedacada

!. Cuandoel profesor Darío Mesa se preguntó por el punto de partida en el tiempo his­tó­rico de la “naturale- | za humana” que con el tiempo formaría la nación gra­na­dina (colom­biana desde 1863), res­pon­dió que “no vaci­la­ría en proponer el año 1550, año de la ins­ta­la­ción de la Real Audien­cia del Nuevo Reino de Granada”,

porque esta­ble­ció “el ejer­ci­cio del derecho real” superior sobre las antiguas gober­na­cio­nes de Santa Marta, Car­ta­gena, Popayán, San Juan y el Nuevo Reino. El régimen de esta real audien­cia centrada en la ciudad de

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ur nos eipueao: del Congreso Oumue­ment: de Colombia con­si­de­ra­ron alos

es Ef Aci de la Mudien­cia de Quito sobre las pro­vin­cias de Quito, e y afue capaz de repro­du­cir una natu­ra­leza quiteña distinta que llegó a ima­gi­narse a e T 0 reino autónomo y distinto desde los tiempos pre­his­pá­ni­cos, tal como lo en Faenza el jesuita Juan de Velasco durante su des­tie­rro.

astilla en las Indias fueron el resul­tado del trabajo de los Gobier­nos supe­rio­res, ron 0 las pro­vin­cias que fueron deli­mi­ta­das en el siglo de la con­quista. El archide LS Ss gober­na­cio­nes pro­vin­cia­les que pusieron en orden y policía a los abo­rí­ge­ú­is­ta­dos y a los cas­te­lla­nos trans­te­rra­dos fue ordenado por las reales audien­cias nlerías que el Consejo de las Indias esta­ble­ció en Santo Domingo, Panamá, Santa

Da aut A idad alas pro­vin­cias que desde Trinidad se exten­dían hasta el golfo de Ma18 de — de 1776 fueron agru­pa­das bajo una Inten­den­cia de Ejército y

¡la de o. y bajo una misma Audien­cia, la de Santo Domingo. Nueve años ardé e Vah utio * 1786, se inde­pen­dizó des esta a Vene­zuela al crearse la nueva

: emyendo en tres siglos una “natu­ra­leza gra­na­diha” dife­ren­ciada, respecto de la natu­ra­leza 6: posteo rmente, la Capi­ta­nía General de Vene­zuela o la pre­si­den­cia de la Real Audien­cia de ví asallos de las pro­vin­cias qué le fueron suje­ta­das desde la segunda mitad del siglo xv1. Darío » omtexto so cial y políti co colom­biano del siglo x1x” (en Miguel Antonio Caro: el inte­lec­tual o donal de Colombia, 2014), 15.

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Cumaná, Guayana y Mara­caibo e islas de 4 General del Nuevo Reyno de Granada, piranía General de Vene­zuela. Tras esta

sepa­ra­ción de las men­cio­na­das pro­vin­cias de Trinidad y Mar­ga­rita del Virrei­nato y Capitaní

y agre­gar­las en lo guber­na­tivo y militar a la Ca refe­ren­cia a los tres ramos de gobierno, ejército y hacienda, la Real Cédula de 1777 se

refirió rambién al de justicia: “asimismo, he resuelto separar en lo jurídico de la Audien­cia de Santa Fe, y agregar a la pri­mi­tiva de Santo Domingo, las dos expre­sa­das pro­vin­cias de Mara­cavbo y Guayana, como lo está la de Cumaná y las Islas de Mar­ga­rita y Trinidad, y lo estaba la de Vene­zuela”? Fue así como las reales cédulas de 1776 y 1777 cons­ti­tu­ye­ron una “pro­vin­cia mayor” inte­grando en ellas otras que en adelante apa­re­cie­ron como “pro­vin­cias menores”, y dotaron a la misma de los órganos ade­cua­dos propios de gobierno, ya que la fina­li­dad que se per­se­guía, según la Real Cédula de 1777, era que “hallán­dose estos terri­to­rios bajo una misma Audien­cia, un capirán general y un inren­de­nee inme­dia­tos sean mejor ejer­ci­dos y gober­na­dos con mayor utilidad de mi real servicio”.

Solo cuatro ejemplos his­tó­ri­cos prueban esta dife­ren­cia­ción de las dis­tin­tas natu­ra­le­zas que se reco­no­cían entre los cuerpos de vasallos de los dominios indianos de la Monar­quía. El primero acaeció el 20 de junio de 1809, cuando fue escogido por sorteo de una terna el doctor Joaquín Mosquera Figueroa para repre­sen­tar a la Capi­ta­nía General de Vene­zuela ante la Junta Central de España y las Indias. Aunque era natural de la gober­na­ción de Popayán, juris­dic­ción del Virrei­nato de Santa Fe, estaba viviendo a la sazón en Caracas como regente visi­ta­dor de su real audien­cia, gracias a sus altas cali­da­des buro­crá­ti­cas. Pero los regi­do­res del Cabildo de Caracas y algunos miembros de las familias más pres­ti­gio­sas deman­da­ron la nulidad de esta elección con el argu­mento de que Mosquera no era natural de la juris­dic­ción de la Real Audien­cia de Caracas y que por ello no podría repre­sen­tarla, dado que no conocía “sus cos­tum­bres, su agri­cul­tura, su comercio, sus nece­si­da­des y medios de pros­pe­ri­dad”* Exa­mi­nado el pleito por el Consejo de Indias, fue decla­rada nula la elección en la circular del 6 de octubre de 1809, “por no ser Mosquera natural de las

España, Real Cédula de 1777 (San Ilde­fonso: 8 de sep­tiem­bre de 1777. Dis­po­ni­ble en htrps://web.archive. org/web/20120421153650/http:// www.ana­li­rica.com/Bitblio/vene­zuela/real_cedula_1777.asp).

* Ibid. Para una mayor com­pren­sión ins­ti­tu­cio­nal ranto de las reales audien­cias de las Indias como de la Capi­ra­nía General de Vene­zuela se reco­mienda la lectura de los dos artí­cu­los de Alfonso García Gallo ritu­la­dos “Las Audien­cias de Indias: su origen y carac­te­res”, y “La Capi­ta­nía general como ins­ti­tu­ción de gobierno político en España e Indias en el siglo xv III” (en Los orígenes espa­ño­les de las ins­ti­tu­cio­nes ame­ri­ca­nas, Estudios de Derecho Indiano, 889-995, Madrid, Real Academia de Juris­pru­den­cia y Legis­la­ción, 1987).

1 Reso­lu­ción del Consejo de Indias decla­rando nula la elección de don Joaquín Mosquera y Figueroa como diputado ante la Suprema Junta Central por las pro­vin­cias del distriro de la Real Audien­cia de Caracas, en virrud de reclamos for­mu­la­dos por cuatro regi­do­res del Ayun­ta­miento de Caracas y Antonio Fer­nán­dez de León, oidor hono­ra­rio de aquella Audien­cia. Cádiz, 6 de octubre de 1809. Archivo General de Indias, Caracas, Legajo 177. Publi­cada por Teresa Albornoz de López, La visita de Joaquín Mosquera Figueroa a la Real Audien­cia de Caracas (1804-1809). Con­flic­tos internos y corrup­ción en la admi­nis­tra­ción de justicia (Caracas: Academia Nacional de la Historia, 1987), 244. l Ese con­flicto entre Mosquera y los pode­ro­sos cara­que­ños fue exa­mi­nado por Inés Quintero, La Conjura de los Man­tua­nos (Caracas: Uni­ver­si­dad Católica Andrés Bello, 2002).

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: pro­vin­cias de Vene­zuela”? y en con­se­cuen­cia se ordenó la rea­li­za­ción de una nueva elección de diputado ante la Junta Central, que esta vez recaería en un natural de Caracas, Martín Tovar Ponte. Para com­ple­tar esta derer­mi­na­ción, el 23 de noviem­bre siguiente, la unta Central remitió a América un nuevo regla­mento elec­to­ral que resolvió las dudas que se habían expre­sado en los comicios rea­li­za­dos hasta entonces en los reinos y pro­vin­cias ame­ri­ca­nas, una de cuyas nuevas dis­po­si­cio­nes hacía refe­ren­cia a la con­ve­nien­cia de que - os dipu­ta­dos electos fuesen natu­ra­les de las pro­vin­cias que repre­sen­ta­rían 0, en su defecto, personas con vecindad en ellas y además ame­ri­ca­nas de naci­miento. — El segundo ejemplo ocurrió en Arauca, “la última pobla­ción de la Nueva Granada — del lado del oriente”, durante el segundo semestre de 1816, cuando el enfermo coronel vene­zo­lano Manuel Valdés reunió una junta de jefes mili­ta­res para dirimir el asunto del mando de los soldados que habían escapado del ejército expe­di­cio­na­rio español, que ya ss había ocupado todas las pro­vin­cias del Virrei­nato de Santafé. Después de elegir a un gra“nadino como pre­si­dente de la auto­ri­dad superior en el exilio (Fernando Serrano Uribe, e, ober­na­dor de Pamplona) y a un vene­zo­lano (nacido en Cuba) como secre­ta­rio general (Fran­cisco Javier Yanes), llegó el momento de elegir al jefe del ejército. Eran can­di­da­tos el general vene­zo­lano Rafael Urdaneta, el coronel francés Manuel Roegas de Serviez y el “mayor general Fran­cisco de Paula San­tan­der, gra­na­dino. Fue des­car­tado Serviez por su

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con­di­ción de extran­jero, todo indicaba que la elección recaería en Urdaneta, por su supe-

rior gra­dua­ción y expe­rien­cia en la guerra de Vene­zuela, pero como los jefes de la caba­lle­ría habían acu­mu­lado resen­ti­mien­tos contra él resultó ganador en el escru­ti­nio San­tan­der.

Este Gobierno en el exilio de los llanos desier­tos, “alta­mente ridículo, ilegal y embaraze so”, al decir de don Pablo Morillo, se trasladó hacia Guas­dua­lito. Dos meses después, los jefes de tres escua­dro­nes vene­zo­la­nos se rebe­la­ron contra el mando del mayor San­tan­der en la Trinidad de Arichuma, según este porque los emi­gra­dos vene­zo­la­nos de Car­ta­gena hi cieron revivir los celos entre gra­na­di­nos y vene­zo­la­nos que tanto se habían atizado el año anterior, cuando Bolivar puso sitio a Car­ta­gena. Fue entonces cuando San­tan­der comprobó por sí mismo que los Llanos de Vene­zuela eran “un país donde se creía deshonr 9so que un gra­na­dino mandase a vene­zo­la­nos”, y por ello tuvo que resignar el mando ejército ante el pre­si­dente Serrano. Pero una nueva junta de ofi­cia­les escogió como jefe supremo a un vene­zo­lano, José Antonio Páez, quien de inme­diato decretó el cese de la au oridad civil esta­ble­cida en Arauca y declaró que sola­mente él reunía en sí todo el Joder que se nece­si­taba en “su país” y reor­ga­nizó el ejército en las brigadas de caba­lle­ría que cose­cha­ron éxitos mili­ta­res en la campaña de Apure.

| NE tercer ejemplo es la argu­men­ta­ción que usó, al comenzar el año 1822, el general is meño José de Fábrega ante el vice­pre­si­dente de Colombia para soli­ci­tar para el istmo

E Ibid, (cursiva añadida).

“Fran­cisco de Paula San­tan­der, Apun­ta­mien­tos para las memorias sobre Colombia i la Nueva Granada (Bo— gorá: Imprenta de Lleras i compañía, 1837), 119-120. Rafael María Baralt y Ramón Díaz, Resumen de la historia de Vene­zuela desde el año de 1797 basta el de 1830, tomo 1, (Brujas, Desclée, De Brouwer y Cía.,

1939),351-353.

de Panamá la calidad de depa­rra­mento autónomo, regido por su propio inten­dente. Ar. gumentó que “por su antigua repre­sen­ta­ción bajo la deno­mi­na­ción de Reino de Tierra Firme y el Superior Gobierno que en dis­tin­tos tiempos ha tenido”, el istmo tendría que ser tenido como un depar­ta­mento autónomo con los mismos límites de la juris­dic­ción que había tenido la Real Audien­cia de Panamá, tal como aparecía en la Ley 4, título 15, del libro segundo de las Leyes Muni­ci­pa­les de España. No podía ser olvidado que Panamá había sido sede de Gobierno Superior, Coman­dan­cia General, Supe­rin­ten­den­cia de Hacienda y de Cruzada, Sub­de­le­ga­ción de Correos y había tenido todas “las pre­rro­ga­ti­vas de los gobier­nos supe­rio­res”, de suerte que cuando los virreyes o las audien­cias de Santafé las habían “cer­ce­nado”, los istmeños habían recu­rrido ante la Corte con sus quejas y con los “docu­men­tos de su antigua posesión” para lograr amparo y repo­si­ción.” Ante seme­janre alegato, el vice­pre­si­dente San­tan­der efec­ti­va­mente le concedió al Istmo de Panamá la con­di­ción de depar­ta­mento de la Repú­blica de Colombia y lo proveyó de sus propios inten­den­tes, conforme a “la cate­go­ría que merece” y a su antigua naru­ra­leza distinca.*

El cuarto ejemplo lo dio el coronel payanés José María Obando, en abril de 1830, cuando ya estaba disuelta de hecho la Repú­blica de Colombia por la cons­ti­tu­ción del Estado de Vene­zuela y la próxima sepa­ra­ción del Estado del Sur en Colombia. Le dijo entonces al doctor Rufino Cuervo, de quien lo habían separado las intrigas del general vene­zo­lano Juan José Flores, que era preciso olvidar para siempre sus dife­ren­cias, porque los dos eran gra­na­di­nos, y “este solo lazo tan tierno basta para unirnos a todos bajo el solio de la her­man­dad”, dado que estaba “sos­te­nido por el recuerdo de los sufri­mien­tos, los ultrajes, las veja­cio­nes y todo cuanto mal puede recibir el hombre del hombre”. Había llegado la hora en la que “la hermosa granada no se injerte más con ningún árbol, para que su fruto dulce y salu­da­ble cordial no se con­vierta en amargo y venenoso”?

Era este el momento en que el coronel Obando se esfor­zaba por con­cer­tar al general Domingo Caicedo, al coronel José Hilario López y a Joaquín Mosquera para salvar la exis­ten­cia de la Nueva Granada, enfren­tando los planes del general Flores, un vene­zo­lano que, a pesar de ser extran­jero en el sur, por tener allí sus riquezas y patri­mo­nio, estaba listo para sacar provecho en un tiempo de dis­tur­bios, de per­fi­dias y trai­cio­nes, cuando el Liber­ta­dor pre­si­dente ya había dejado de mandar en Colombia. Como era evidente que el general Flores, quien había dicho a sus amigos que solo obedecía al Liber­ta­dor, se jugaría su suerte al sos­te­ni­miento de una nueva repú­blica en el sur de Colombia, cabía esperar que se apo­de­ra­ría por la fuerza de la pro­vin­cia de Pasto valién­dose de la influen­cia de algunos clérigos que querían agre­garla al Ecuador, pese a la “odio­si­dad mortal que ese

Ibid.

* Joséde Fábrega, “Comu­ni­ca­ción del general José de Fábrega al vice­pre­si­dente Fran­cisco de Paula San­tan­der Panamá, 10 de enero de 1822” (en Archivo General de la Nación, Bogotá, Sección Repú­blica, copiador de

oficios de los años 1821 y 1822). o ” José María Obando, “Carta del general José María Obando al doctor Rufino Cuervo desde Pasto, 29 de abril de 1830” (en Ángel y Rufino Cuervo, Epús­to­la­rio del doctor Rufino Cuervo, tomo 1, Bogotá: Academia

Colom­biana de Historia, 1918), 193-194. Ñ

pueblo le tenía por los males que les había causado ante­rior­mente”. La pro­vin­cia de Pasto, que era la “frontera natural” entre la Nueva Granada y el Ecuador, podía serle arre­ba­rada ala Nueva Granada al tenor de la auto­ri­dad legal que el Liber­ta­dor le había con­ce­dido al E general Flores para actuar como jefe militar en los tres depar­ta­men­tos del sur y en todo el Cauca desde el Carchi hasta Popayán. En esta cir­cuns­tan­cia, el general Obando afirmó — resuel­ra­mente que no podía ser “un tran­quilo espec­ta­dor” de las ope­ra­cio­nes del general Flores y con­sen­tir “la ocu­pa­ción de este país”, pues man­ci­lla­ría su repu­ra­ción militar, “y mis con­ciu­da­da­nos dudarían de mis buenos sen­ti­mien­tos en favor de la patria en que he nacido” Fue entonces cuando tomó la decisión de enfren­tar mili­tar­mente al ¿747150 general vene­zo­lano Flores para “llenar su deber”, unién­dose a los con­ciu­da­da­nos de su natu­ra­leza T “gra­na­dina para “correr con ellos todas las vici­si­tu­des de mi patria, prós­pe­ras o adversas”. Efec­ti­va­mente, usado para designar la dife­ren­cia­ción de los vasallos según sus res­pec­ti­vas juris­dic­cio­nes supe­rio­res, pero también para designar la uni­ver­sa­li­dad de la obe­dien­cia — de todoslos vasallos a la sobe­ra­nía del único señor uni­ver­sal, el concepto de natu­ra­leza expresó la iden­ti­dad de un cuerpo político juzgado como natural. El Estado monár­quico, como poder social­mente inte­gra­dor de muchos reinos y pro­vin­cias en varios con­ti­nen­tes, rambién esta­ble­ció una vin­cu­la­ción dife­ren­ciada de todos sus vasallos natu­ra­les al dominio de su mismo rey “natural, que Dios guarde”.'' Todos los vasallos que desde finales del siglo xv comen­za­ron a pasar en sus naves hacia las Indias, cuyas pro­vin­cias fueron pau­la­ti­na­mente incor­po­ra­das a la Corona de Casr­ti­lla por con­quista, eran jurí­di­ca­mente natu­ra­les de los reinos penin­su­la­res, es decir, vasallos de los Reyes Caró­li­cos. Por ello sus “con­quis­tas armadas incor­po­ra­ron natu­ral­mente los nuevos vasallos abo­rí­ge­nes de las islas — ytierras firmes al señorío uni­ver­sal de los reyes. O Peroesta novedad his­tó­rica planteó dudas sobre la natu­ra­leza política de los abo­rí­ge­nes ime­ri­ca­nos, resuel­tas con presteza al com­pro­barse que estos ya eran, desde los tiempos de su gen­ti­li­dad, personas natu­ra­les sujetas a caciques y a algunos señores uni­ver­sa­les, como A loc­te­zu­mar­zin y Ata­hualpa. Así fue como el cambio político inicial intro­du­cido por los con­quis­ta­do­res fue per­ci­bido de una manera res­trin­gida: sola­mente serían des­trui­dos los ¿ señoríos uni­ver­sa­les y se con­ser­va­rían los señoríos natu­ra­les, para que todos los abo­rí­ge­nes

“fuesen man­te­ni­dos sujetos a sus propios caciques y así garan­ti­zar su vasa­llaje y obe­dien­cia al nuevo señor uni­ver­sal que residía en la corte penin­su­lar. Con el paso del tiempo com nzó el ataque al señorío de los caciques, pues la dis­tri­bu­ción de los tributos y ser­vi­cios DP: erso­na­les de los natu­ra­les entre más personas, la llamada “cargada de las Indias, entre ellas los ofi­cia­les de la Real Hacienda y los frailes, así lo exigió.

ETA con­quista de las pro­vin­cias de las Indias, no obstante, mostró que algunos grupos “de abo­rí­ge­nes eran “gente muy bestial, como de bebetría, sin ninguna sujeción de unos

Ro,

| a José María Obando, “Carta al general Domingo Caicedo, vice­pre­si­dente de Colombia, desde Popayán, 15 O dea­brilde 1830" (en Archivo epis­to­lar del general Domingo Caicedo, tomo 1, Bogotá: Academia Colom­biana “de Historia, 1943), 281-283.

o Eles­cla­re­ci­miento del concepto de natu­ra­leza política se debe a José Antonio Maravall, Estado moderno y men­ta­li­dad social, siglos x V a x VI1, tomo 1 (Madrid: Revista de Occi­dente, 1972), 420 (cursiva añadida).

a otros”. Esta realidad social difi­cultó el cum­pli­miento de ciertas órdenes reales entre los indí­ge­nas que no tenían natu­ra­leza previa (sujeción a señores) en ciertas pro­vin­cias, “porque aquí no obedecen los caciques, ni son sujetos losin­dios a ellos, sino que son como behe­rrías” Sebas­tián de Cova­rru­bias encontró en las crónicas de Castilla que bebetría era una palabra que nombraba los pobla­mien­tos que desde riempo inme­mo­rial renían libertad para ponerse bajo la depen­den­cia del bene­fac­tor que los amparase, a su voluntad, con lo cual no era natural entre ellos la subor­di­na­ción tem­po­rala señores. ' Pero esta situa­ción, per­ci­bida por los fun­cio­na­rios reales como un desorden político, había sido reme­diada en Castilla desde el siglo x1v, cuando el rey Alfonso X1, el Jus­ti­ciero, puso a todas las behe­trías que existían en las die­ci­séis merin­da­des bajo su auto­ri­dad, extin­guiendo la posi­bi­li­dad de exis­ten­cia de vasallos sin señores natu­ra­les, es decir, por fuera del orden político de la Monar­quía. En las Indias tampoco los reyes cas­te­lla­nos podían tolerar indios de behetría, con lo cual dieron sus ins­truc­cio­nes para que rodos acu­die­sen a servir al nuevo señor narural uni­ver­sal, una tarea que fue de muy dificil cum­pli­miento.

La natu­ra­leza de los miles de esclavos que fueron tras­la­da­dos de las costas de África hacia los reinos de las Indias planteó la misma duda, exten­dida a la natu­ra­leza de sus des­cen­dien­tes nacidos en estos. Esta duda confirma que la natu­ra­leza no equi­va­lía al naci­miento en alguna tierra deter­mi­nada, pues si así fuera los mulatos y zambos indianos habrían sido des­cri­tos inme­dia­ra­mente como natu­ra­les del res­pec­tivo reino donde hubiesen nacido. Provenía entonces del des­co­no­ci­miento de los reyes afri­ca­nos antiguos que habrían podido tener señorío sobre los esclavos trans­te­rra­dos, resuelto ini­cial­mente con el argu­mento de que se trataba de gente de beherría, esto es, indi­vi­duos sin señores propios

natu­ra­leza alguna. La sospecha de desorden político que siempre pesó sobre los palen­ques y las rochelas de la pro­vin­cia de Car­ta­gena de Indias corres­pon­día a esa supo­si­ción. Por ello, el esfuerzo empeñado por el jesuita Alonso de Sandoval para incluir­los en el seno de la cris­tian­dad, mediante su bautismo y evan­ge­li­za­ción, tuvo que inven­tar­les en Car­ta­gena de Indias una natu­ra­leza de antiguos vasallos libres de los reyes de Etiopía. El rírulo original de su libro, publi­cado en la Sevilla de 1627 por Fran­cisco de Lira, fue Natu­ra­leza, policía sagrada i profana, cos­tum­bres i ritos, dis­ci­plina i cate­cismo de todos los Ettopes.'*> Desde entonces, al hablarse de esclavos pro­ce­den­tes del África pudo

invo­carse su atri­buida natu­ra­leza antigua: etíopes.

y, en con­se­cuen­cia, sin

Juan de Vadillo, “Cartas del licen­ciado Juan de Vadillo al Consejo de Indias rela­tando su campaña de paci ficación del río Grande de la Mag­da­lena, hasta el pueblo de indios de Mahares, y otros asuntos de la gober­na­ción de Car­ta­gena, 11 y 21 de febrero de 1537” (en Juan Friede, Docu­men­tos inéditos para la historia de Colombia, tomo 177 1533-1538, Bogotá: Academia Colom­biana de Historia, 1956), 139 y 341.

1 Ibid. (cursiva añadida). “La palabra behetría parece ser una defor­ma­ción vulgar de bene­fac­tría, la relación entre vasallos libres que

escogían como señor aquel que les pro­me­riera buenos fechos. Sebas­tián de Cova­rru­bias Orozco, Tesoro de / lengua cas­te­llana o española (2 edición corre­gida de: Felipe Mal­do­nado. Madrid: Castalia, 1995), 177-175.

La segunda edición de esta obra de Alonso de Sandoval, salida de una imprenta madri­leña en 1647, fue titulada De Ins­tau­randa Aet­hio­pum Salute. o

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Al comenzar el siglo X1X, cuando ya la tra­di­ción de la sujeción natural de los vasallos — respecto de sus reyes natu­ra­les estaba tan afian­zada y gene­ra­li­zada que el cuerpo uni­ver­sal de vasallos de la Monar­quía Católica podía per­mi­tirse algunas dis­tin­cio­nes de cuerpos — menores por su esce­na­rio con­ti­nen­tal, se hablaba con pro­pie­dad de espa­ño­les peninsua lares y espa­ño­les ame­ri­ca­nos, una dife­ren­cia­ción que no sos­la­yaba su común natu­ra­leza

— deva­sa­llos del mismo rey:

Desa­pa­rezca, pues, toda desi­gual­dad y supe­rio­ri­dad de unas pro­vin­cias respecto de las otras. Todas son partes cons­ti­tu­yen­tes de un cuerpo político que recibe de ellas el vigor, la vida (...) Las Américas, señor, no están com­pues­tas de extran­je­ros a la nación española. Somos hijos, somos des­cen­dien­tes de los que han derra­mado su sangre por adquirir estos

nuevos dominios a la Corona de España (...) Tan espa­ño­les somos, como los des­cen­dien­tes de Don Pelayo, y tan acre­e­do­res, por esta razón, a las dis­tin­cio­nes, pri­vi­le­gios y pre­rro­ga­ti­vas del resto de la nación, como los que, salidos de las montañas, expe­li­cron a los moros y poblaron suce­si­va­mente la Penín­sula; con esta dife­ren­cia, si hay alguna, que nuestros padres, por medio de inde­ci­bles trabajos y fatigas, des­cu­brie­ron, con­quis­ta­ron y poblaron para España este Nuevo Mundo.

- Pese a este reclamo de igualdad de repre­sen­ta­ción para los dipu­ta­dos indianos y penin­su­la­res en la Junta Central que se había formado en la penín­sula durante la crisis mon Are uica de 1808, fue dis­tin­guida la natu­ra­leza de la España europea respecto de la España an ericana, dos pro­vin­cias inde­pen­dien­tes, aunque partes esen­cia­les y cons­ti­tu­yen­tes de la monar­quía. Fue entonces cuando se abrió la época de la revo­lu­ción his­pá­nica, que comenzó con la rea­sun­ción de la sobe­ra­nía por /os pueblos, encar­na­dos en las juntas pro­vin­cia­les de gobierno que se eri­gie­ron tanto en la penín­sula como en las Indias:

Los pueblos son la fuente de la auto­ri­dad absoluta. Ellos se des­pren­die­ron de ella para ponerla en manos de un jefe que los hiciera felices. El Rey es el depo­si­ta­rio de sus dominios, el Padre de la Sociedad y el árbitro soberano de sus bienes. De este prin­ci­pio del Derecho de Gentes resulta que todos los pueblos indis­tin­ta­mente des­can­san bajo la segu­ri­dad que les ofrece el poder de su Rey, que este como padre general no puede sembrar celos con dis­tin­cio­nes de pri­vi­le­gios, y que la Balanza de la Justicia la ha de llevar con impar­cia­li­dad. '

Las dis­tin­tas natu­ra­le­zas de los vasallos de los reinos penin­su­la­res y de los indianos comen­za­ron a ser desig­na­das en adelante como pueblos, cuando “los vínculos de fra­ter­ni­dad

e _

5 Camilo Torres Tenorio, Repre­sen­ta­ción del cabildo de Santa Fe, capital del Nuevo Reino de Granada, a la Suprema Junta Central de España (Santa Fe, 20 de noviem­bre de 1809).

A Ignacio de Herrera y Vergara, Refle­xio­nes que hace un ame­ri­cano impar­cial al diputado de este Nuevo Reino de Granada para que las tenga pre­sen­tes en su delicada misión (Santafé, 1 de sep­tiem­bre de 1809) (cursiva — añadida).

y amor que reinaban entre el pueblo español y ame­ri­cano” comen­za­ban a romperse. Camilo Torres Tenorio pre­gun­taba entonces en la Santafé de 1809: “¿Se querrá que la América se sujete en todo a las deli­be­ra­cio­nes y a la voluntad de unos pueblos [espa­ño­les] que no tienen el mismo interés que ella, o por mejor decir, que en mucha parte, los tienen opuestos y con­tra­rios? (...) Si en seme­jan­tes cir­cuns­tan­cias, los pueblos de América se dene­ga­sen q lle­var­las, tendrían en su apoyo esta ley fun­da­men­tal del reino”. *

La emer­gen­cia política de dis­tin­tos pueblos en el seno de la Monar­quía exigía entonces repre­sen­ta­ción igual en las cortes gene­ra­les, el esce­na­rio donde los dipu­ta­dos de esos

pueblos podían hacerse oír para soli­ci­tar reformas polí­ti­cas:

Por otra parte, señor, ¿qué opo­si­ción es esta, a que la América tenga unos cuerpos que repre­sen­ten sus derechos? ¿De dónde han venido los males de España, sino de la absoluta arbi­tra­rie­dad de los que mandan? ¿Hasta cuándo se nos querrá tener como manadas de ovejas al arbitrio de mer­ce­na­rios, que en la lejanía del pastor pueden volverse lobos? ¿No se irán jamás las quejas del pueblo? ¿No se le dará gusto en nada? ¿No tendrá el menor influjo en el gobierno, para que así lo devoren impu­ne­mente sus sátrapas, como tal vez ha sucedido hasta aquí? ¿Sila presente catás­trofe no nos hace pru­den­tes y cautos, cuándo lo seremos?, ¿cuándo el mal no tenga remedio?, ¿cuándo /os pueblos cansados de opresión no quieran sufrir el yugo?”

Pero una vez que los pueblos ame­ri­ca­nos fueron ide­o­ló­gi­ca­mente dife­ren­cia­dos de los pueblos espa­ño­les, el reco­no­ci­miento de las dife­ren­cias entre los primeros llegó hasta el seno de las ciudades y villas de las pro­vin­cias, las repú­bli­cas de indios y las parro­quias de feli­gre­ses. El proceso de rea­sun­ción de la sobe­ra­nía que comenzó en las ciudades que eri­gie­ron juntas pro­vin­cia­les se extendió a las juntas que fueron erigidas por las villas subal­rer­nas para sepa­rarse de sus cabe­ce­ras pro­vin­cia­les, e incluso a las parro­quias que se auro­nom­bra­ron villas auró­no­mas. Fue por esta eclosión de auto­no­mías locales que el asunto de la repre­sen­ta­ción en el Primer Congreso General del Nuevo Reino de Granada ruvo que plan­te­arse el problema de la recons­ti­tu­ción de la perdida unidad del Gobierno

superior de la Real Audien­cia de Santa Fe:

¿Y hasta qué trozos (se me pregunta) pueden juntarse /os pueblos para cons­ti­tuir su gobierno separado? Hasta que su pequeñez ya no tenga repre­sen­ta­ción política, es decir, cuando no se pueda sostener el Estado, cuando sus fuerzas, sean debiles, cuando ya no pueda haber dife­ren­cia entre el gobierno y los pueblos, cuando el gobierno público fuera del todo inúril; y al con­tra­rio, se sos­ten­drá su repre­sen­ta­ción y

"Torres Tenorio, Repre­sen­ta­ción del cabildo de Santa Fe (cursiva añadida). '* bid. (cursiva añadida).

E Tu

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mere­ce­rán una voz en el congreso cuando su número tenga cierta moral pro­por­ción

.. 20 con las otras pro­vin­cias.

Aunque las tra­di­cio­nes his­to­rio­grá­fi­cas de Colombia, Vene­zuela y Ecuador han cor - siderado que el proceso de cons­truc­ción de la nación comenzó en 1809 y 1810, los años de los mal llamados “gritos de inde­pen­den­cia, hay que matizar esa creencia reco­no­ciendo que en la década de 1810 este proceso no tuvo forruna, pese a la mayor apro­xi­ma­ción de la primera repú­blica vene­zo­lana, que no solo contó con la primera decla­ra­ción de inde: “pen­den­cia autén­tica (S de julio de 1811) del con­ti­nente sura­me­ri­cano, sino con la primera Cons­ti­tu­ción de carácter nacional (21 de diciem­bre de 1811). Pero la guerra civil gene­ra­li­zada entre las pro­vin­cias, la reacción de los rea­lis­tas en la Audien­cia de Quito y la llegada del Ejército Expe­di­cio­na­rio de Tierra Firme que puso fin a los expe­ri­men­tos polí­ti­cos de la Nueva Granada y Vene­zuela, frus­tra­ron todos los avances del proceso de cons­truc­ción Ude una nueva nación. En términos del proceso de mutación de las antiguas natu­ra­le­zas a - cuerpos nacio­na­les, puede decirse que la década de 1810 fue una década perdida. La crisis revo­lu­cio­na­ria intro­dujo también en el lenguaje político de las dos Españas un concepto antiguo que había mutado a una nueva semán­tica: ación. La nueva retórica - nacional se presentó ante los ame­ri­ca­nos en los siguien­tes rérminos:

o La nación ha de ser gober­nada de aquí en adelante por las leyes libre­mente deli­be­ra­das y

admi­nis­tra­das. Ha de haber unas Cortes nacio­na­les en el modo y forma que pueda estaha blecerse, teniendo en con­si­de­ra­ción las dife­ren­cias y alte­ra­cio­nes que ha habido desde el

a tiempo en que se juntaban legal­mente. Nuestras Américas y otras colonias han de ser lo “a mismo que la Metró­poli en todos los derechos y pri­vi­le­gios cons­ti­tu­cio­na­les. La reforma e: que nuestros códigos legales, admi­nis­tra­cio­nes y recau­da­ción de las rentas públicas, y

todas las cosas per­te­ne­cien­tes a la direc­ción de comercio, agri­cul­tura, artes, edu­ca­ción,

como también a la marina nacional y a la guerra han de tener, será sola y exclu­si­va­me­nas te dirigida a obrener la mayor faci­li­dad y la mejor ilus­tra­ción del Pueblo Español, tan, horri­ble­mente apurado hasta este día. Las Cortes Gene­ra­les de la Monar­quía Española, después de haber estado por tanto tiempo omitidas, se han de juntar por la primera vez el día del naci­miento de nuestro muy amado Rey, en cuyo día el gobierno de la nación será legal y solem­ne­mente cons­ti­tuido.”

La cons­truc­ción de una nueva comu­ni­dad política basada en la voluntad ciu­da­dana — que­se­lla­ma­ría nación, regida bien por una monar­quía cons­ti­tu­cio­nal o por una repú­blica,

Licen­ciado Manuel Campos, “Voro del diputado de Neiva" (en Diario del Congreso General del Reyno, número 2, Santafé, 5 enero de 1811. En Biblio­teca Nacional de Colombia, Fondo Quijano, tomo 151, número 1).

España, Decreto de la Junta Suprema Central res­ta­ble­ciendo la repre­sen­ta­ción legal de la Monar­quía en

Cortes y con­vo­cán­do­las a reunirse en el año de 1810. Firmado por el Marqués de Astorga, 22 de mayo de 1809 (cursiva añadida).

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fue acom­pa­ñada por una rápida muración con­cep­tual de natu­ra­le­zas a pueblos, y después a nación, una acción política que tenía que asumir la libertad de los ciu­da­da­nos y convocar su libre voluntad para hacerse nacio­na­les, y además contar con la ambición política de nuevos e esta­dis­tas. Ese proceso de tránsito de la natu­ra­leza antigua a la nación moderna no podía | ocurrir de una manera uni­fi­cada en todas las pro­vin­cias, bajo la con­duc­ción soberana de un Estado absoluto. Y no fue así, porque fueron dife­ren­tes las naciones que cap­tu­ra­ron los dis­tin­tos Estados que resul­ra­ron de la desin­te­gra­ción de la Monar­quía Católica. La invasión francesa a la penín­sula y los sucesos de Bayona deter­mi­na­ron la irrup­ción del proceso de la eclosión juntera, en el cual la sobe­ra­nía dejó de ser única y fue rea­su­mida por las juntas de gobierno que se formaron en las pro­vin­cias de los dos hemis­fe­rios hispanos,

La ambición de los dipu­ta­dos penin­su­la­res y ame­ri­ca­nos reunidos en las Cortes Ge-

nerales y Extra­or­di­na­rias se dirigió a la cons­truc­ción de una nación española de ambos hemis­fe­rios, some­tiendo al rey a la sobe­ra­nía de la nación. El retorno de Fernando VII y el Mani­fiesto de los Persas sus­pen­die­ron esta ambición, mientras se inten­taba tender un impo­si­ble velo de olvido sobre la temprana expe­rien­cia cons­ti­tu­cio­nal de la nación española. Quedaba la posi­bi­li­dad de cons­truir una nación his­pa­no­a­me­ri­cana, pro­puesta por Fran­cisco de Miranda con el nombre de Colombia, pero esa ambición des­me­dida resultó impo­si­ble a la luz de la extrema diver­si­dad de reac­cio­nes pro­vin­cia­les y locales durante la crisis monár­quica, a los dife­ren­tes partidos de opinión y a las guerras civiles que asolaron a la Nueva España y a los reinos y pro­vin­cias del con­ti­nente sura­me­ri­cano. En su Carta de Jamaica el propio Bolívar reco­no­ció la impo­si­bi­li­dad de hacer realidad la ambición con­ti­nen­tal de Miranda, redu­ciendo su ambición personal al tamaño de un solo virrei­nato y una capi­ra­nía general vecina.

El tránsito más expedito de las antiguas natu­ra­le­zas, formadas por los Gobier­nos supe-

riores de los dis­tri­tos de las reales audien­cias, a naciones habría con­ser­vado las juris­dic­cio­nes de los Gobier­nos supe­rio­res que existían en 1810, con lo cuallos natu­ra­les subor­di­na­dos a cada real audien­cia debieron haberse trans­for­mado en ciu­da­da­nos de una nación singular, cuyo Estado debió reclamar sus //mites natu­ra­les con el prin­ci­pio jurídico tt pos­si­de­tis iuris de 1810. Pero laam­bi­ción de algunas elites polí­ti­cas y sus anhelos de gloria militar pusieron en marcha inven­cio­nes polí­ti­cas ligadas a una aspi­ra­ción a la grandeza nacional que se fundó en la agre­ga­ción de juris­dic­cio­nes de varios Gobier­nos supe­rio­res con tra­di­ción secular de mando sobre sus res­pec­ti­vos natu­ra­les. Como estas inven­cio­nes polí­ti­cas no contaban con la fuerza de las tra­di­cio­nes de una natu­ra­leza previa, es decir, de obe­dien­cia a las auro­ri­da­des supe­rio­res con­cen­tra­das en una ciudad capital, tuvieron que esfor­zarse mucho con la espada y con la pluma para cons­truir unidades polí­ti­cas grandes sin tra­di­cio­nes previas de mando y obe­dien­cia natu­ra­les. Solo podían contar con promesas de libertad y de grandeza, de potencia eco­nó­mica y política ante la mirada de las naciones europeas y ame­ri­ca­nas. Pero las resis­ten­cias que opu­sie­ron /os pueblos de muchas pro­vin­cias y el con­flicto de las ambi­cio­nes per­so­na­les de los jefes mili­ta­res, una clase de diádocos cuando se esfumó el carisma del Libe­rra­dor, puso las cosas en el camino de la incer­ti­dum­bre política, ya que cual­quier arreglo terri­to­rial pudo haber resul­tado en ese mar de arbi­tra­rie­da­des.

El caso de la nación colom­biana, que una pequeña elite de vene­zo­la­nos y gra­na­di­nos inventó en un Congreso Cons­ti­tu­yente de Vene­zuela y ratificó en el Congreso Cons­ti­tu­yente de la villa del Rosario de Cúcuta, ejem­pli­fi­cará en este libro esa tensión original entre las antiguas natu­ra­le­zas dife­ren­cia­das y el proyecto nacional que quiso supe­rar­las con la ambición y la voluntad de gue­rre­ros ansiosos de gloria, así como de publi­cis­tas libe­ra­les atraídos por la admi­nis­tra­ción, las legis­la­tu­ras y las magis­tra­tu­ras. Aunque durante una década todos ellos se esfor­za­ron por borrar las tres natu­ra­le­zas dife­ren­tes que pro­ve­nian de las tra­di­cio­nes de mando superior de tres reales audien­cias que existían en 1810, el primer expe­ri­mento nacional colom­biano resultó fallido. Hoy sabemos que de ese expe­ri­mento salieron tres Estados nacio­na­les dis­tin­tos, pero en la década de 1820 la inven­ción colom­biana fue una apuesta política seguida con mucho interés por los publi­cis­tas de las grandes poten­cias del mundo.

Las nuevas naciones que sugieron en la primera mitad del siglo X1x reque­rían ser inven­ta­das por algunas elites, así como la voluntad decidida de quienes capru­ra­ron los restos del Estado monár­quico a nombre de ellas para poner en marcha todos los procesos de nacio­na­li­za­ción de las natu­ra­le­zas legadas. Pero reque­rían algo más, pro­ve­niente de la liberrad con­ce­dida a todo ciu­da­dano: la iden­ti­fi­ca­ción con la nueva nación, la voluntad para llegar a ser autén­ti­cos nacio­na­les amantes de las nuevas patrias. La iden­ti­dad del ciu­da­dano es un concepto muy pro­ble­má­tico a menos que se le reduzca de entrada a la actitud personal de iden­ti­fi­carse con, como cuando decimos que nos iden­ti­fi­ca­mos con el

ser ecua­to­riano porque efec­ti­va­mente queremos ser ecua­to­ria­nos, del mismo modo que — podrí­a­mos no iden­ti­fi­car­nos con ese ser, pese a nuestro lugar de naci­miento, y negarnos —aseguir siéndolo. Se trata entonces de una manera de ser que tiene que ver con la libre voluntad del ciu­da­dano. El ejemplo más ilus­tra­tivo de este querer ser nacional como - fun­da­mento de la iden­ti­dad nacional puede tomarse del escritor antio­queño Fernando Vallejo, resi­dente en México, quien proclamó públi­ca­mente que no quería seguir siendo - más un colom­biano porque “desde niño sabía que Colombia era un país asesino, el más “asesino de la Tierra, enca­be­zando año tras año, imba­ti­ble, las esta­dís­ti­cas de la infamia.

* La deter­mi­na­ción del Gobierno superior que impuso su impronta al proceso de tran­si­ción a tres Estados dis­tin­tos cuando se disolvió la Repú­blica de Colombia en 1830 merece una pre­ci­sión en el caso de Vene­zuela, dado que para la Nueva Granada y para Quiro era claro que desde el siglo xvt eran reales audien­cias gober­na­do­ras, pre­si­di­das por un pre­si­dente y gober­na­dor general, pese a que al ins­ti­tu­cio­na­li­zarse en Santa Fc un virrei­nato la segunda quedó en con­di­ción de audien­cia subor­di­nada, pero bajo el mando superior de un pre­si­dente. Pero en Vene­zuela la Capi­ta­nía General de pro­vin­cia precedió en el tiempo a la ins­ti­ru­cio­na­li­za­ción de la Real Audien­cia de Caracas. A dife­ren­cia de las antiguas gober­na­cio­nes sujetas a la pre­si­den­cia de Santo Domingo o al Virrei­nato de Santa Fe, la novedad de la Capi­ta­nía General de Caracas —creada en 1777— respecto de las ante­rio­res es que se trataba de una capi­ta­nía de pro­vin­cia y no una de ejército, con depen­den­cia directa del rey. La Real Audien­cia de Caracas no se esta­ble­ció sino hasta 1785. Con el modelo cara­queño fueron recon­ver­ti­das las antiguas pre­si­den­cias de Gua­re­mala y las Fili­pi­nas en capi­ra­nías gene­ra­les,

y creada rambién la Capi­ta­nía General de Chile. El pre­si­dente Caron­de­let intentó con­ver­tir la pre­si­den­cia de Quito en una nueva Capi­ta­nía General de pro­vin­cia, sin éxito en la Corte. Gui­llermo Céspedes del Castillo.

“Las reformas indianas del abso­lu­tismo ilus­trado” (en Ensayos sobre los reinos cas­te­lla­nos de Indias, Madrid: Real Academia de la Historia, 1999), 311-313.

Después, por expe­rien­cia propia, fui enten­diendo que además de asesino era atro­pe­lla. dor y mezquino” Dicho y hecho, desde el año 2007 es ciu­da­dano mexicano porque se iden­ti­ficó con los mexi­ca­nos y obtuvo esa nacio­na­li­dad por adopción.

La libre voluntad con la que se responde a la pregunta por la iden­ti­fi­ca­ción personal hace posible la for­mu­la­ción del problema de la iden­ti­dad en términos de la res­puesta a |a pregunta “¿quién quiero ser?” en la dimen­sión futura. Parte de la res­puesta ya está dad, por el ser actual, pero rambién depende de la direc­ción que este quiera darle a su exic. rencia política futura. En la dimen­sión de lo que se quiere llegar a ser en el futuro están pre­sen­tes sus dis­po­si­cio­nes, es decir, sui capa­ci­dad para actuar en la direc­ción elegida y en con­se­cuen­cia, llegar a serlo. Esa liberrad para elegir una iden­ti­dad y para rea­li­zarl, efec­ti­va­mente, a despecho de las cons­tric­cio­nes sociales que lo deter­mi­nan al nacer, ce expresa ple­na­mente en las socie­da­des modernas. En estas, los hombres se rela­cio­nan con su futuro de una manera más libre e indi­vi­dual, con lo cual pueden elegir más fácil­mente

una iden­ti­dad futura que suponen que los hará más felices.”

Durante la época moderna se produjo la revo­lu­ción estatal de los siglos XV1 y xvir, un proceso que formó los Estados abso­lu­ros de Europa Occi­den­tal, los que desde mediados del siglo XVIII en adelante se con­vir­tie­ron, mediante procesos revo­lu­cio­na­rios, en Estados nacio­na­les. Los cons­ti­tu­yen­tes de las naciones modernas de ciu­da­da­nos decla­ra­ron que la sobe­ra­nía residía esen­cial­mente en la nación, poniendo en marcha procesos de cons­truc­ción de nuevas naciones bajo el dominio de Estados repu­bli­ca­nos o monár­gui­cos par­la­men­ta­rios. La cons­truc­ción de esos nuevos cuerpos polí­ti­cos planteó a todos los indi­vi­duos la pregunta de la iden­ti­dad nacional: ¿queremos ser, como ciu­da­da­nos, parte de la nación fundada, esto es, nacio­na­les de un Estado nacional y soberano par­ti­cu­lar?

La res­puesta afir­ma­tiva a esta pregunta fue dada ini­cial­mente por pequeños grupos LT que formaban una elite política, la cual inventó las estra­te­gias nece­sa­rias para que la [E mayoría de la pobla­ción se fuese adhi­riendo pau­la­ti­na­mente a esa iden­ti­dad nacional pro­puesta, un proceso que fue más o menos pro­lon­gado, según las tra­di­cio­nes polí­ti­cas 4 exis­ten­tes en el punto de partida del proceso de la cons­truc­ción nacional. Pero el proceso fu pudo rambién ser inte­rrum­pido cuando la elite política se dividió en partidos de opinión

que rer­mi­na­ron pro­po­niendo otras opciones de iden­ti­dad nacional, ini­ciando nuevos

procesos de cons­truc­ción nacional entre grupos sociales sepa­ra­dos de la primera opción. e. Esto es bien ejem­pli­fi­cado por el caso de la nación colom­biana que se intentó cons­truir 7

Esta iden­ti­dad nacional colom­biana fue la res­puesta a la negativa a hacer parte de la nación española “de ambos hemis­fe­rios” que se propuso en las Cortes reunidas en Cádiz ” entre 1810y 1812. Cuando el general Simón Bolívar propuso a los con­gre­sis­tas reunidos en Angos­tura renun­ciar a su proyecto de cons­truir una nación vene­zo­lana, clau­su­rar sus “Fernando Vallejo, Decla­ra­ción de renuncia a la nacio­na­li­dad colom­biana (México D. E.: 6 de mayo de 2007) “+ Ernst Tugend­hat, “Iden­ti­dad personal, nacional y uni­ver­sal” (Ideas y Valores, 45(100), abril de 1996), 3-15.: * España, Cons­ti­tu­ción Política de la Monar­quía Española, Cádiz, 12 de marzo de 1812. e

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sesiones y a cambio asistir a un nuevo Congreso Cons­ti­tu­yente de la nación colom­biana, la pregunta que les hizo fue la de si estaban dis­pues­tos a reunirse en una nueva nación con todas las pro­vin­cias del Nuevo Reino de Granada y de la Pre­si­den­cia de Quito. La res­puesta afir­ma­tiva impli­caba con­ven­cer a sus res­pec­ti­vos natu­ra­les de adoptar una iden­ti­dad colom­biana, enca­mi­nando sus dis­po­si­cio­nes y su voluntad hacia una manera de ser futura. Esa voluntad les fue expre­sa­mente pedida por Fran­cisco Antonio Zea en su Mani­fiesto

fundador del 13 de enero de 1820:

¿Qué os falta para ser [colom­bia­nos] sino la voluntad?... Pero, ¿ por qué fata­li­dad, por qué destino cruel este país, el primero en el mundo físico, no solo no es el primero, pero ni siquiera existe en el mundo político? Porque vosotros no lo habéis querido. Queredlo y está hecho. Decid “Colombia sea”, y Colombia será. Vuestra voluntad unánime, alta­mente pro­nun­ciada y fir­me­mente decidida a sostener la obra de vuestra creación. Nada más que nuestra voluntad se necesita en tan vasto y tan rico país para levantar un poderoso y colosal Estado, y ase­gu­rarle una exis­ten­cia eterna, y una pro­gre­siva y rápida pros­pe­ri­dad.”

La voluntad de llegar a ser colom­bia­nos fue la pro­puesta de un general que había alcan­zado un poco más de cuatro meses antes la gloria militar en los campos de Boyacá. En el Congreso de Vene­zuela un puñado de polí­ti­cos y mili­ta­res, enca­be­za­dos por Zea, aco­gie­ron con decisión la pro­puesta de ser colom­bia­nos: “¡Perezca el primero que con­ci­biere la parri­cida idea de separar, no digo un depar­ta­mento, una pro­vin­cia, pero ni una aldea de vuestro terri­to­rio! ¡Perezca el que indigno del nombre colom­biano se denegare

a sostener con su espada, y con su corazón, la inte­gri­dad y unidad de la Repú­blica que habéis cons­ti­ruido!”.7

El proceso de cons­truc­ción de la nación colom­biana que se echó a andar en el Con-

greso de Angos­tura, una vez aprobada su primera Ley Fun­da­men­tal, * requería de la dis­po­si­ción de casi tres millones de natu­ra­les de los terri­to­rios que por varios siglos habían estado bajo el dominio de los Gobier­nos de rodas las pro­vin­cias del Nuevo Reino de Granada, puestos bajo la auto­ri­dad superior de un virrey; de los Gobier­nos que en 1777 -— fueron agre­ga­dos en lo guber­na­tivo y milirar a la Capi­ta­nía General de Vene­zuela, de las pro­vin­cias puestas en el distrito de la Pre­si­den­cia de Quiro y de la Coman­dan­cia General de Panamá. La dis­po­si­ción hacía refe­ren­cia a su capa­ci­dad para actuar, medianre la libre

Fran­cisco Antonio Zea, “Mani­fiesto a los Pueblos de Colombia, Angos­tura, 13 de enero de 1820” del Orinoco, 50, 29 de enero de 1820), 201 (cursiva añadida)

7 bid,

“ La Ley Fun­da­men­tal del 17 de diciem­bre de 1819 decía en su primer artículo que “las Repú­bli­cas de Vene­zuela y de la Nueva Granada quedan desde este día reunidas en una sola bajo el título glorioso de REPÚ­BLICA DE COLOMBIA”. El segundo artículo esta­ble­ció que su terri­to­rio sería “el que com­pren­dían la antigua Capi­ta­nía General de Vene­zuela y el Virrei­nato del Nuevo Reino de Granada, abra­zando una exten­sión de 115.000 leguas cua­dra­das, cuyos términos precisos se fijarán en mejores cir­cuns­tan­cias”. Congreso de Vene­zuela, Ley Fun­da­men­tal de la Repú­blica de Colombia (Santo Tomás de Angos­tura, 17 de diciem­bre de 1819).

(Correo

Pee

por el con­tra­rio, aban­do­nar roda

voluntad, en la direc­ción de llegar a ser colom­bia­nos y, no, Esa voluntad de iden­ti­fica.

voluntad de seguir siendo espa­ño­les del hemis­fe­rio india ción con la nación colom­biana, que fue pro­cla­mada por lac

contar con lo que eran en 1819 los primeros can­di­da­tos a colombi o VII. Pero negar en adelante la iden­ti­fi­ca­ción con la nación española

nio Liberal (1820-1822) y deso­be­de­cer para siempre al rey no ue extin­guir la natu­ra­leza par­ti­cu­lar que se había tenido ordi­na­ción política a cuatro reales audien­cias distinta; as dis­tin­tas maneras de ser natural, nom­bra­das con

onvo­ca­to­ria de Zea, tenía que anos: vasallos naturale<

del rey Fernand res­tau­rada durante el Trie era sufi­ciente. También había q por tres siglos, esa tra­di­ción de sub que habían dejado honda huella en l las palabras gra­na­dino, vene­zo­lano, qui La fuerza de opo­si­ción de las tradicio fueron inte­gra­das por la fuerza de los ejérc biana fue reco­no­cida por Zea en su Mani­fiesto

teño o panameño.

nes polí­ti­cas de las natu­ra­le­zas sin­gu­la­res que itos liber­ta­do­res a la nueva iden­ti­dad colom. del 13 de enero de 1820:

des depa­rra­men­tos, Quito, Vene­zuela y Cun­di­na­marca,

Ninguno de vuestros tres gran ninguno abso­lu­ta­mente, por más vasto que

ninguno de ellos, pongo al Cielo por­tes­tigo,

sea y más rico su terri­to­rio, puede ni en todo un siglo cons­ti­tuir por sí solo una potencia firme y res­pe­ta­ble. ¡Pueblos de Colombia! Una bri­llante pers­pec­tiva de gloria y de pros­pe­ri­dad se os presenta desde la entrada en la carrera inmensa que habéis empren­dido, Avanzad en ella y veréis suce­si­va­mente dila­tarse la grande esfera de vuestro poder. Cada paso adelante os hará des­cu­brir nuevos bienes en ese Nuevo Mundo; pero ¡ay de vosotros sí llegáis a dar un solo paso atrás! ¡En qué abismo de males, cuya sola idea horro­riza la

ima­gi­na­ción, vais a pre­ci­pi­ta­ros con roda vuestra pos­te­ri­dad!

Las posi­bi­li­da­des de exis­ten­cia política de los antiguos vasallos de la Monar­quía Carólica en la Pre­si­den­cia de Quito, el Nuevo Reino de Granada y la Capi­ta­nía General de Vene­zuela habían sido durante la década de 1810 dos: la primera fue seguir siendo natu­ra­les de esa monar­quía, reducida a la forma par­la­men­ta­ria por los cons­ti­tu­yen­tes de Cádiz que eri­gie­ron la nación española de ambos hemis­fe­rios, e inte­grarla con la voluntad de llegar a ser nacio­na­les espa­ño­les. La segunda fue la decisión de llegar a ser parte de una nueva nación que se llamaría vene­zo­lana, cun­di­na­mar­quesa o gra­na­dina, rom­piendo con la antigua natu­ra­leza de modo radical. Estas dos posi­bi­li­da­des fueron des­trui­das por los sucesos del esce­na­rio europeo y por las acciones mili­ta­res que puso en marcha Fernando VII contra los libe­ra­les gadi­ra­nos y contra todas las nove­da­des ame­ri­ca­nas.

Durante la década de 1820 fueron otras las posi­bi­li­da­des de exis­ten­cia en el norte del con­ti­nente sura­me­ri­cano: la primera fue la cons­truc­ción de la nación colom­biana, logrando que los cun­di­na­mar­que­ses, vene­zo­la­nos y quiteños olvi­da­ran sus natu­ra­le­zas sin­gu­la­res antiguas que los dife­ren­cia­ban, para que todos se iden­ti­fi­ca­ran en adelante como colom­bia­nos. La segunda fue la mutación de las natu­ra­le­zas dife­ren­cia­do­ras antiguas

7 Zea, “Mani­fiesto a los Pueblos de Colombia”.

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en tres iden­ti­da­des nacio­na­les dis­tin­tas, lo cual sig­ni­fi­caba la for­ma­ción de tres Estados sobe­ra­nos dis­tin­tos. El resul­tado de esta tensión de iden­ti­da­des con­tra­pues­tas es bien conocido, pues tras una década de voluntad colom­biana, sos­te­nida por los gene­ra­les del ejército, pudo verse con nitidez —antes de la muerte de Bolívar en Santa Marta— que ya no resistía más ese expe­ri­mento político. Tres iden­ti­da­des nacio­na­les fueron cons­trui­das durante el resto del siglo X1X con dis­tin­tos nombres, con lo cual las natu­ra­le­zas antiguas dife­ren­cia­do­ras se impu­sie­ron, pese a algunas tur­bu­len­cias en algunas pro­vin­cias limí­tro­fes con otros Estados que se formaron durante la misma época.

Para entonces ya los con­flic­tos entre las antiguas natu­ra­le­zas dis­tin­tas habían llegado muy lejos: el Convenio de Las Juntas de Apulo, firmado en abril de 1831 entre los gene­ra­les Rafael Urdaneta y Domingo Caicedo, para regular la situa­ción que entonces afron­taba lo que quedaba de Colombia, tuvo que con­sig­nar en su séptimo artículo que hasta que no se reuniera la Con­ven­ción Cons­ti­tu­yente de las pro­vin­cias de la Nueva Granada, que defi­ni­ría las rela­cio­nes futuras con Vene­zuela y Ecuador, quedaba “abolida la odiosa dis­tin­ción de gra­na­di­nos y vene­zo­la­nos, dis­tin­ción que ha sido causa de infi­ni­tos dis­gus­tos, y que no debe existir entre los hijos de Colombia”** Una década de cons­truc­ción de la nación colom­biana no había sido sufi­ciente para borrar las impron­tas de las dos antiguas naru­ra­le­zas, gra­na­dina y vene­zo­lana, así como la dife­ren­cia­ción que había llegado al cénit de una irre­me­dia­ble ani­mad­ver­sión entre ellas, que al final impuso la escisión entre una iden­ti­dad gra­na­dina y otra vene­zo­lana. En el ocaso de la década de expe­rien­cia colom­biana, final­mente la iden­ti­dad colom­biana tuvo que ser aban­do­nada. La larga tra­di­ción de tres dis­tin­tas natu­ra­le­zas terminó por impo­nerse sobre la ambición del general Bolívar que quiso abo­lir­las y reem­pla­zar­las con la voluntad de ser colom­bia­nos.

Cuando la expe­rien­cia colom­biana ya se estaba disol­viendo, el obispo de Santa Marta advirtió que esta pro­vin­cia y la vecina de Riohacha no sopo­rra­ban su depen­den­cia de Car­ta­gena, capital del depar­ta­mento del Mag­da­lena, por sus dis­tin­tas natu­ra­le­zas. Para el obispo Estéves, la paz requería formar un depar­ta­mento separado con las dos pro­vin­cias de su diócesis, porque “des­gra­cia­da­mente existe una riva­li­dad muy antigua entre las pro­vin­cias de Santa Marra y Riohacha con la de Car­ta­gena, tan faral como obs­ti­nada, hasta el extremo de per­sua­dirse que su depen­den­cia de Car­ta­gena es el origen de todos sus males, una idea tan gene­ra­li­zada que no hay un solo habi­tante que no ansíe por la inde­pen­den­cia”. Todas las con­mo­cio­nes entre estas dos pro­vin­cias “han tenido su origen en el espíritu de pro­vin­cia­lismo”, al punto que la ter­mi­na­ción de la guerra de Riohacha requería de la for­ma­ción del nuevo depar­ta­mento separado, pues “basta saber cuál fue su origen para que se calcule este buen resul­tado”?!

“Convenio cele­brado en Las Juntas de Apulo entre los comi­sio­na­dos del general en jefe Rafael Urdaneta

(natural de Vene­zuela) y el general de brigada Domingo Caicedo (natural de la Nueva Granada), 28 de abril de 1831" (en Gaceta de Colombia, Bogorá, 514, 1 de mayo de 1831), 2

José María Estéves, “Carra del obispo José María Estéves al Liber­ta­dor. Santa Marta, 7 de diciem­bre de 1830”

(en Daniel Flo­ren­cio O'"Leary (comp.), Memorias del general O'Leary, ed. fac­si­mi­lar, tomo VII, Caracas: Minis­te­rio de Defensa, 1981), 536-537.

La historia de la primera expe­rien­cia de la nación colom­biana que acaeció duran: la década de 1820 tuvo a su hombre nece­sa­rio —Simón Bolívar— y la con­jun­ción de ambición, voluntad e iden­ti­fi­ca­ción social con el pro­pó­sito de subor­di­nar las Natu­ra­lez N vene­zo­lana, gra­na­dina, quireña e istmeña a una sola nación de ciu­da­da­nos, regida por N, Estado repu­bli­cano. Fina­li­zada esta década, el fracaso de esta primera expe­rien­cia Nacional forzó la tran­si­ción de la expe­rien­cia nacional por el camino más expedito, que era el de; con­ver­sión de las naru­ra­le­zas dife­ren­cia­das por el legado del Estado monár­quico, con su iden­ti­fi­ca­cio­nes sociales natu­ra­les, en naciones natu­ra­les. |

Este prin­ci­pio de la realidad política ha per­mi­tido que algunos his­to­ria­do­res elabore. en sus gabi­ne­tes de trabajo el concepto de proto-nación para dar cuenta del sen­ti­miento nacional temprano que unió a algunas elites sociales en torno al amor al terri­to­rio nativo a la lengua propia y a cierta ascen­den­cia común, que andando el tiempo sería la base de la con­cien­cia nacional bajo los Estados nacio­na­les. Pero los equí­vo­cos que ha generado este concepto ana­cró­nico, así como su uso por algunos nacio­na­lis­mos con­tem­po­rá­neos, acon­se­jan preferir el concepto heredado de natu­ra­leza, com­pren­si­ble si se acompaña de su con­tra­par­tida, que fue el concepto de des­tie­rro, es decir, la ope­ra­ción de des­na­tu­ra­li­za­ción. Con Felipe II, a finales del siglo XV1, esta antigua figura se con­vir­tió en ins­ti­tu­ción jurídica, pero no como una ruptura con el servicio del rey sino como una des­na­cio­na­li­za­ción o un extra­ña­miento. El daño moral que esta pena causaba al vasallo fue resumido por Antonio

Agustín en sus Diálogos de Medallas así: “no hay hombre tan ajeno de sí mesmo que no

.. 3... ame su tierra y su nación”.”* No solo el amor, sino rambién los sin­sa­bo­res, las derrotas y

los sufri­mien­tos formaron el sen­ti­miento de nación, como recordó Ernest Renan en su famosa con­fe­ren­cia de 1882.

La historia de la primera expe­rien­cia nacional colom­biana, com­par­tida por gra­na­di­nos, vene­zo­la­nos, quiteños y pana­me­ños, ya ha con­ci­rado la atención de varios his­to­ria­do­res. Hay que reco­no­cer que la vieja obra del falle­cido David Bushnell, 7he San­tan­der Regime in Gran Colombia (1954), es impres­cin­di­ble, pese a que resulta inaudito que no aparezca en ella el corazón de esta expe­rien­cia política, que fue el proyecto de cons­truc­ción de una nueva nación de ciu­da­da­nos, dado que es más una historia de los prin­ci­pa­les pro­ble­mas que tuvo que resolver la agenda admi­nis­tra­tiva del vice­pre­si­dente Fran­cisco de Paula San­ran­der entre 1821 y 1827. Pero todavía más inaudita es su con­clu­sión final: “Colombia no cons­ti­ruía un fin en sí mismo para San­tan­der: era solo el esque­leto geo­grá­fico en el cual trataba de llevar a cabo su política”. En su opinión, esta política se reducía a “echar las bases para el desa­rro­llo pos­te­rior del libe­ra­lismo en la Nueva Granada, al que él mismo volvio a

capi­ta­near””* Resul­ra­ría entonces que Bolívar y San­tan­der ganaron todas las batallas pero

Antonio Agustín, Diálogos de Medallas ( Tarra­gona: Mey, 1587). % Ernest Renan, ¿Qué es una nación? (Con­fe­ren­cia dictada en la Sorbona el 11 de mayo de 1882) (Madrid Alianza, 1987).

*“ David Bushnell, El régimen de San­tan­der en la Gran Colombia, tra­duc­ción de Jorge Orlando Melo (Bogot Tercer Mundo y Facultad de Socio­lo­gía de la Uni­ver­si­dad Nacional de Colombia, 1966), 394.

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fra­ca­sa­ron en la admi­nis­tra­ción de Colombia con las leyes y las ins­ti­tu­cio­nes elegidas en la villa del Rosario de Cúcuta.

Entonces, la guerra libe­rra­dora no había durado lo sufi­ciente para dotar per­ma­nen­te­mente a su pueblo de un sentido de esfuerzo patrió­tico común, con lo cual terminó impo­nién­dose la orga­ni­za­ción política en unidades nacio­na­les más pequeñas. No obstante, en la intro­duc­ción a su manual de 1993 titulado 7he Making of Modern Colombia. A Nation in Spite of Itself. ya Bushnell era cons­ciente del problema de la imagen de Colombia como nación. Reco­no­ciendo la tra­di­ción de los colom­bia­nos recien­tes que niegan la exis­ten­cia de una “ver­da­dera iden­ti­dad nacional, o de un espíritu nacio­na­lista propio”, sostuvo entonces que “en cual­quier caso, Colombia existe como nación en el mundo actual”. Pero, ¿desde cuándo? No es clara su res­puesta, pues la expe­rien­cia de la Nueva Granada que se formó en 1832 fue para él solo la de un Estado nacional, “no una nación” y a lo largo de este manual no hay sino unas cuantas refe­ren­cias al lento avance del proceso de inte­gra­ción nacional de pro­vin­cias y esta­men­tos here­da­dos del régimen monár­quico.

Otro ejemplo reciente de esta pers­pec­tiva inaudita, que consiste en ignorar la expe­rien­cia nacional, lo ha dado el res­pe­ta­ble his­to­ria­dor vene­zo­lano Germán Carrera Damas, ejemplo de defensa de la demo­cra­cia en su patria, quien en su obra de 686 páginas titulada Colombia, 1821-1827: aprender a edificar una repú­blica moderna (2010) habla de todos los temas polí­ti­cos posibles, menos de la nación colom­biana. Sus siete con­si­de­ra­cio­nes finales con­clu­yen en la opinión de que se trató de un “diseño [cons­ti­tu­cio­nal] equi­vo­cado” que, durante una década, vivió “bajo una excep­cio­na­li­dad que repre­sentó una suerte de dic­ta­dura comi­so­ria per­ma­nente” La pre­ca­rie­dad del proyecto, del poder, del libe­ra­lismo y de las finanzas habría cons­pi­rado contra la voluntad repu­bli­cana.

Pero fue Mario Arrubla, con su éxito edi­ro­rial de estudios socio­e­co­nó­mi­cos titulado Estudios sobre el sub­de­sa­rro­llo colom­biano,” quien fue más lejos en la negación de la historia nacional: para él, sen­ci­lla­mente, no existe una historia nacional.” Su resis era simple: siendo la sociedad colom­biana subal­rerna en el esce­na­rio de división inter­na­cio­nal del trabajo, todos sus cambios eran indu­ci­dos por el marco inter­na­cio­nal, vale decir, por el impe­ria­lismo que dominaba la escena inter­na­cio­nal. La inde­pen­den­cia de la Corona es-

pañola, por ejemplo, no podía ser obra de sus próceres, sino de la propia crisis del sistema imperial español y del ascenso del capi­ta­lismo inglés. En con­se­cuen­cia, en vez de nación habría que hablar de un tránsito de la Colonia a la Semi­co­lo­nia que siguió durante todo el

* David Bushnell, Colombia. Una nación a pesar de sí misma, trad. de Claudia Moncilla (Bogotá: Planeta,

1996).

Germán Carrera Damas, Colombia, 1821-1827: aprender a edificar una repú­blica moderna (Caracas: Uni­ver­si­dad Central de Vene­zuela, Academia Nacional de la Historia, 2010), 588-589.

Entre 1969 y 1983 se impri­mie­ron 16 edi­cio­nes de dis­tin­tos tirajes, para un toral apro­xi­mado de 60 000 ejem­pla­res. Según su autor, este éxito no se debió a su virtud inte­lec­tual, sino a que estuvo en sintonía con las modas inte­lec­tua­les de su tiempo y con el entu­siasmo que despertó entre los uni­ver­si­ta­rios colom­bia­nos

la Revo­lu­ción Cubana de 1959.

Mario Arrubla, Estudios sobre el sub­de­sa­rro­llo colom­biano.

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siglo XIX, y luego de esta a la Neo­co­lo­nia del siglo siguiente. Como reco­no­ció pos­te­rior. mente este autor en una polémica con Salomón Kal­ma­no­vitz, esta tesis era pro­vo­ca­dora porque quería atacar una “psi­co­lo­gía de aldea pro­vin­ciana que se embebe en sus propias rutinas hasta que llega una oleada exterior de moder­ni­za­ción y fractura esas rutinas o arra. sa con todo”. De todos modos, aunque este eco­no­mista quería partir del supuesto según el cual la evo­lu­ción de las socie­da­des que habi­ta­ron el actual terri­to­rio colom­biano era incom­pren­si­ble “fuera del marco mundial del capi­ta­lismo impe­ria­lista”, no tenía razonec para negar la historia de la cons­truc­ción de una nación de ciu­da­da­nos. Su abuso provenía de su iden­ti­fi­ca­ción de la historia nacional con la historia patria, tal como él creía que la enten­dían en ese entonces los miembros de la Academia Colom­biana de Historia.

Podrí­a­mos pre­gun­tar a la tra­di­ción his­to­rio­grá­fica que con­si­dera fra­ca­sado el proceso

de cons­truc­ción de la nación colom­biana, o al menos pro­ble­má­tica su con­di­ción frag­men­tada, y que incluso ignoró su exis­ten­cia de una manera inaudita: ¿qué es lo que entiende por nación, en su sentido moderno? La vieja lección de Ernest Renan, pro­nun­ciada el 11 de mayo de 1882 en la Sorbona, ya había esta­ble­cido que una nación no se deriva de una raza, ni de una lengua, ni de una religión, ni de una geo­gra­fía peculiar, ni de una comu­ni­dad de inte­re­ses eco­nó­mi­cos. Si así fuese, todo el con­ti­nente sura­me­ri­cano habría formado una sola nación durante la crisis monár­quica de 1808-1813, como lo soñó Fran­cisco de Miranda. En realidad, una nación que se entiende como cuerpo político de ciu­da­da­nos es el resul­tado de un doble proceso ina­ca­bado de inte­gra­ción: por un lado, de la aspi­ra­ción secular y de la voluntad de inte­gra­ción de las pro­vin­cias que con­flu­ye­ron, “par­cial­mente con­gé­ne­res, que forman un núcleo y alre­de­dor de las cuales se agrupan otras pro­vin­cias ligadas las unas a las otras por inte­re­ses comunes o por antiguos hechos acep­ta­dos y trans­for­ma­dos en inte­re­ses”.” Del otro lado, se trató de un proceso secular de inte­gra­ción de los antiguos esta­men­tos legados por el antiguo régimen para cons­truir un único cuerpo de ciu­da­da­nos libres e iguales en derechos. Esta doble aspi­ra­ción secular a la inte­gra­ción social, de las pro­vin­cias y de los esta­men­tos que hasta entonces habían segre­gado a los vasallos de la Monar­quía Carólica, exigió la voluntad de destruir, en el largo plazo, a esas dos enti­da­des.

El caso de la nación gra­na­dina es una prueba de esa afir­ma­ción: fueron die­cio­cho los pueblos de las pro­vin­cias que en 1832 expre­sa­ron su voluntad de inte­grarse en una nación al amparo del prin­ci­pio uti pos­si­de­tis iuris que actua­li­zaba la legi­ti­mi­dad de una antigua tra­di­ción política: su ads­crip­ción a la juris­dic­ción de la extin­guida Real Audien­cia de Santa Fe que existió en 1810. En ese momento los dipu­ta­dos de esas pro­vin­cias con­si­de­ra­ron que poseían en sí mismas “todos los recursos, poder y fuerza nece­sa­rios para existir como un estado inde­pen­diente, y para hacer que se respeten sus derechos”, como rezaba la Ley Fun­da­men­tal del Estado de la Nueva Granada aprobada el 17 de noviem­bre de 1831. También la nación gra­na­dina nació por una aspi­ra­ción secular y su corres­pon­diente voluntad

” Ernest Renan, “Nueva carta a Strauss. París, 1871” (en ¿Qué es una nación?).

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e supre­sión de los pri­vi­le­gios esta­men­ta­les. Por ello fue nece­sa­rio extin­gui­ral esta­mento $ las Tn mediante un proceso pau­la­tino de manu­mi­sión que res­pe­tara el prin­ci­pio liberal les e garan­ti­zaba la pro­pie­dad, eliminar al esta­mento indígena mediante el reparto de las d - e ES: sguar­da­das y de los bienes de las comu­ni­da­des, luchar contra los pri­vi­le­gios del ramento de los espa­ño­les ame­ri­ca­nos mediante la abo­li­ción de los rírulos nobi­lia­rios, y

| asta a los pro­fe­sio­na­les, y final­mente la intro­duc­ción del sufragio uni­ver­sal mas­cu­lino.

En las expe­rien­cias cen­tra­li­za­dora, federal y rege­ne­ra­dora de la nación gra­na­dina que cedieron durante el siglo XIX se regis­tran marchas y con­tra­mar­chas en los dos grandes FOCESC sos de inte­gra­ción social, pero el sentido fue siempre el mismo: la cons­truc­ción de in cuerpo de ciu­da­da­nos iguales, mediante la abo­li­ción de las pro­vin­cias antiguas y de los 1 e ” ios de los esta­men­tos. La expe­rien­cia federal resolvió con energía pro­ble­mas de esa ir inte­gra­ción social y enseñó que otros pro­ble­mas reque­rían una rege­ne­ra­ción de las pcio nes pro­pues­tas por los libe­ra­les radi­ca­les o mode­ra­dos pero, en cual­quier caso, fue na E. e las expe­rien­cias que obtuvo grandes rea­li­za­cio­nes en la cons­truc­ción de la nación que volvió a nom­brarse colom­biana.

“Como no hay duda de que los pro­yec­tos de las naciones colom­biana, vene­zo­lana y cuato riana se están eje­cu­tando desde el momento en que se redujo la ambición con­ti­nen­tal EM: a a la ambición res­trin­gida de Bolívar, y sobre todo tras la huida de la fortuna

ne acor npañó a esta última, una nueva his­to­rio­gra­fía tendrá que encarar la escri­tura de s as autén­ti­cas his­to­rias nacio­na­les, es decir, aquellas en las que la tema­ti­za­ción de lo que se L _ nte his­tó­rico sea la nación, esa inven­ción política de los dos últimos siglos que tiene ue s cons­truida como una rea­li­za­ción social, como una profecía que se auto­cum­ple, bajo con­duc­ción de los tres poderes estales y con la guía de los publi­cis­tas libe­ra­les.

Para ello, esta nueva corriente de his­to­ria­do­res nacio­na­les tiene que dejar de meter gato Jor liebre, es decir, dejar de pre­sen­tar a per­so­na­li­da­des de las pro­fe­sio­nes de las armas o del derecho, a grupos sociales par­ti­cu­la­res 0 a los grandes con­flic­tos eco­nó­mi­cos y sociales como

i fuesc ala historia de la nación. Tienen que romper con la visión negativa y pesi­mista que en los ambien­tes uni­ver­si­ta­rios sobre la nación, reflejo de la actitud reciente que entiicó en ellos David Bushnell: “son los primeros en subrayar los aspectos nega­ti­vos | panorama nacional”. Pero, sobre todo, tienen que entender que el secular proceso de CC NS trucción de esta nación es el acon­te­ci­miento fun­da­men­tal de nuestra historia moderna.

» esta inves­ti­ga­ción sobre la primera expe­rien­cia colom­biana, es decir, sobre la voluntad olectiva que se empeñó entre fines de 1819 y 1830 por cons­truir una nueva nación entre N. var: rios cuerpos antiguos de vasallos que se dife­ren­cia­ban por sus par­ti­cu­la­res natu­ra­le­zas, sdec in por su tra­di­ción de subor­di­na­ción a la auto­ri­dad superior de tres reales audien­cias lis­tin­tas que fueron extin­gui­das, conoce de entrada su des­ven­tura. Pero no por ello tiene que renun­ciar a explicar en detalle su derro­tero his­tó­rico, pues todas las difi­cul­ta­des que nfr 'entó para cons­truir una nueva nación de ciu­da­da­nos bajo la auto­ri­dad de un Estado T mod derno de régimen repu­bli­cano, así como las opciones viables que adoptó para resol­ve­ras, fueron un rico legado para las tres expe­rien­cias nacio­na­les dis­tin­tas que comen­za­ron

1 des - ollarse desde la década de 1830.

1 E

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El argumen

to de este Nuevo relato hi tica como mort

orde la deter­mi­na­ción

tener la vida del proyecto n

En el primer capítulo s cisco de Miranda,

acional que probó fortuna.

erá exa­mi­nada la inven­ción de un resul­tado de sus obser­va­cio­nes polí sus nego­cia­cio­nes con el primer ministro inglés, William tidad pro­puesta —ser colom­bia­nos en vez de espa­ño­les política des­me­dida, pues se proyectó para todas las di sura­me­ri­cano, es decir, grupos de vasallos que obedecí tres virrei­na­tos y dos capi­ta­nías gene­ra­les. Se iden­ti­fica el Supuesto retórico del proyecto de cons­truc­ción de esa nación, pro­ve­niente de la obra magna del Jurista suizo Emerich de Vartel, y se muestra la influen­cia de los acon­te­ci­mien­tos de Caracas entre las elites polí­ti­cas de la Nueva Granada, dado que la ini­cia­tiva de la iden­ti­dad colom­biana siempre provino de las ambi­cio­nes cara­que­ñas. Esta ambición nacional des­me­dida se compara con las pequeñas ambi­cio­nes del tiempo de las primeras repú­bli­cas pro­vin­cia­les en el antiguo Nuevo Reino de Granada, cuando sus enfren­ta­mien­tos hicieron impo­si­ble avanzar, entre

1810 y 1819, hacia algún congreso cons­ti­tu­yente de una nueva nación, fuese Cun­di­na­marca o la Nueva Granada.

la nación colom­biana por Fran. ticas en los Estados Unidos y de Pitt el joven, Esa temprana iden. — se acompañó de una ambición stintas natu­ra­le­zas del con­ti­nente ana dis­tin­tos Gobier­nos Supe­rio­res:

El segundo capítulo corres­ponde al primer momento boli­va­riano, cuando se pudo cons­ti­tuir la Repú­blica de Colombia como ambición res­trin­gida y comenzar el proceso de la iden­ti­dad nacional colom­biana, resol­viendo los pro­ble­mas polí­ti­cos que planteó la cons­truc­ción de esa nueva nación colom­biana en solo tres natu­ra­le­zas dis­tin­tas, las que corres­pon­dían a un reino y unas pro­vin­cias subor­di­na­das al virrey de Santa Fe o ant general de Vene­zuela. La reduc­ción de la ambición política, com­pa­rada a e a mento miran­dino, era evidente desde la Carta de Jamaica. Se narra la so ela pue tina incor­po­ra­ción de todas las pro­vin­cias subor­di­na­das al nuevo Esta O E — casi todas por la guerra de los ejér­ci­tos liber­ta­do­res, con las e e Gua­ya­quil y Panamá. Se iden­ti­fica el proceso político que echó a p

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[nrtro­duc­ción

on en el Congreso

garon los prela-

ros de fide­li­dad uce el remá de o con los tres

ue se formular o el papel que ju guos juramen se introd

daene Angos­tura y las q: ra LA

5 de Cúcura, asi com olvi­da­ran sus anti

ombiano. Final­mente,

cro nacional col ment | e las inren­den­cias, ejem­pli­fi­cad

ja — e pública por el régimen d | que cris-

nacio­na­li­za­ción nsciru-

los simbolos de la nación, las i r la inte­gra­ción

dios para facilita ¡ón pública y el problema de la deuda o. Un balance del

er siglo repu­bli­can proceso de cons­truc­ción desde la ceso general de nacio­na­li­za­cio­nes

pasa revista 4 algunos procesos de

olíticas per­ma­nent e los pueblos, los me ación de la instrucc ezas de todo el prim stados que ini­cia­ron su ¡mación inicial al pro

cer capítulo S ¡nsti­ru­cio­nes P

r Enel te ocial

o rali­za­ron EN. “ciones de la repre­sen­ta­ción

“de la nación. la ins­ti­cu­cio­na­liz — externa que sería el rompecab “legado colom­biano a los tres E

década de 1930 cierra esta aprox delavida social que carac­te­riza a las naciones modernas.

El cuarro capítulo aborda el proceso de des­ven­tura “ biana desde su crisis inicial de 1826 en Valencia, conocida

s réplicas que se expe­ri­men­ta­ron para subsanar la cri rodas fallidas: la Con­ven­ción Cons­ti­tu­yente de Ocaña, la entrega del poder supremo al

- Liber­ta­dor, llámese 0 no dicra­dura, y la nueva Cons­ti­tu­ción Liberal aprobada por un “Congreso admi­ra­ble por la ralla de sus dipu­ta­dos, todos ellos hombres repre­sen­ta­ti­vos de Colombia y leales al Liber­ta­dor. El ase­si­nato del mariscal Sucre y su uso, COMO arma política arro­ja­diza contra varios gene­ra­les gra­na­di­nos, se inscribe en el contexto de las Juchas que libraron las ambi­cio­nes patrias, el motor que movió los hilos del abandono de

Jaam­bi­ción del Libe­rra­dor. Y el quinto capítulo versa sobre el triunfo de

trans­mu­ta­ron los Gobier­nos supe­rio­res de las antigua ralezas dife­ren­cia­das que habían sido formadas len­ta­ment naciones más viables que incluso man­tu­vie­ron los antiguos nom na fue la primera en formarse por la ambición parria corres­pon­diente, cual adhirió el mismo Liber­ta­dor, y luego el Estado del Sur en Colombia vino a realizar + ueno > E quiteños, quienes hasta hoy rinden homenaje en su palacio pre­si­den­cial al Barón de Caron­de­let, el fun­cio­na­rio que entendió bien esa aspi­ra­ció

“auto­nó­mica. Con los restos de Colombia una afor­tu­nada con­jun­ció PE o junción de gene­ra­les granaju — ia. semen­ca­dols de las manos de un jefe natural de Mara­caibo y

, pro­me­tiendo a los istmeños una mejor suerte si deponían

del proyecto de nación colom-

como La Cosiata. Se examisis, que al final resul­ra­ron

nan las tre

las ambi­cio­nes patrias que final­mente s audien­cias, aquellas antiguas nartue enlos siglos ante­rio­res, en las bres. La patria vene­zo­laun sen­ti­miento al

sus aspi­ra­cio­nes | ue natural T_— ores tiempos, y estos por­fii­ron muchas veces por hacer valer su a uraleza, hasta que la legisl | slatura colom­biana de 1903 les di Ey consigui e 1903 les dio la excusa y: _ trans­mu­tar su natu­ra­leza en nación inde­pen­diente a. a docu­men­ta­ción que h 1 — - a a servido de ne para esta inves­ti­ga­ción es vasta, dada la gran e reposan en los archi Ven archivos nacio­na­les, ezuela, algunos de ellos editados en el pasado por muchos hi de Colombia, Ecuador y por muchos his­to­ria­do­res. La prensa de la

— * t E]. ] oo]

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orias de los pro­ta­go­nis­tas, todos ellos d sfor­ma­ción política. La expe­rien­cia c tacida primaria cuenta con el tes­ti­mo­nio excep­cio­nal de José Manuel Restrepo, de. Ombiana terior de las admi­nis­tra­cio­nes San­tan­der y Bolívar, cuya temprana edición de la — a YA de

la revo­lu­ción de la Repú­blica de Colombia en la América Meri­dio­nal salió de una im s de que ter­mi­nara la primera expe­rien­cia colom­biana - Enta

1 sus recuer­dos sobre los cambios que estaban en proce cipales jetes mili­ta­res se ha editado en muchos A y la El problema de esta época no es pre­ci­sa­mente de es 0 eta­cio­nes, dado su uso por las ide­o­lo­gías AN os últimos siglos, de los cuales el coronel Hugo e. y ando gobernó la Repú­blica Boli­va­riana de MM xpe­ri­mento de la primera nación colom­biana fracasa ar y eco­nó­mico que fue empeñado para cm den de las antiguas natu­ra­le­zas pro­vin­cia­les. e siguió fue el tránsito a tres nuevas naciones lide­ra­das por hombres de ambición política to mos­tra­ron Miranda, Bolívar y Zea res­pon­dien­tesa la acción de los diádocos del Liber­ta­dor: Páez, Flores, os hermanos Monagas, José Hilario López y José María Obando. El ris fue empleado como orien­ta­ción para com­ple­tar la con­ver­sión e las extin­gui­das reales audien­cias en los corres­pon­dien­tes tea fuerza o por la nego­cia­ción, y desde entonces no ha cesado cial de los esta­men­tos here­da­dos en cuerpos ciu­da­da­nos

década es sig­ni­fi­ca­tiva, asf como las mem miembros de la gene­ra­ción de la gran an

pari­siense tres años ante viajeros extran­je­ros dejaro corres­pon­den­cia de los prin ha sido puesta en sitios web. sino de un con­flicto de interpr el abuso por los cau­di­llos de los d dio su más con­tun­dente ejemplo cu

Hay que advertir que aunque ele enso esfuerzo político, milit no por ello se regresó al or sallos del rey español. Lo qu rduran, pese a sus vici­si­tu­des, gida que las que en su momen

pese alinm su rea­li­za­ción, dividían alos va que hasta hoy pe mucho más restrin Son las naciones Cor San­tan­der, Sou­blerte, | prin­ci­pio 11 pos­si­de­tis tu de las antiguas pro­vin­cias d rri­ro­rios nacio­na­les, bien porl el largo proceso de inte­gra­ción so

que aspiran ala igualdad, la libertad y la soli­da­ri­dad.

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Ex libris de Armando Martínez Garnica: las tres plumas del Príncipe de Gales sobre una corona, con el lema «Ich Dien» y su nombre manuscrito.

De la colección personal de Armando Martínez Garnica.